Glosario SEAG
A
En el territorio español, arrendar se refiere a la acción de alquilar un bien, generalmente inmuebles, a cambio de un pago periódico, que suele ser mensual. Es un contrato entre dos partes: el arrendador (la persona que es dueña del bien y lo pone en alquiler) y el arrendatario o inquilino (la persona que alquila el bien y paga por su uso). El arrendamiento puede ser de bienes muebles (como vehículos) o inmuebles (como casas, pisos, locales comerciales o terrenos), aunque en la vida cotidiana se usa principalmente para hablar del alquiler de viviendas o locales.
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El arrendador es la persona física o jurídica que, como parte de un contrato de alquiler, cede temporalmente el uso de un inmueble (como una vivienda, un local comercial o un terreno) a otra persona a cambio de un pago periódico, generalmente una renta mensual. Durante el tiempo acordado entre ambas partes, el arrendador conserva la propiedad del bien, pero cede su uso y disfrute al arrendatario, quien a cambio paga la cantidad establecida.
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El arrendatario es la persona física o jurídica que, como parte de un contrato de alquiler, adquiere el derecho de usar un inmueble durante un tiempo determinado, a cambio de un pago periódico, conocido como renta, que debe abonar al arrendador, quien es el propietario del inmueble. A lo largo de este plazo, el arrendatario tiene la responsabilidad de cumplir con las condiciones acordadas en el contrato, entre ellas, el pago de la renta y el adecuado uso del inmueble.
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C
La cédula de habitabilidad es un documento oficial que certifica que una vivienda cumple con los requisitos mínimos de seguridad, higiene y salubridad para ser habitada. Este certificado lo emiten las administraciones públicas competentes, generalmente los ayuntamientos o las comunidades autónomas en España. La cédula garantiza que el inmueble en cuestión reúne las condiciones necesarias para que pueda ser utilizado como residencia.
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F
La fianza es una cantidad de dinero que el arrendatario (la persona que alquila una vivienda o local) entrega al arrendador (la persona que es propietaria del bien) como garantía de que cumplirá con todas las obligaciones derivadas del contrato de alquiler. Esta fianza está regulada en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, y su objetivo es asegurar que, si el arrendatario no cumple con sus compromisos (como el pago de la renta o posibles daños en el inmueble), el arrendador pueda cubrir esos gastos.
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G
En el ámbito inmobiliario en España, el término gran tenedor se utiliza para referirse a aquellas personas, tanto físicas como jurídicas (empresas o entidades), que poseen un volumen significativo de propiedades urbanas destinadas a uso residencial. Según el artículo 3 de la Ley por el Derecho a la Vivienda (Ley 12/2023), un gran tenedor es…
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Los gastos y suministros básicos, en el contexto de la vivienda en España, son aquellos costes necesarios para garantizar el uso y disfrute de una vivienda en condiciones adecuadas. Incluyen, principalmente, el suministro de agua, electricidad y en determinadas viviendas el gas y, en muchos casos, los servicios de telecomunicaciones (teléfono e internet). Además, también pueden considerarse gastos básicos los gastos de comunidad…
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I
Un inquilino es la persona que, mediante un contrato de arrendamiento o alquiler, ocupa un inmueble (como una vivienda, un local comercial o una oficina) que no es de su propiedad a cambio del pago de una renta periódica, generalmente mensual. El contrato de alquiler establece los términos y condiciones bajo los cuales el inquilino puede usar y disfrutar de dicho inmueble, y también detalla las obligaciones que debe cumplir.
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El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal que deben pagar los propietarios de bienes inmuebles, es decir, cualquier tipo de propiedad como viviendas, terrenos, locales comerciales o edificios. Este impuesto se aplica en todos los municipios de España y tiene como objetivo gravar la titularidad de los inmuebles, no su uso o disfrute. En otras palabras, lo paga la persona que es dueña del bien, independientemente de si vive en él, lo tiene alquilado o está vacío.
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El Índice de Precios de Consumo (IPC) es un indicador económico que se utiliza para medir la evolución de los precios de una cesta de bienes y servicios que suelen consumir las familias. El IPC permite observar los cambios en el coste de la vida en una economía, mostrando si los precios han subido o bajado con el paso del tiempo. Esta medición es fundamental para analizar la inflación, es decir, el aumento generalizado y sostenido de los precios de bienes y servicios.
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L
En el ámbito del arrendamiento de viviendas o locales comerciales en España, el término “lanzamiento” hace referencia al acto judicial mediante el cual se lleva a cabo el desalojo forzoso del inquilino o arrendatario de un inmueble. Esta medida extrema tiene lugar cuando el arrendatario no ha cumplido con las obligaciones estipuladas en el contrato, siendo la causa más habitual el impago de la renta o el incumplimiento de otras cláusulas acordadas, como daños en el inmueble o uso indebido del mismo.
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M
El mobbing inmobiliario o acoso inmobiliario es una práctica abusiva que consiste en realizar acciones, o incluso dejar de hacerlas, con el propósito de dificultar la vida de una persona en su vivienda. El objetivo de este comportamiento es crear un entorno hostil que lleve al inquilino o propietario a tomar decisiones no deseadas, como abandonar el inmueble, renunciar a sus derechos de uso y disfrute, o aceptar condiciones desfavorables.
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N
La novación objetiva es una figura jurídica en el Derecho español que implica modificar el contenido esencial de una obligación ya existente. Es decir, se produce un cambio significativo en los elementos principales de la obligación original, como el objeto (lo que se arrienda) o las condiciones fundamentales del acuerdo.
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En el alquiler de vivienda, la novación subjetiva consiste en sustituir a una de las partes del contrato (el arrendador o el arrendatario) sin cambiar las condiciones fundamentales del contrato, como el precio del alquiler, la duración o el uso de la vivienda. Esto significa que, aunque cambie quién paga el alquiler (el inquilino) o quién recibe la renta (el propietario), el contrato sigue siendo el mismo en cuanto a sus términos y obligaciones.
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P
La prórroga del contrato es una ampliación del tiempo de vigencia de un contrato previamente firmado entre dos partes, manteniendo las mismas condiciones y obligaciones establecidas inicialmente. En otras palabras, es como «alargar» el tiempo de un acuerdo que ya existía, sin necesidad de redactar o firmar un nuevo contrato.
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R
La renta arrendaticia es la cantidad de dinero que el arrendatario o inquilino se compromete a pagar al arrendador a cambio de poder usar y disfrutar de un bien que no es de su propiedad, generalmente un inmueble como una vivienda o un local comercial. Esta cantidad suele ser periódica, normalmente mensual, y está estipulada en el contrato de arrendamiento. Es, por tanto, la contraprestación económica que recibe el arrendador por ceder temporalmente el uso de su propiedad.
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N
La nota simple registral es un documento informativo que emite el Registro de la Propiedad y que proporciona detalles clave sobre una finca o propiedad. Este documento ofrece a los solicitantes información básica sobre la descripción del inmueble, su titularidad (es decir, quién es el propietario), y si existen cargas o limitaciones sobre la finca, como hipotecas, embargos o servidumbres. Aunque se trata de un documento útil para obtener información sobre una propiedad, tiene un carácter meramente informativo, lo que significa que el Registrador no es responsable de la exactitud de los datos proporcionados en la nota simple.
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V
En España, el término “vivienda” hace referencia a un espacio físico destinado a servir de hogar a una o varias personas. Dicha vivienda debe reunir condiciones básicas de habitabilidad, como contar con un espacio para descansar, zonas para cocinar y asearse, y un suministro adecuado de agua y electricidad, entre otros servicios fundamentales. Puede tratarse de un piso, una casa unifamiliar, un chalet o incluso de una habitación que cumpla los requisitos mínimos para vivir con comodidad y seguridad.
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La vivienda protegida es un tipo de inmueble promovido y regulado por las Administraciones públicas, cuyo objetivo principal es facilitar el acceso a la vivienda a personas o familias con recursos económicos limitados. Estas viviendas suelen tener un precio de venta o alquiler más bajo que el de la vivienda libre, gracias a que el Estado o las comunidades autónomas intervienen para abaratar costes y establecer requisitos que garanticen su correcto uso.
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La vivienda social es un tipo de alojamiento promovido o financiado, total o parcialmente, por la Administración pública (en algunas comunidades, también puede incluir la participación de otras entidades) con el fin de facilitar el acceso a una vivienda digna a personas o familias con recursos económicos limitados o en situación de especial vulnerabilidad.
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Z
Una zona de mercado residencial tensionado es un área geográfica que las administraciones públicas en España declaran como especialmente vulnerable debido a la falta de oferta de viviendas disponibles para la población. Esta insuficiencia de oferta, combinada con una alta demanda, provoca un incremento notable de los precios de compra o alquiler, haciendo que muchas personas tengan dificultades para acceder a una vivienda digna.
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