La Ley de Bienestar Animal, en vigor desde finales de septiembre de 2023, ha generado una gran cantidad de dudas en lo referente a los derechos de los animales y si es posible su prohibición en los pisos de alquiler cuando los inquilinos tienen mascotas. Son muchas las personas que se preguntan si es legal prohibir mascotas en el alquiler o si por el contrario esta normativa acaba con las prohibiciones o restricciones. En este artículo resolvemos todas las dudas al respecto, así que, si quieres informarte al detalle, ¡sigue leyendo!
Las mascotas como miembros de la unidad familiar
Lo primero que hay que dejar claro es que existen varias normativas al respecto, y que antes de la Ley de Bienestar Animal ya nos encontramos ante una medida que defiende el cambio de estatus de las mascotas a miembros de la unidad familiar, en concreto se trata de una triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, que fue aprobada por el Congreso de los Diputados en 2 de diciembre de 2021 y publicada en el BOE el 16 de diciembre del mismo año (lo que significa que está en vigor desde el 5 de enero de 2022). Con este cambio de estatus y norma se regula su tratamiento como seres vivos dotados de sensibilidad y no como cosas, tal y como eran considerados hasta el momento; además de otras cuestiones como la custodia compartida. Pero, sobre todo, la obligación del propietario de ejercer sus derechos sobre él y sus deberes de cuidado respetando esta cualidad, además de asegurar su bienestar.
¿Qué dice la Ley de Bienestar Animal?
España ha experimentado varios cambios en los últimos años en materia de los derechos de los animales y el último de ellos está reflejado en la Ley de Bienestar Animal, en vigor desde el 29 de septiembre de 2023. Esta última tiene como fin mejorar otros aspectos de la situación de los animales. Por ejemplo, evitar el maltrato y la comercialización dañina de las mascotas, entre otras.
Entonces, ¿es legal prohibir mascotas en alquiler?
Todas estas normativas tienen como fin principal velar por el bienestar de las mascotas y animales de compañía. Sin embargo, se han generado muchas dudas al respecto, sobre todo la de si es legal prohibir mascotas en alquiler en 2024 y de cara a los próximos años por ser miembros de la unidad familiar (ahora que la ley ya está más asentada). ¡Vayamos pues al kit de la cuestión! La respuesta a ello es que sí, tanto la ley de alquiler y mascotas permite prohibir el alquiler a los inquilinos con mascotas, y la cuestión de ello se debe a que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que es la que regula la vivienda, no dice nada al respecto sobre los animales. Lo mismo ocurre con la de protección y bienestar animal sobre la obligación de ser aceptadas en un alquiler. En estos casos, por lo tanto, la decisión depende únicamente del propietario, eso sí para ello debe especificarlo correctamente en el contrato de alquiler; en caso contrario, el inquilino tendrá todo el derecho a llevar una mascota a la vivienda —por supuesto, siempre y cuando se ajuste a la normativa y no ocasione problemas como no cumplir con las medidas mínimas de higiene, por ejemplo—.
Cláusula de prohibición de mascotas en contrato de alquiler: ¿Qué debe incluir?
Una cláusula en un contrato de alquiler para prohibir la entrada de mascotas debe ser clara, específica y completa. Debe definir qué se considera una “mascota”, incluir cualquier excepción que el arrendador considere, y establecer las posibles consecuencias de incumplir esta disposición. A continuación, vemos un ejemplo de cómo podría redactarse:
Cláusula de Prohibición de Mascotas:
«El arrendatario se compromete a no alojar, introducir ni mantener en la vivienda objeto de este contrato ninguna mascota, entendiendo como tales animales domésticos como perros, gatos, aves, roedores, reptiles, o cualquier otro animal de compañía, independientemente de su tamaño o raza. Esta prohibición incluye tanto animales propios como de terceros.
En caso de que el arrendatario infrinja esta disposición, el arrendador estará facultado para realizar una rescisión del contrato, tras realizar un aviso previo, pudiendo exigirse al arrendatario el pago de cualquier daño o deterioro ocasionado en la vivienda a consecuencia de la presencia de dichos animales.”
Además, y para mayor claridad, se recomienda agregar al contrato un apartado específico de sanciones en caso de incumplimiento, así como establecer quién cubre los posibles daños causados por el ingreso de mascotas, en caso de ocurrir. Lo más habitual, es que estos sean cubiertos con la fianza depositada, tras la finalización del contrato y en este caso de extinción del contrato por su incumplimiento.
Ley mascotas alquiler: ¿Puede el inquilino meter una mascota si está prohibido?
Como hemos visto, al hablar de alquiler, mascotas y la nueva ley no existe ninguna norma específica que obligue al arrendador a permitir el acceso de mascotas en la vivienda. Eso sí, debe especificarlo en el contrato mediante una cláusula concreta. Por supuesto, como propietario de un inmueble, puedes modificar esta cláusula o hacer una excepción en caso de que el inquilino lo solicite, si deseas permitir la entrada de mascotas en la vivienda. Hay que tener en cuenta que los animales que se pueden tener en una casa son todas aquellas especies que puedan adaptarse a la vivienda. Esto sí es algo que se especifica en la Ley de Bienestar Animal, la cual regula la adopción y adquisición de mascotas de compañía y las mascotas para trabajar, así como su legalidad —aparte de prohibir otras mascotas que, en ninguna circunstancia, deben adquirirse—. Lo más aconsejable, por lo tanto, es echarles un ojo a los listados positivos de la Ley de Bienestar Animal.
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