Cómo actuar si eres un afectado por la huelga de inquilinos (vídeo)

El pasado 13 de octubre tuvo lugar la conocida huelga de alquileres o huelga de los inquilinos, una manifestación que fue convocada por el Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid a causa de los precios del alquiler. Esta huelga ha supuesto el impago total o parcial de las rentas a una gran cantidad de propietarios como una forma de propuesta y presión colectiva organizada. Ahora bien, hasta qué punto esta huelga fue legal. ¿Se está cometiendo un delito? Te explicamos qué hacer si eres uno de los afectados y cuáles son las posibles soluciones desde el punto de vista de Pedro Bretón, CEO de SEAG. ¡Vamos a ello!

¿Qué es la huelga de inquilinos y qué persigue? ¿Es legal?

La huelga de los inquilinos fue organizada por el Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid con el fin de hacer presión para que se reduzcan los precios de los alquileres dejando de pagarlos total o parcialmente. La huelga tiene como fin, además, eliminar algunas cláusulas del contrato consideradas como “injustas” y exigir mejores condiciones de habitabilidad. Ahora bien, ante la pregunta inicial sobre si es legal o no, la respuesta es no. Se trata de una huelga que no ha sido reconocida como un derecho legal, puesto que la constitución en su artículo 28 únicamente reconoce el derecho a la huelga por motivos laborales. Por lo tanto, esta acción puede tener consecuencias judiciales por parte del propietario e incluso llegar al desahucio de los inquilinos.

¿Qué hacer si has sido afectado por la huelga de los inquilinos?

Tal y como explica Pedro Bretón, CEO de SEAG, la huelga de inquilinos es una acción que supone un problema más que una solución. El enfoque de presionar a los propietarios no es el adecuado, ya que el problema real de la accesibilidad a la vivienda radica en la escasez de inmuebles disponibles, y no en las prácticas de los propietarios. La huelga de inquilinos, que implica dejar de pagar la renta como medida de presión, es vista por Bretón como una acción contraproducente que desvirtúa el contrato de alquiler. Cuando un inquilino firma un contrato de arrendamiento, lo hace aceptando unas condiciones específicas que no han cambiado durante el transcurso de la relación contractual. Por ello, romper el acuerdo de pago puede incluso considerarse un acto de coacción, ya que se fuerza al propietario a aceptar demandas bajo presión, algo que, legalmente podría calificarse como un delito.

Bretón aclara que, en los casos de impago, SEAG siempre intenta mediar entre las partes, aunque si no se llega a una solución, el siguiente paso sería iniciar un proceso legal. Hay que tener en cuenta que se notificará a los inquilinos por burofax, carta o email certificados para que retomen el pago en un plazo de 30 días —de esta manera el contrato sigue en vigor y con las mismas condiciones—. Ahora bien, en los casos de negativa, se puede presentar una demanda de desahucio por impago y reclamación de las rentas, y una vez tiene lugar esto no es posible revertir la acción.

En cuanto a los propietarios con la Garantía de impago de SEAG, la compañía asegura que sus clientes están protegidos frente a situaciones de este tipo, garantizando el cobro de la renta mensual mientras el proceso de recuperación del inmueble se lleva a cabo. Contar con una garantía de este tipo evita que muchos propietarios puedan encontrarse con dificultades, especialmente aquellos que dependen del alquiler para cubrir sus propias hipotecas. Además de la cobertura que brinda, especialmente ante un sistema judicial con tiempos de resolución prolongados, situación que puede complicar a quienes dependen de esos ingresos.

Las soluciones frente a la subida de los precios del alquiler

Como indicábamos a lo largo del artículo, dejar de pagar el alquiler como medida de presión no es la solución, puesto que el problema no está en los propietarios. Según Bretón, es necesario incentivar la oferta de viviendas en el mercado para que el precio se regule de forma natural en lugar de recurrir a huelgas o restricciones impuestas. Además, se debe prestar atención al efecto negativo de ciertas iniciativas sobre la confianza de los propietarios, quienes se sienten cada vez más inseguros y desincentivados a poner sus inmuebles en alquiler. Las políticas que priorizan el control de precios o las huelgas de impagos, advierte el CEO, solo logran reducir la oferta de alquiler, lo que a largo plazo afecta aún más el acceso a la vivienda y al aumento de los precios.

La cuestión de las ayudas gubernamentales, como los 200 millones destinados a alquileres para jóvenes, por otro lado, es una medida que Bretón califica de oportunista y con poco impacto real. Según el experto, esta ayuda, que ya se anunció en 2022, no está bien enfocada, ya que muchos jóvenes no encuentran viviendas en el rango de precios que establece el programa, especialmente en grandes ciudades. Lo que se está haciendo es inyectar más dinero sin resolver el problema subyacente de la escasez de inmuebles. El CEO de SEAG aprovecha la entrevista, así mismo, para hacer un llamado a las plataformas y organizaciones que promueven la huelga de inquilinos, instándolas a reconsiderar su enfoque. Según él, estas acciones generan un clima de inseguridad y desconfianza entre los propietarios, lo que puede lograr el efecto contrario. Es decir, que se reduzca la cantidad de inmuebles disponibles y empeore el problema de acceso a la vivienda en lugar de solucionarlo. En definitiva, para mejorar el mercado del alquiler, Bretón propone tomar medidas reales y menos mediáticas, enfocadas en generar más inmuebles en el mercado.

La forma correcta para hacer un inventario de un piso de alquiler

Dejar constancia del estado de la vivienda y de las pertenencias que hay en él te resultará de gran utilidad para evitar problemas a futuro y para resolver los posibles conflictos, sobre todo, para la devolución de la fianza. En este artículo te explicamos por qué resulta tan importante y cómo debes hacerlo. ¡Sigue leyendo para más información!

¿Para qué sirve el inventario en un piso de alquiler?

El inventario en el alquiler de un piso amueblado es un documento que se adjunta como anexo en el contrato de alquiler. En él se especifican cada uno de los bienes inmuebles que hay en la vivienda, así como su estado en el momento de ser alquilada. Este documento se revisa y se firma junto al futuro inquilino, quien también debe comprobar el estado de los mismos antes que nada para dar el visto bueno al escrito. El inventario de un piso de alquiler tiene como fin registrar los muebles, electrodomésticos y demás pertenencias que hay en la vivienda y su estado. Este cuenta con una serie de ventajas e implica ciertas responsabilidades, las más significativas son las siguientes:

  • Responsabilidad del inquilino de los daños que se produzcan en el mobiliario de la vivienda.
  • Facilita la valoración de los daños para la compañía de seguros, en caso de robo o de otro tipo de accidente doméstico.
  • Utilización de la fianza en caso de haber discrepancias, para cubrir daños o reemplazos.

Modelo inventario piso alquiler: lo que debes incluir en él y cómo

No todo vale a la hora de redactar un modelo de inventario de alquiler de piso amueblado. En algunas ocasiones estos son demasiado generales o incompletos, lo que puede ocasionar problemas a la hora de rendir cuentas. Por lo tanto, es conveniente tener en cuenta algunos aspectos, como los que te explicamos a continuación.

Documenta todo lo que hay en la vivienda

Lo primero de todo es documentar todo lo que hay en la vivienda. Para ello puedes optar por acudir a la vivienda y hacer un borrador de todo lo hay, y dividiéndolo por habitaciones. Después pásalo a limpio e incluye de manera exhaustiva todos los detalles que sean posibles, como la marca, el modelo, fecha de compra, piezas del mueble… Además, te recomendamos que dividas tu modelo de inventario para piso de alquiler por habitación si optas por esta modalidad de contrato y que especifiques de manera detallada lo que hay en cada una de ellas y en las zonas generales, como los baños, el comedor, pasillos y la cocina. En cualquier caso, es importante que prestes atención a lo siguiente:

  • Mobiliario de la vivienda: Indica los muebles que hay en cada estancia y descríbelos al detalle, como los armarios, escritorios y mesitas de los dormitorios. Ten en cuenta, también, las mesas y sillas del comedor, los armarios de la cocina, la encimera, los váteres y bidés, los lavabos, la ducha o bañera y, en definitiva, todo el mobiliario de la vivienda
  • Electrodomésticos y aparatos eléctricos: Como la nevera, el horno, el microondas, la lavadora, las lámparas o flexos, la televisión… Es importante que verifiques su funcionamiento y tomes nota de cualquier problema o desperfecto que puedan presentar antes de alquilar el inmueble.
  • Paredes y suelos del inmueble: Revisa si existen desperfectos como manchas, rayones, desgastes o daños mayores y documéntalo en el inventario de piso de alquiler.
  • Estado general de la vivienda: Aparte de las paredes y suelos, revisa el estado de la fontanería, las ventanas, los marcos de las puertas, la instalación eléctrica, los techos y todo lo que consideres importante y que pueda sufrir daños tras el alquiler.

Los imperfectos también son importantes

Aparte de hacer un listado de todos los bienes de la vivienda, también es fundamental que indiques el estado de los mismos y sus imperfecciones. Si no es la primera vez que alquilas tu inmueble es posible que existan daños en parte del mobiliario que hasta el momento no habías percibido y que, por lo tanto, no le corresponde asumir a los nuevos inquilinos.

Inventario piso alquiler: toma fotografías y vídeos y adjúntalos

Es importante que te apoyes de material fotográfico para dejar constancia del estado general de la vivienda o de algún enser específico, sobre todo cuando pienses que pueda generar dudas o confusiones. Asegúrate de capturar los detalles en cada fotografía y si es posible graba un vídeo de cada estancia.

Guarda las facturas para el inventario muebles piso alquiler

Otra de las cosas que debes tener en cuenta a la hora de hacer un inventario de alquiler de un piso amueblado son las facturas. Si cuentas con ellas, guárdalas en un lugar seguro, incluso si se trata del presupuesto de alguna obra o reparación realizada recientemente. Esto te resultará de gran utilidad para calcular el importe de los siniestros o desperfectos, de cara a las devoluciones. Así como también en caso de tener que dar parte al seguro.

La firma del modelo inventario piso alquiler

Y, por último, pero no menos importante, no te olvides de firmar el inventario y de pedirle al inquilino que lo firme tras haberlo revisado minuciosamente contigo. Este paso es fundamental para que el modelo de inventario de piso de alquiler que has realizado tenga validez. En caso de gestionar el alquiler con una inmobiliaria, dale una copia al agente que se encargue de la operación para que sea testigo del estado. Si ya tienes inquilino, puedes entregarle una copia que se añadirá en un anexo al contrato, si considera que todo está correcto. Lo más adecuado, en cualquier caso, es que lo presentes en el momento de firmar el contrato.

Alquiler garantizado y cobertura frente a daños por vandalismo de hasta 3000 euros

Ahora ya sabes la importancia que tiene realizar un inventario de un piso de alquiler y cómo hacerlo correctamente, también sabrás que toda precaución es poca. Y que una fianza puede no cubrir todos los daños en caso de sufrir una inquiokupación con actos de vandalismo o un impago de alquiler. Es por eso que en SEAG te recomendamos nuestro servicio de alquiler garantizado. Aparte de cobrar tu renta mensual mes a mes hasta la recuperación de la vivienda, también contarás con una cobertura de hasta 3.000 euros frente a daños por actos de vandalismo (desde el primer euro y sin imposición de franquicias). Y, por supuesto, nuestro servicio de defensa jurídica con abogados especializados que se ocuparán de todos los trámites derivados del proceso de reclamación del impago (asumiendo todos los gastos del mismo). ¿Necesitas más información? Contacta con nosotros sin compromiso para que podamos asesorarte.

Cómo decorar un piso de alquiler para que se interesen por él más rápidamente

Siempre se ha dicho que los detalles importan, por pequeños que sean, y a la hora de alquilar una vivienda ocurre lo mismo. Prestar atención a la decoración te ayudará a que tu vivienda se alquile rápidamente, además, no es necesario invertir grandes sumas de dinero para ello. Ahora bien, ¡no todo vale! En este artículo te explicamos cómo decorar un piso de alquiler para que se interesen por él lo más pronto posible.

Cómo decorar un piso de alquiler

No hay nada peor que entrar en una vivienda y tener la sensación de estar invadiendo un hogar. Decorar un piso, independientemente de los muebles, te servirá para darle un toque impersonal y alegre con el fin de despertar el interés de quien lo visite nada más llegar. Te proponemos varias ideas para decorar un piso de alquiler.

Plantas de plástico realistas

Las plantas siempre son sinónimo de vida y de alegría, además de hacer que las estancias parezcan más confortables e incluso ayudarán a darle un aire más acogedor a la decoración. Las plantas artificiales cuentan con la principal ventaja de que no necesitan ser cuidadas, a diferencia de las naturales. Además, no atraen insectos y tampoco generan alergias. Y lo mejor de todo es que existen una gran cantidad de opciones a elegir.

Cuadros impersonales

Elige cuadros impersonales de un color y material similar al resto de la decoración de la vivienda —es muy importante que optes por una decoración uniforme en toda la vivienda para que no se convierta en un popurrí de cosas y genere el efecto contrario al deseado—. Tampoco te pases recargando la vivienda con cuadros ni usando colores demasiado llamativos, puesto que se llevarán toda la atención y puede resultar pesado. Te recomendamos tonos neutros o pastel e impersonales. Por supuesto, si la vivienda cuenta con algún marco o cuadro con fotos, retíralo puesto que ello influye en que el futuro inquilino se sienta como un intruso en el hogar y tenga problemas para percibirse viviendo en él.

Pinta los azulejos y renueva las juntas

Muchas viviendas, sobre todo en las paredes del baño y de la cocina, cuentan con azulejos que le dan una apariencia más antigua, puesto que ya han pasado de moda. Actualmente, existen pinturas que permiten cubrir azulejos y con un excelente resultado. No lo dudes y opta por un cambio radical para que tu vivienda se vea más moderna y confortable.

Cojines y mantas para un toque más cálido

Tanto en el comedor, como en las habitaciones, te recomendamos que hagas uso de cojines y de mantas para decorar. Los tejidos naturales, como el algodón y la lana ayudan a crear un ambiente más agradable que cautiva desde el primer momento.

Electrodomésticos y aparatos eléctricos modernos

Los electrodomésticos y aparatos eléctricos, aparte de decorar e influir en el aspecto general de la vivienda, cumplen con la función principal para la que han sido diseñados. Si la nevera ya es muy antigua, al igual que la televisión o las lámparas e, incluso, los interruptores, ¡cámbialos! Los inquilinos prestan mucha atención al estado de los electrodomésticos, sobre todo a la nevera y al horno. Si estos son nuevos y modernos habrás ganado mucho terreno en el juego.

Cómo decorar un piso de alquiler low cost

No es necesario invertir una importante suma de dinero en la decoración del hogar. De hecho, te recomendamos que optes por productos económicos, pero bonitos, puesto que lo más probable es que tengas que renovar alguno de ellos tras finalizar el periodo de alquiler:

  • El mobiliario: En la sencillez está la clave, se trata de darle a la vivienda todos los elementos imprescindibles, pero sin saturarla. Además, continúa el estilo en todo el hogar. Equipa cada habitación con los mismos muebles (cama, armario, escritorio y mesita). Hoy en día puedes encontrar una gran cantidad de opciones donde comprar muebles económicos, bonitos y resistentes para tu vivienda.
  • El suelo: También puedes darle un toque más moderno a tu vivienda añadiendo un suelo laminado o vinílico, que además resulta muy económico y la apariencia cambiará considerablemente.
  • Las paredes: Para las paredes te recomendamos que crees una distinción en algunas zonas como, por ejemplo, en la zona de la televisión con papel pintado. También puedes crear una zona distinguida en una de las paredes del dormitorio.
  • Objetos de decoración: Por último, utiliza varios de los objetos para decorar un piso de alquiler amueblado que explicábamos en el punto anterior. Con ello le darás un toque distintivo que llamará la atención de los futuros inquilinos nada más llegar.

Cómo decorar un piso antiguo de alquiler

En este caso, de lo que se trata es de decorar un piso para alquiler y hacer que parezca más moderno, puesto que los pisos viejos y antiguos suelen echar para atrás a los interesados en comparación con los nuevos, o aquellos con una apariencia más moderna. En este sentido, es aconsejable que te deshagas de todos los muebles que se han quedado anticuados y, aunque optes por materiales más económicos, al menos tu vivienda lucirá más y se verá más moderna. Opta, así mismo, por electrodomésticos modernos y haz que el blanco predomine en tu vivienda, por ejemplo, pintando el color de las puertas y, por supuesto, aquellas paredes con colores (propias de los pisos antiguos). Además, opta por quitar el gotelé —si es que tu vivienda todavía lo conserva—. En este vídeo de SEAG te explicamos cómo llevar a cabo una reforma de tu vivienda para aumentar su precio y que se alquile más rápidamente.

Decorar piso alquiler y rentarlo de forma segura

Ahora que sabes cómo decorar un piso para alquilar y hacer que este se rente más rápidamente, es importante también que prestes atención a otro punto muy importante, el de alquilar la vivienda de manera segura. En Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) llevamos años ayudando a los propietarios de inmuebles a alquilar su vivienda de forma totalmente segura, con cobertura indefinida frente a los posibles impagos de alquiler. En SEAG te ofrecemos un servicio de alquiler garantizado para que puedas disfrutar de alquilar tranquilamente, sin preocuparte por nada. Además, nuestro servicio incluye también protección jurídica integral, lo que significa que nos ocuparemos de todos los trámites de la reclamación del impago de alquiler sin gastos adicionales. Por otro lado, te brindamos cobertura de hasta 3.000 euros frente a los daños por actos de vandalismo (y sin imponer franquicia). ¡Contacta con nosotros para más información!

Las características del alquiler de uso turístico y su situación actual (vídeo)

Una de las figuras más recientes en el mercado del alquiler de inmuebles es la del alquiler turístico. Este tipo de contrato, a diferencia del alquiler temporal —y, por supuesto, del alquiler de larga duración o de primera vivienda— se rige por otra normativa y su fin es otro. En este artículo te ayudamos a entender lo que se considera alquiler turístico y sus características más destacadas.

Qué se considera un alquiler turístico

Los alquileres turísticos están destinados al arrendamiento de inmuebles para turistas o visitantes que alquilan por periodos cortos de tiempo. Estos inmuebles reciben el nombre de Viviendas de Uso Turístico (VUT) y están completamente amobladas y equipadas para brindar una experiencia cómoda y con todo lo necesario a quienes alquilan por cortos periodos de tiempo. Se diferencian de los hoteles en la experiencia, ya que es más personalizada y privada y suelen estar gestionadas directamente por los propietarios o por empresas especializadas en alquileres con esta naturaleza. Por ello, las viviendas en cuestión deben cumplir con ciertas normativas y requisitos legales, entre los cuales se encuentra la adquisición obligatoria de una licencia de alquiler turístico.

Además, por supuesto, de cumplir con los estándares de seguridad y calidad y estar registradas correctamente en los organismos correspondientes de turismo. Los alquileres de Viviendas de Uso Turístico deben ajustarse, por otro lado, a la normativa local y cumplir con los impuestos y declaraciones de ingresos. Además, como explica el CEO de SEAG Pedro Bretón el alquiler turístico no tiene bonificaciones fiscales, al igual que ocurre en el alquiler temporal. Los requisitos suelen variar en cada comunidad o municipio, por lo que se aconseja visitar el organismo correspondiente. Algunos de los más repetidos son los siguientes:

  • Alquiler completo del inmueble (no por habitaciones, aunque depende de la ciudad).
  • Duración máxima de 1 a 2 meses, dependiendo de la localidad.
  • Limitaciones en la realización de publicidad y la publicación de anuncios en plataformas específicas.
  • La vivienda debe alquilarse con fines turísticos, de vacaciones o de ocio.
  • La vivienda debe respetar los diferentes reglamentos turísticos, pero también urbanísticos en vigor.

Ley alquiler turístico y normativas

Como indicábamos en el punto anterior, el alquiler turístico se rige por las leyes y normativas turísticas para garantizar la calidad y la seguridad de los alojamientos ofrecidos, no por las de vivienda —de hecho, estos fueron excluidas del ámbito de regulación de la Ley de Arrendamiento Urbano en el año 2013—. Este marco legal está detallado en el Decreto-Ley 3/2023 y su competencia forma parte de cada comunidad autónoma. Estas son las exigencias obligatorias que deben cumplir:

  • Licencia urbanística: Cualquier inmueble del tipo VUT debe obtener la licencia urbanística que le permita operar de manera legal.
  • Categorías VUT: Hay que tener en cuenta que el decreto reconoce dos categorías diferentes, la de establecimientos de alojamiento turístico y las viviendas de uso turístico. Estas últimas son las que analizamos en este artículo, y el periodo para alquilar no debe ser superior a los 31 días consecutivos, generalmente, además de estar debidamente inscritos en los registros de turismo autonómicos.

Es importante destacar que, además de la legislación autonómica, son muchos los municipios que están estableciendo otras regulaciones locales con el fin de aumentar el control de dichos establecimientos turísticos para mejorar la calidad del sector.

¿Cuál es la diferencia entre alquiler turístico y de temporada?

Como puedes imaginar, existen diferencias considerables entre un tipo de alquiler y otro. Y conviene tenerlas en cuenta porque no tienen la misma naturaleza, se rigen por otras normativas y cada una cuenta con sus ventajas y limitaciones. Si quieres informarte al detalle sobre ello, puedes leer el siguiente artículo.

Licencia alquiler turístico: ¿Cómo obtenerla?

La licencia turística es el permiso que permite ejercer una actividad turística en España, tanto si se trata de un hotel, como de un conjunto de apartamentos o de la Vivienda de Uso Turístico. Esta puede tramitarse de diferente forma, dependiendo del organismo competente de cada comunidad autónoma, aunque lo más habitual es que sea con una de las siguientes vías:

  • Vía telemática: A través del certificado digital o del DNI electrónico.
  • Vía presencial: Presentando documentación en los servicios territoriales de turismo de la provincia donde se encuentre la vivienda.
  • Oficina de Correos: En sobre abierto para que pueda estamparse el sello y la fecha en el impreso de solicitud y la copia.

Cómo se declara el alquiler de un piso turístico

Ahora que ya sabes qué es un alquiler turístico, es importante hacer una pequeña mención sobre cómo se declara. En este sentido hay que tener en cuenta que la vivienda turística puede ser de tres tipos diferentes, con servicios de hospedaje, sin ellos y gestionado por una persona física o empresa. Los servicios de hospedaje son todos aquellos destinados a la recepción y atención de los clientes, la limpieza regular, el cambio de la ropa de cama y baño y otros relativos a la lavandería o recepción de equipaje, incluso el servicio de alimentación. De ello influye cómo tributan los diferentes conceptos, que son el Impuesto de Actividades Económicas e IVA, por un lado, y el IRPF, por otro.

¿Puede solicitarse un alquiler garantizado para un alquiler turístico?

Las empresas destinadas a ofrecer un alquiler garantizado suelen excluir los alquileres turísticos de vivienda debido a que se rigen por una normativa diferente a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Por lo tanto, si buscas un servicio de garantía frente al impago, es fundamental optar por un alquiler temporal (o de vivienda habitual), con independencia de la duración del contrato. En Sociedad Española de Alquiler Garantizado te ofrecemos una garantía para alquileres temporales, mejor que los seguros de impago de las compañías tradicionales. Con ella podrás disfrutar de recibir tu cuota mes a mes en caso de sufrir un impago y durante 12 mensualidades. Además de incluir protección jurídica integral para que nuestro equipo de abogados se encargue del procedimiento de reclamación del impago asumiendo todos los gastos. El servicio de alquiler garantizado de SEAG contempla, así mismo, la cobertura de daños por actos de vandalismo en hasta 3.000 €, y sin imponer franquicias. ¡Consúltanos todas tus dudas o solicita más información!

Crisis de la vivienda por la falta de alquileres en España: ¿Cuál es la solución? (vídeo)

El problema del alquiler en España no es nuevo. La falta de oferta y el exceso de demanda ha dado como lugar a un aumento progresivo en el precio de los alquileres, lo que además genera un problema de acceso a la vivienda por parte de los inquilinos. El CEO de Sociedad Española de Alquiler Garantizado Pedro Bretón analiza la situación en Negocios.TV y propone varias soluciones efectivas frente a esta seria problemática que va en aumento en la actualidad.

Crisis vivienda: un repaso a la situación actual

En la actualidad, son miles las personas que buscan un alquiler, pero no tienen la posibilidad de acceder a una vivienda. En la mayoría de los casos, por la falta de oferta, pero también por los elevados precios que dificultan el acceso a un hogar digno. El CEO de SEAG Pedro Bretón habla sobre las medidas del gobierno para reducir el problema mediante la construcción de vivienda pública e indica que esta no es la solución.

A pesar de que el gobierno busca poner a disposición 184.000 viviendas para el final de la legislatura, lo cierto es que esto no supone una solución, según el CEO. Explica que en la actualidad el déficit de España en su parque público de viviendas es de 1 millón, aproximadamente, y que la cifra aumenta en 100.000 viviendas anualmente. Por lo tanto, aclara que la medida del gobierno no es ninguna solución. “Esta cifra aumenta en 100.000 viviendas anualmente, por lo tanto, 184.000 viviendas no es ninguna solución. Pensemos en que mínimo vamos a tardar en disponer de esas viviendas dos años, por lo tanto, seguiremos con un déficit”, declara en la entrevista.

Sin embargo, ante las crisis de vivienda en España Bretón señala que hay que buscar una alternativa y explica que si nos fijamos en los datos podemos apreciar que en España hay hasta 4 millones de viviendas vacías. Ahora bien, ¿por qué están vacías estas viviendas y no se alquilan o se venden? Pedro Bretón subraya que muchas de ellas están vacías por el miedo a alquilar o por la imposibilidad de vender, y otras muchas por la falta de liquidez de los propietarios para reformarlas. “Muchas de estas viviendas no se encuentran en situación habitacional y necesitan de una gran inversión para poder venderlas, pero la falta de capital no permite a los propietarios poder hacerlo”, indica el experto. Además, aclara que estás cifras no se reparten por igual en todas las comunidades o municipios poniendo por ejemplo Asturias y Castilla y León, donde no existe el problema de la crisis de la vivienda.

De hecho, enfatiza diciendo que, de los 4 millones, el 50% se encuentra en municipios de menos de 10.000 habitantes. “Aquí tenemos algunas de las pistas de cuáles serían las soluciones que generarían un impacto positivo en el sector del alquiler, y ninguna de estas pasan por construir”, reitera.

Claves o medidas para solucionar los problemas para alquiler un piso

El experto analista en el mercado del alquiler y CEO de SEAG propone varias soluciones frente a la crisis de vivienda en España. Lo más importante, matiza, es lograr la confianza de los propietarios, para que se animen a alquilar los pisos vacíos que en la actualidad rondan los 4 millones (además compara cómo el gobierno de otros países ha apostado por ello y ha logrado una estabilidad en la oferta y la demanda, así como una reducción de los precios). Para Bretón la única forma de conseguir un mercado del alquiler estable es apostando por la confianza. “El mercado del alquiler, si funciona bien, será positivo tanto para propietarios como para inquilinos que conseguirán acceder a una vivienda a un precio asequible”, expresa.

Otra de las medidas que pueden funcionar para paliar la crisis de la vivienda es echarle un ojo a los locales. Indica que existen una gran cantidad de negocios cerrados que podrían ser aprovechados como vivienda. Pero no solo eso, también explica cómo las bonificaciones fiscales pueden resultar de gran utilidad para promover el alquiler. En concreto, habla de las bonificaciones fiscales en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que, en algunos casos, puede suponer hasta un 10% adicional para el propietario por la adquisición de una vivienda. “Dedicaría bonificaciones fiscales para todos aquellos propietarios que adquieran una vivienda y la destinen al alquiler a largo plazo”, puntualiza y añade que “de esta forma potenciaríamos el alquiler de larga duración y además conseguiríamos que los pequeños inversores vuelvan a confiar en el sector”.

Por supuesto, al igual que ha hecho en varias ocasiones, Bretón habla de la importancia de la seguridad jurídica para los propietarios y transmite muchas de las preocupaciones que recibe por parte de estos últimos, sobre todo en cuestiones como la utilidad de las cláusulas del contrato de alquiler, las cuales, a pesar de estar bien desarrolladas no resultan útiles si la Ley de Arrendamientos Urbanos no contempla opciones para poder resolver el contrato de una manera fácil y ágil cuando un inquilino deja de pagar la cuota mensual. Este es un punto muy importante para el experto, lo que para Bretón coincide con devolver la confianza al propietario: “Hay que trabajar en devolver la confianza en el sector y en la ley a todos estos propietarios y pequeños ahorradores que ahora mismo están en stand by y no quieren invertir en este sector hasta que no vean una progresión”.

¿No hay pisos de alquiler o los propietarios están perdiendo el interés por hacerlo?

Los propietarios han perdido la confianza, indica Bretón y subraya que aunque los clientes propietarios de SEAG tienen el alquiler garantizado, les sigue asustando un poco todos estos cambios legislativos y el hecho de no saber en qué punto puede estar su alquiler de aquí a unos años. “Sería bueno tener una estabilidad legal y que los propietarios sepan que su vivienda no va a tener tantas diferencias a nivel legal”, alude. Además, incita a pensar muy bien en las repercusiones de las medidas que se toman y recalca la importancia de ofrecer garantías a los propietarios.

Además, aclara que hay que desmentir la falsa creencia de que los grandes fondos tienen el monopolio del mercado en España y tener en cuenta que si se apoya a los pequeños inversores repercutirá de manera favorable también para los inquilinos. “Se especula demasiado con los grandes fondos, pero solamente el 5% del parque inmobiliario pertenece a grandes fondos, el resto es de los pequeños ahorradores que han hecho su inversión en ladrillos”. El mercado va a ser un problema si no se les presta atención, el sector del alquiler debe entenderse con un beneficio tanto para propietarios e inquilinos, para que todo el mundo pueda entrar en este mercado, concluye.

¿Cuál es la apuesta de SEAG para ofrecer confianza a los propietarios de viviendas en alquiler?

Aparte de todas las medidas que propone Pedro Bretón en esta entrevista, desde SEAG también ayudamos a los propietarios a recuperar la confianza y que se animen a alquilar contando con un servicio de alquiler garantizado. Este te brinda la oportunidad de poder alquilar tu vivienda con la tranquilidad de saber que en caso de sufrir un impago seguirás cobrando tu cuota por nuestra parte hasta que la recuperes. Además, el servicio de garantía indefinida de SEAG para el alquiler de una vivienda habitual incluye protección jurídica integral por parte de nuestro equipo de abogados especializados para realizar todos los trámites de la reclamación asumiendo los costes del proceso. Sin olvidar, por otro lado, la cobertura de daños por actos de vandalismo de hasta 3.000 euros, y sin imposición de franquicias. ¿Quieres más información sobre nuestros servicios? Contacta con nosotros sin compromiso.

¿Se puede reformar un piso alquilado? Lo que dice la ley

Una de las dudas más habituales por parte de los propietarios de inmuebles es la de si se puede reformar una vivienda mientras está alquilada. De hecho, esto es más habitual de lo que parece, sobre todo cuando se alquila la vivienda por necesidad y previamente no se disponía de los ingresos necesarios para realizar la reforma. También puede ocurrir que se requiera una reforma a causa de los daños que ha ido sufriendo la vivienda a lo largo del tiempo. En cualquier caso, en este artículo respondemos al interrogante de si es posible reformar un piso de alquiler mientras está alquilado y lo que dice la ley.

Reformar piso alquiler: ¿Es posible?

Es normal que existan muchas dudas a la hora de distinguir entre lo que puede hacer o no puede hacer un propietario al alquilar una vivienda, y viceversa, sobre todo, en el caso de las reformas y las obras. Pero, ¿realmente es posible o estamos incumpliendo la ley? La respuesta es sí, es posible realizar una reforma de piso en alquiler mientras está arrendado, pero hay que tener en cuenta siempre lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). En concreto, debemos fijarnos en el artículo 21 y 22. En ambos artículos se explica en qué casos reformar un piso de alquiler es posible, incluso aunque esté arrendado. ¡Lo vemos!

Qué dice la ley sobre reformar un piso de alquiler arrendado

El artículo 21 y 22 de la Ley de Arrendamientos Urbanos explica que se pueden realizar reformas en tres casos concretos, cuando se trata de obras de conservación de la vivienda, pequeñas reparaciones y obras de mejora

Obras de conservación de la vivienda de alquiler

Tal y como estable la ley en el artículo 21, el arrendador está obligado a realizar (y sin derecho a elevar por ello la renta) “todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido”. El punto 1 de este artículo subraya, no obstante, que el arrendador queda eximido de la responsabilidad cuando se trate de un hecho imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1564 del Código Civil. Ahora bien, ¿Qué dice al respecto sobre el hecho de realizar la reforma mientras el inquilino está viviendo en el inmueble?

Tal y como puede leerse en el punto 2 del artículo 21: “Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda”. Es decir, si existe una necesidad imperiosa de realizarla, el inquilino no podrá negarse a dicha reforma. Ahora bien, si la obra dura más de 20 días, entonces deberá disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario ha sido privado.

Pequeñas reparaciones de la vivienda en alquiler

Esto es algo que aparece especificado en punto 4 del artículo 21 de la ley LAU, y dice lo siguiente: “Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario”. Además, la jurisprudencia estable que una pequeña reparación es aquella cuyo coste es inferior a los 150 euros.

Obras de mejora en el piso alquilado

También es posible reformar un piso alquilado siempre y cuando se trate de obras de mejora, tal y cómo aparece reflejado en el artículo 22. Esto quiere decir que “El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento”. Ahora bien, al igual que en el primero de los casos, el arrendatario que soporte este tipo de reforma u obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda que quede inhabilitada, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar, si se diera el caso.

¿Cómo notificar de la reforma de un piso de alquiler al arrendatario?

Como imaginarás, para poder llevar a cabo una reforma es necesario notificar previamente al arrendatario, pero también a la inversa. Además, el arrendador no podrá subir la renta por dicha reparación y, en caso de urgencia, el arrendatario podrá hacerse cargo siempre y cuando cuente con el consentimiento del propietario —y, por supuesto, el arrendador deberá pagar posteriormente el coste de la obra y reparación—. Vemos los supuestos:

En el caso concreto de reformar un piso de alquiler para la conservación de la vivienda el arrendatario debe poner en conocimiento del arrendador en el plazo más breve posible la necesidad de las reparaciones y deberá facilitar al propietario la verificación directa del estado de la vivienda por sí mismo o por los técnicos que designe. A partir de ese momento, la ley dice lo siguiente: “En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador”.

Ahora bien, si se trata de obras de mejora en el piso alquilado, entonces el arrendador deberá notificar por escrito al arrendatario con una antelación, como mínimo, de tres meses. Además, deberá indicar su naturaleza, comienzo, duración y coste previsible. Esto aparece especificado en el punto 2 del artículo 22 de la ley LAU: “El arrendador que se proponga realizar una de tales obras deberá notificar por escrito al arrendatario, al menos con tres meses de antelación, su naturaleza, comienzo, duración y coste previsible”. Es importante dejar claro que, en este caso, el inquilino puede rescindir el contrato de forma legal, aunque no haya finalizado el tiempo en este caso, cuando las obras afecten de manera relevante a la vivienda alquilada. El arrendamiento, por tanto, se extinguirá en el plazo de dos meses a contar desde el desistimiento y durante los cuales las obras no podrán comenzar.

En Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) estamos aquí para ayudarte a alquilar tu vivienda de manera segura, tanto si tienes pensado realizar una reforma como si no, y en el supuesto de que surja la necesidad de realizar obras de mejora no esperadas. Te prestamos un servicio frente al impago de alquiler para que sigas cobrando tu cuota mes a mes en el supuesto de encontrarte frente a esta situación. Además, te brindamos protección jurídica integral mediante la cual nos encargamos de reclamar el impago y todos los gastos derivados del proceso. ¿Necesitas más información? Contacta con nuestro equipo sin compromiso.

Quién puede avalar y cuáles son las obligaciones del avalista en un contrato de alquiler

En el momento de alquilar una vivienda el propietario del inmueble tiene derecho a pedir una fianza, esta es obligatoria en todos los arrendamientos tal y como se especifica en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Esta debe ser equivalente, como máximo, a una mensualidad de renta, tal y como hemos explicado en alguna ocasión en nuestro blog y a través de las redes sociales. Ahora bien, hay que tener en cuenta que como arrendador también tiene derecho a pedir un avalista en el momento de firmar el contrato, para tener mayores garantías financieras. Esto aparece igualmente indicado en la ley LAU que se encarga de regular los contratos de alquiler para aportar mayores garantías al propietario frente al impago.

Es por eso que en este artículo te explicamos todo lo que debes saber al respecto. Te explicamos qué es el avalista de alquiler, los requisitos para que alguien sea avalista y las obligaciones que contrae en el momento de firmar. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es un avalista de alquiler?

Ser avalista en un alquiler implica tener que afrontar las deudas que contraiga el inquilino al cual se está avalando. Se trata de una garantía frente al impago, gracias a la cual el propietario del inmueble podrá recurrir a un tercero para saldar la deuda, si fuera necesario. Esta figura suele ser habitual, sobre todo, en el alquiler de habitaciones a estudiantes —puesto que no suelen contar con la solvencia necesaria al no estar trabajando—, aunque también puede solicitarse en otras situaciones.

Requisitos para ser avalista de alquiler

Por supuesto, al igual que se lleva a cabo un estudio del inquilino que solicita entrar a vivir en una vivienda, se sigue el mismo procedimiento en las personas avalistas del alquiler, para comprobar si realmente cuentan con la solvencia necesaria —por supuesto, siempre con su consentimiento—. Esto es algo que suelen realizar las inmobiliarias o las empresas de alquiler garantizado, como SEAG, donde además se revisa el fichero de morosos para comprobar si el futuro inquilino y avalista cuenta con deudas pendientes. Por lo tanto, los requisitos para ser avalista vienen marcadas por la solvencia, aunque también hay que tener en cuenta otros aspectos, que vemos a continuación:

  • Ser mayor de edad.
  • Ingresos estables y suficientes.
  • No tener deudas pendientes.
  • Nivel patrimonial suficientes (disposición de bienes inmuebles libres de cargas, entre otras).

Al final, muchos de los requisitos son marcados por el propio arrendador, en función de la seguridad que busque frente al impago. En esta entrevista puedes conocer más detalles:

Obligaciones avalista contrato alquiler

Ahora que ya hemos hablado de qué es un avalista de alquiler y de los requisitos para serlo, vamos a pasar a analizar cuáles son sus obligaciones. Hay que tener en cuenta que ser avalista implica un compromiso y la persona que accede asume unos riesgos. Por lo general, las obligaciones del avalista consisten en responder frente al impago de las rentas, aunque también se pueden especificar otras condiciones, como por ejemplo frente a los daños que puedan ocasionar en el inmueble. Así mismo, en el contrato puede limitarse el importe frente al cual responde, los conceptos y la duración (por ejemplo, si contempla la vigencia del contrato o se amplía con las prórrogas).

Avalista alquiler: ¿Cuáles son sus derechos?

El avalista de un alquiler, como es lógico, tiene sus derechos y podrá hacer uso de ellos en caso de necesitarlo si no ha renunciado de forma expresa a los mismos en el contrato. En el momento de hacer uso de ellos podrá dirigirse directamente al arrendador, sin necesidad de dirigirse previamente al arrendatario:

  • Derecho de orden: Esto significa que el avalista debe ser el último a la hora de ser notificado. Es decir, el arrendador debe notificar en primer lugar al arrendatario para exigir el cumplimiento de sus obligaciones y solo después al avalista.
  • Beneficio de excusión: En este caso se exige al propietario del inmueble que en primer lugar se dirija contra los bienes del arrendador y solo en caso de no disponer o no cubrir con la cantidad reclamada se proceda embargar los bienes del avalista.
  • Derecho de división: Este derecho aplica cuando hay varios fiadores, por ejemplo, en el caso de una vivienda compartida. En este caso, la deuda se reparte entre todos en partes iguales y de acuerdo a los porcentajes establecidos, salvo que se haya pactado la solidaridad entre ellos.

Cómo hacer un contrato de alquiler con avalista

Es crucial que los avalistas estén incluidos en el contrato de alquiler, donde basta con indicar su presencia y que se comprometen a asumir las obligaciones del inquilino si este no cumple. El aval será solidario, y los avalistas deberán firmar el contrato. La responsabilidad del avalista quedará, por lo tanto, establecida en dicho contrato, y aunque su obligación principal es cubrir la renta mensual en caso de que el inquilino no lo haga, se puede acordar una limitación en el alcance del aval, de manera que solo respondan en ciertas situaciones o hasta un monto o número de mensualidades determinado. En el caso de no establecerse una limitación en el contrato de arrendamiento, se entiende que el avalista responde frente a todas las obligaciones contraídas en el contrato por parte del arrendatario.

En SEAG (Sociedad Española de Alquiler Garantizado) nos encargamos de seleccionar a tu inquilino y avalista para proporcionarte la máxima seguridad y tranquilidad. Pero no solo eso, te ofrecemos un servicio de alquiler garantizado frente al impago, para que no pierdas ninguna de tus cuotas en caso de enfrentarte a esta situación. También te ofrecemos protección jurídica integral para reclamar el impago sin que tengas que preocuparte por nada (y sin ningún gasto adicional) y protección contra ocupación en los 3 meses siguientes al finalizar el contrato y daños por actos de vandalismo (hasta 3.000 euros). ¡Solicítanos más información!

Incentivos fiscales para promover el alquiler de larga duración (vídeo)

El alquiler de larga duración es el tipo de alquiler que más estabilidad económica proporciona a los propietarios de inmuebles, aunque también el que más incertidumbre genera debido a las nuevas medidas y actualizaciones de la ley. Afortunadamente, cuenta con algunas ventajas con respecto a otras modalidades, algo que puede observarse —por ejemplo— en las ventajas fiscales del alquiler para el propietario. En este artículo te explicamos cuáles son. ¡Sigue leyendo!

 ¿Cuáles son los incentivos y beneficios de la Ley de Vivienda para promover el alquiler de larga duración?

La nueva Ley de Vivienda para el alquiler entró en vigor el 26 de mayo de 2023, aunque sigue generando dudas en varias cuestiones, tanto a propietarios como inquilinos. En este punto en concreto nos centramos en los beneficios fiscales del alquiler de vivienda. El CEO de SEAG Pedro Bretón explica cuáles son y qué requisitos deben cumplirse para poder aprovecharlos, como puede verse en el siguiente vídeo.

El CEO Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) recuerda que existen dos incentivos que tienen como fin promover el alquiler de larga duración. Estos nacen como una medida por parte del gobierno para regular los precios teniendo en cuenta la problemática actual de la vivienda en el país por la elevada demanda y la falta de oferta. Además, los nuevos inventivos de la ley sustituyen a las reducciones por arrendamiento de vivienda art 23.2 IRPF del 2023 en un 60% (beneficios fiscales alquiler vivienda 2023), aplicables a quienes firmaron contrato hasta 2023. Es importante dejar claro, así mismo, que los nuevos beneficios fiscales para propietarios de pisos de alquiler solo aplica a quienes rentan su vivienda en zonas tensionadas. Una zona tensionada en el mercado residencial es aquella en la que existe especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población. Pueden consultarse los municipios en la delegación del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Bretón explica cuáles son los dos incentivos más destacados actualmente, los vemos:

Reducción 90% sobre los ingresos obtenidos

La reducción del 90% tiene como fin promover una rebaja en el precio del alquiler gracias a las reducciones a la hora de declarar los impuestos: “Existe una bonificación en el IRPF en de hasta el 90% del beneficio obtenido por un alquiler de larga duración, siempre y cuando se formalice un contrato a partir de enero de 2024 por un precio inferior en un 5% a lo que se venía alquilando en el año anterior”. Es decir, el contrato debe haber sido firmado durante el año anterior y la reducción se aplicará sobre los beneficios, tras haber descontado los gastos. “Es una iniciativa buena, aunque sí es necesario haber tenido en alquiler el piso en 2023”, matiza Bretón, además el inmueble debe encontrarse en zona tensionada.

Reducción del 70% sobre los ingresos obtenidos

“Luego tenemos otra bonificación del hasta el 70% que sigue la misma lógica, cuando se trata de un contrato nuevo para menores de 35 años (y desde los 18)”, continúa Pedro Bretón. Ahora bien, matiza que será aplicable siempre y cuando los inmuebles deben estar en zonas tensionadas, al igual que en el caso anterior.

Otras reducciones sobre el alquiler

Esta nueva medida contempla, así mismo, otras dos reducciones del 60% y del 50%. En el primero de los casos cuando, no cumpliéndose los requisitos anteriores, la vivienda haya sido objeto de una actuación de rehabilitación que hubiera finalizado en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato. La reducción del 50% aplica al resto de los casos, a excepción de los contratos que no cumplan los requisitos sobre la renta descritos en el artículo 17.6 de la Ley 29/1994 Ley de Arrendamientos Urbanos (en cuyo caso no podrá aplicarse ninguna reducción).

Otros gastos fiscalmente deducibles alquiler

Al hablar de beneficios para el propietario hay que tener en cuenta, así mismo, los otros gastos fiscalmente deducibles del alquiler de la vivienda. Los gastos deducibles, en este caso, influyen en la determinación del rendimiento neto del capital inmobiliario, por lo que suponen una reducción de los beneficios y por tanto en la cantidad final a pagar por el propietario (tanto si se aplica alguna de las reducciones anteriormente descritas, como si no). Al hablar de los gastos deducibles nos encontramos con todos aquellos gastos derivados de la obtención del inmueble, así como también las cantidades destinadas a la amortización del mismo, y a los demás bienes cedidos con el mismo. Entre ellos, tal y como detallan desde la agencia tributaria, nos encontramos con los siguientes:

  • Intereses y demás gastos de financiación de los capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora del bien, derecho o facultad de uso o disfrute, así como en su caso, los bienes cedidos con el mismo.
  • Gastos de conservación y reparación de los bienes productores de rendimientos, como los efectuados regularmente con el fin de mantener el uso de los bienes materiales, como el pintado, revoco o arreglo de instalaciones; y los de sustitución de elementos, como instalaciones de calefacción, ascensor, puertas de seguridad y otros.
  • Tributos y recargos no estatales, entre otros, como el IBI, tasa de basuras, alumbrado…
  • Las primas de contratos de seguros.
  • Los gastos de defensa jurídica.
  • Las cantidades destinadas a la amortización, siempre que respondan a su depreciación efectiva.

¿Estás pensando en aprovechar estas reducciones y realizar un alquiler de larga duración? En SEAG te ayudamos a hacerlo ofreciéndote un servicio de alquiler garantizado. Alquila con tranquilidad y no te preocupes por nada, nuestro servicio incluye el cobro garantizado para que en caso de sufrir un impago sigas cobrando tu cuota de forma mensual hasta que recuperes tu vivienda. Además, te protección jurídica integral para reclamar dicho impago (nos ocupamos de todos los trámites y asumimos todos los gastos del proceso). Por otro lado, podrás disfrutar de la cobertura incluida por daños por actos de vandalismo (hasta 3.000 euros) y protección contra la ocupación (durante los 3 meses siguientes tras la finalización de la garantía de alquiler). ¿A qué estás esperando? ¡Solicita más información para salir de dudas!

¿Qué características están buscando ahora mismo los inquilinos en una habitación de alquiler? (vídeo)

Alquilar se ha convertido en un proceso complicado en la actualidad, tanto para arrendadores, como para arrendatarios. En este último caso, sobre todo, por la escasa oferta frente a la elevada demanda. Ahora bien, hay que tener en cuenta que los inquilinos tienen sus preferencias en el momento de alquilar, lo que implica que el piso debe reunir unas determinadas características para que se decanten por él y no por otro. En este artículo en concreto nos centramos en analizar cuáles son dichas preferencias al alquiler una habitación. ¡Sigue leyendo!

Principales características al alquiler una habitación: ¿Cómo debe ser?

Lo primero que hay que tener en cuenta en el momento de alquilar una habitación es que se trata de un contrato de alquiler temporal, diferente al uso de vivienda, lo que significa que la persona que alquila no pretende pasar una larga etapa de su vida en ella. Por lo tanto, las preferencias cambian con respecto a otra persona que alquila una vivienda completa para larga duración. En el caso de las habitaciones, tal y como explica el CEO de SEAG Pedro Bretón en el siguiente vídeo, son tres los aspectos más importantes: “Lo más demandado, obviamente, es que las habitaciones estén amobladas, wifi y baño propio”.

La habitación amoblada en un alquiler es fundamental y algo que se da por hecho en todos los casos ya que, al pasar un corto periodo de tiempo en ella el inquilino no desea hacer un gasto extra para amoblarla y tener que hacer una mudanza posterior. Ahora bien, tal y como aconsejan los expertos, lo ideal es que la decoración sea neutra y que invite al nuevo inquilino a sentir que no está invadiendo otro hogar. Como indica Pedro Bretón, también cuenta con mucha demanda el alquiler de habitación con baño privado, aunque es consciente de que esto último no siempre es posible. “Las tipologías de los inmuebles en la actualidad no permiten que muchas de las habitaciones tengan baño”, subraya. Ahora bien, si existe la posibilidad los futuros inquilinos prefieren pagar un poco más si cuentan con la posibilidad de disponer de un alquiler de habitación con baño propio.

Por último, explica se encuentra el wifi. En este último caso, no es necesario que sea exclusivo de la habitación. Ahora bien, es un requisito imprescindible puesto que los inquilinos residirán poco tiempo y no desean tener que contratar el servicio por su cuenta para cancelarlo en unos meses. Al final, matiza el CEO de Sociedad Española de Alquiler Garantizado el alquiler de habitaciones para los inquilinos “sigue siendo algo temporal hasta poder encontrar una vivienda que se asemeje a sus necesidades y su situación pueda mejorar”.

Otros aspectos importantes sobre las características de alquiler de la habitación

Por supuesto, aparte de lo mencionado entran en juego otros muchos aspectos que son determinantes para los inquilinos en el momento de optar por un tipo de habitación u otro. Algunas de las características más demandadas y a tener en cuenta, aparte del alquiler de habitación con baño privado o del alquiler de habitación amblada, son las siguientes:

Ubicación de la vivienda

Por supuesto, la ubicación es muy importante. Y ya no solo nos referimos a nivel personal de las necesidades de cada inquilino, sino también al fin principal del alquiler. Por ejemplo, si quieres destinar una vivienda al alquiler de habitaciones para estudiantes, lo ideal es que esta se encuentre cerca de la zona estudiantil de la ciudad. Si la vivienda, por el contrario, está alejada te resultará más difícil destinarla a este fin, además tendrás que ajustar los precios a la competencia.

Habitación individual, no compartida

Muchas de las personas que alquilan una habitación es por necesidad, puesto que preferirían poder alquilar una vivienda completa, pero la situación económica no lo permite. Ahora bien, no es lo mismo tener que compartir una vivienda y los espacios comunes, que compartir una habitación, en cuyo caso se carece de privacidad. Por supuesto, entre las demandas de los inquilinos que buscan una habitación para alquilar se especifica que no esté compartida.

Precio de la habitación

El costo del alquiler es un aspecto crucial. Los inquilinos buscan viviendas que se adapten a su presupuesto, y en España, las variaciones del mercado pueden ser muy diferentes según la región e incluso entre distintos barrios de una misma ciudad. Los inquilinos tienden a comparar precios para obtener la mejor relación calidad-precio, considerando no solo el alquiler mensual, sino también otros gastos como servicios, cuotas de comunidad y posibles tarifas de gestión. Por ello, te recomendamos echar un vistazo y hacer un estudio de mercado antes de fijar el precio de tus habitaciones en alquiler. Por supuesto, si las habitaciones son diferentes entre sí, como por ejemplo, si se trata de un alquiler de habitación con baño propio, es lógico que el precio sea más elevado.

Flexibilidad del contrato

La flexibilidad en el contrato se refiere, sobre todo, a la duración del mismo y a las preferencias, además es un factor decisivo. Y es que los inquilinos buscan tener la posibilidad de volver a la habitación tras la finalización del contrato temporal, sobre todo en el caso de los estudiantes, para así poder continuar en un mismo lugar durante cada año académico. En ese caso, se recomienda añadir una cláusula específica sobre la preferencia frente a otros inquilinos cuando se acaben las vacaciones de verano en las que la vivienda pasa a disposición del propietario (aparte, por supuesto, de todas las cláusulas fundamentales y requisitos que debe tener un buen contrato de alquiler).

¿Cómo alquilar habitaciones de manera segura?

Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) es una entidad destinada a favorecer el alquiler seguro a los propietarios, ofreciendo garantías frente a los posibles impagos, algo que —lamentablemente— suele ser muy habitual en la actualidad. Si esta es tu primera vez que alquilas tu vivienda o si deseas hacerlo de manera segura, te recomendamos nuestro servicio de garantía indefinida para el alquiler de habitaciones. Este servicio incluye el cobro de tus cuotas de manera mensual e indefinida (hasta la recuperación de la habitación) en caso de sufrir un impago. Además, nuestro servicio cuenta con protección jurídica integral para que no tengas que preocuparte, ¡ni pagar de más!, por todo el proceso de reclamación del impago. A ello se suma los daños por vandalismo (hasta 3.000 euros) y las prestaciones adicionales que puedes revisar en nuestra página web. ¡Contacta con nosotros para que podamos asesorarte al detalle!

Cómo funciona una inmobiliaria y qué tareas lleva a cabo para alquilar un piso

Las inmobiliarias cumplen un papel muy importante a la hora de alquilar una vivienda o una habitación, sobre todo a la hora de realizar las gestiones, pero también al llevar a cabo el proceso de selección de los inquilinos. En Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) siempre recomendamos contar con el servicio de una inmobiliaria para alquilar una vivienda con mayor tranquilidad, además por supuesto de contar con un servicio de alquiler garantizado para estar protegido frente a un posible impago, como el de garantía indefinida que ofrecemos para el alquiler de viviendas con duración indefinida hasta la finalización del contrato. A continuación, te explicamos cómo funciona una inmobiliaria, qué hace y de qué forma lleva a cabo sus tareas más destacadas. ¡Sigue leyendo!

Cómo funciona una inmobiliaria

Una inmobiliaria es una agencia dedicada a la venta, compra y alquiler de inmuebles, e incluso de terrenos. Esta entidad se encarga de ayudar a los ciudadanos con todas las operaciones actuando como intermediarios en el proceso de compra, venta o arrendamiento. Por supuesto, la naturaleza del inmueble puede variar, siendo una vivienda (casa, pisos, apartamentos…), pero también un local comercial, garajes, edificios y terrenos —como mencionábamos más arriba—. Este servicio se rige a través de un contrato que se firma entre la agencia y el arrendador, y que puede ser exclusivo —para que sea una sola inmobiliaria quien gestione el servicio— o sin exclusividad —pudiendo el arrendador anunciar su vivienda en diferentes inmobiliarias—. Por supuesto, por la labor realizada la inmobiliaria cobra una comisión, que varía en función de si es un alquiler o una operación de compra-venta. En el primero de los casos, la comisión suele variar entre el 8% – 10% de la renta anual; mientras que en el caso de una compraventa, la comisión suele ser del 3% al 7% del precio de la vivienda (más el IVA).

Qué hace una inmobiliaria: funciones destacadas

Ahora que ya sabes qué hace una inmobiliaria, es importante aclarar cuáles son sus funciones más destacadas. Y es que, aunque su labor es actuar como intermediaria, sus tareas son muy variadas, dependiendo del servicio contratado. Estas son algunas de las tareas de una inmobiliaria más destacadas.

Estudio del mercado y tasación

Al hablar de la función de una inmobiliaria hay que tener en cuenta que una de las principales labores a efectuar es la del estudio del mercado para proponer un precio al cliente, por supuesto será este último el que tome la decisión final, ahora bien, la propuesta de la inmobiliaria suele acercarse considerablemente al valor real. Para llevar a cabo el estudio de mercado (tanto de alquiler como de venta de una vivienda) la inmobiliaria se encargará de analizar los precios medios de la zona en viviendas (o cualquier otro tipo de inmuebles) con las mismas características. También revisará cuál es el precio medio por metro cuadrado en el país y en la ciudad, entre otras. Todo ello con el fin de ofrecerle la mejor propuesta y facilitar el proceso de alquiler. Por supuesto, efectuará una tasación del inmueble y revisará, entre otras, cuáles son los metros cuadrados disponibles, así como la altura de la vivienda, el número de baños y habitaciones…

Publicar oferta en las principales plataformas y enviar comunicado a su cartera de clientes

Las agencias inmobiliarias, sobre todo aquellas que cuentan con más años de experiencia en el sector, suelen disponer de una amplia cartera de clientes que se va actualizando constantemente a lo largo del tiempo. Esta es una opción muy interesante que hay que tener en cuenta cuando se responde a cómo funciona una agencia inmobiliaria, sobre todo porque facilitará la operación de alquiler, así como la de compra-venta, dependiendo de cuál sea el servicio contratado. Además, las inmobiliarias se encargarán de publicar el anuncio en las principales plataformas de anuncios de pisos, realizarán fotografías y redactarán la descripción y especificaciones para que los futuros inquilinos puedan informarse al detalle. Algunas inmobiliarias suelen ofrecer, así mismo, un servicio de visita virtual en 3D para que los usuarios puedan ver cómo es la vivienda sin necesidad de acudir presencialmente a ella.

Seleccionar inquilinos

Al responder a cuál es la función de una inmobiliaria debes saber que esta se encargará de seleccionar los inquilinos por ti (o futuros compradores). Esto trae consigo varias ventajas, en primer lugar —y la más importante—, porque se encargará de filtrar aquellos que cumplan con el estudio de solvencia, contando con mayor tranquilidad al saber que el inquilino (o inquilinos) serán solventes para hacer frente al pago del alquiler. Y, en segundo lugar, porque te evitarán perder tiempo con candidatos que realmente no están interesados en tu vivienda o no tienen claro qué es lo que están buscando. Es decir, se trata de un primer filtro para poder encontrar a los candidatos ideales para tu inmueble.

Gestionar las visitas del inmueble

Otra de las labores que debemos tener en cuenta al hablar de cómo funciona una inmobiliaria, y una de las más importantes, es la de gestionar las visitas. Gracias a ello no tendrás que preocuparte, en primer lugar, por atender las llamadas, correos electrónicos o anuncios de plataformas; y en segundo lugar, porque serán ellos quienes realicen las visitas del inmueble si así lo deseas. Por supuesto, para ello tendrás que facilitarles una copia de tus llaves. Es una opción muy interesante ya que de esta manera evitarás perder tiempo en las visitas, además de tener que desplazarte (evitando largas distancias, en algunos casos).

Realizar gestiones de la operación de alquiler o venta

Y por último, pero no menos importante, se encargarán de redactar el contrato de alquiler teniendo en cuenta todas las normativas actuales, así como también de ofrecer asesoramiento al arrendador y arrendatarios, si fuera necesario. Cuando hablamos sobre qué hace una agencia inmobiliaria, hay que tener en cuenta que esta es una de las labores más importantes, puesto que te evitará problemas con la ley, pero también con los inquilinos de manera posterior al estar todo en orden.