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Costas judiciales

Las costas judiciales son el conjunto de gastos económicos que genera un proceso judicial y que, por resolución del juez, puede verse obligada a asumir la parte que pierde el pleito. Su finalidad es compensar a la parte ganadora por los desembolsos que ha tenido que realizar para defender su posición en el procedimiento.

En el ámbito del arrendamiento, las costas judiciales aparecen con frecuencia en procedimientos de desahucio por impago de renta, en reclamaciones de cantidades adeudadas y en otros litigios relacionados con el cumplimiento del contrato de alquiler. Para el propietario que se ve obligado a iniciar un proceso judicial contra su inquilino, entender qué son las costas y cuándo se imponen resulta especialmente útil.

La condena en costas no es automática en todos los casos. Su aplicación depende de lo que decida el órgano judicial atendiendo al desarrollo del proceso y a los criterios establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil. El juez valora la conducta de las partes, el resultado del procedimiento y si existían dudas razonables sobre el fondo del asunto antes de pronunciarse sobre este punto.

Qué gastos incluyen las costas judiciales

Las costas judiciales comprenden los gastos directamente relacionados con la tramitación del proceso. Los más habituales son:

  • Los honorarios del abogado de la parte que ha ganado el juicio.
  • Los aranceles del procurador, cuando su intervención es preceptiva.
  • Los gastos de peritos que hayan intervenido para emitir informes técnicos o valoraciones.
  • Las tasas judiciales, cuando resultan aplicables según el tipo de proceso y el demandante.
  • Otros gastos acreditados que sean consecuencia directa del procedimiento.

El importe de las costas puede variar considerablemente según la complejidad del proceso, la duración del procedimiento y los profesionales que hayan intervenido. En algunos casos, la ley establece límites máximos que el juez puede moderar si considera que la cantidad reclamada en concepto de costas resulta desproporcionada respecto al objeto del litigio.

No todos los gastos que una parte pueda haber tenido durante el proceso se incluyen en las costas. Solo tienen esa consideración los que están expresamente reconocidos por la norma y los que el juez considera debidamente justificados. Los gastos internos de gestión, las consultas previas al inicio del proceso o los desplazamientos que no estén acreditados como necesarios quedan fuera de este concepto.

Cuándo se imponen las costas en un proceso de arrendamiento

El criterio general en el proceso civil español es el de vencimiento: quien pierde el juicio paga las costas. Si la demanda prospera íntegramente, el juez condena al demandado a abonar las costas. Si la demanda se desestima en su totalidad, las costas suelen recaer sobre el demandante.

En los procedimientos de desahucio por impago de renta, la condena en costas al inquilino que no ha pagado es frecuente cuando el propietario obtiene sentencia favorable. Sin embargo, si el inquilino paga la deuda antes de que se celebre la vista o abandona el inmueble voluntariamente en el plazo habilitado al efecto, la situación puede variar y el juez puede moderar o no imponer las costas.

Cuando la demanda solo se estima parcialmente, el juez valora las circunstancias de cada parte antes de decidir si impone las costas a alguna de ellas o declara que cada una asuma las que le correspondan. En cualquier caso, la resolución sobre costas forma parte de la sentencia y puede ser objeto de impugnación si alguna de las partes la considera injustificada.

Ejemplo en vivienda habitual (alquiler de habitación): Un propietario presenta una demanda de desahucio por impago de tres mensualidades de renta de una habitación. El juez estima la demanda íntegramente y condena al inquilino al pago de las costas del proceso, lo que incluye los honorarios del abogado del propietario y los aranceles del procurador que intervino en el procedimiento.

Ejemplo en local comercial: El titular de un local comercial reclama judicialmente al arrendatario el importe de seis meses de renta impagada. El juez estima la reclamación en su totalidad y condena al arrendatario al pago de las costas, que incluyen también el informe pericial presentado para calcular los intereses de demora devengados durante el tiempo que duró el impago.

Sinonimos + Costas judiciales

Las costas judiciales también reciben el nombre de costas procesales. Ambas expresiones se usan indistintamente en el lenguaje jurídico y en las resoluciones judiciales. En algunos contextos, se habla simplemente de costas para referirse al mismo concepto sin necesidad de añadir el calificativo.

  • Costas procesales: término equivalente, habitual en resoluciones judiciales y escritos de parte.
  • Costas: forma abreviada de uso corriente en el ámbito forense.

Las tres formas hacen referencia al mismo concepto y pueden aparecer combinadas dentro de un mismo procedimiento o resolución judicial sin que exista diferencia de significado entre ellas.