Expectativas a corto y medio plazo en relación con los precios del alquiler de vivienda (vídeo)

La aprobación de la Ley de Vivienda en 2023 y los cambios que ha supuesto en el mercado del alquiler ha generado una serie de consecuencias que afectan directamente a la disminución de la oferta y, por consiguiente, al aumento del precio del alquiler. En Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) te ofrecemos un análisis de las expectativas del precio del alquiler a corto y medio plazo, analizamos cuál es la situación actual y qué aspectos hay que considerar como propietario de un inmueble. ¡Sigue leyendo este artículo para más información!

Alquiler: balance de situación tras la nueva ley

La tendencia en el aumento del precio del alquiler es algo que se mantiene desde 2015, según los informes de los principales portales inmobiliarios. La falta de oferta y la excesiva demanda son los principales responsables de ello, tal como explica el CEO de SEAG Pedro Bretón. Esto es algo que se ha visto agravado en la actualidad debido a la nueva Ley de Vivienda, en concreto debido a que esta ha provocado una disminución del 30% de la oferta por culpa de la inseguridad jurídica que provoca en los propietarios, matiza el experto. “Notaremos un aumento en los precios dado que la oferta ha disminuido, salvo en aquellas zonas donde existan limitaciones del precio”, recalca y se refiere a estas últimas como las zonas de mercado residencial tensionado. Este nuevo concepto introducido en la normativa actual hace alusión a las áreas territoriales delimitadas —generalmente ubicadas en las grandes ciudades— donde existe un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población.

Tal y como puede verse en la entrevista, Bretón subraya que esta medida puede tener el efecto contrario al deseado, sobre todo porque supondrá una bajada de la oferta y por lo tanto un aumento en el precio del alquiler en las zonas no tensionadas. “Lamentablemente, en todas estas zonas donde se pretende limitar el precio veremos como la oferta volverá a bajar dificultando el acceso a una vivienda”, especifica.

¿Merece la pena alquilar un piso en la situación actual?

El alquiler de una vivienda sigue siendo una inversión rentable, pero requiere de la recuperación de la confianza por parte de los inversores, subraya el CEO de SEAG. “Creemos y esperamos que se puedan ir tomando medidas para que pequeños ahorradores vuelvan a confiar en el sector y vuelvan a apostar por este modelo de inversión que todavía es muy estable; además es el único sector que te ofrece una rentabilidad doble. Tienes una rentabilidad anual del alquiler y una rentabilidad a largo plazo en el momento de vender el inmueble”, declara Pedro Bretón. “Creemos que es un sector en el que hay que apostar, SEAG lo hace y es necesario para cualquier economía de cualquier país”. Es por este mismo motivo que la compañía ofrece un servicio de garantía indefinida para el alquiler de viviendas permanentes, gracias al cual los propietarios tendrán la seguridad y la tranquilidad de cobrar mes a mes en caso de sufrir un impago de alquiler. Además, el servicio que ofrece SEAG se complementa con la protección jurídica integral que es llevada a cabo por el equipo de abogados especializados para la reclamación del impago de alquiler y asumiendo en todo momento los gastos del proceso, como son el procurador, las notificaciones, los poderes notariales y las tasas judiciales.

El precio del alquiler a medio plazo

Ahora que ya hemos analizado cómo es la expectativa a corto plazo y si merece la pena alquilar un piso, vamos explicarte cuáles son las expectativas del precio del alquiler a medio plazo. Lo primero que hay que tener en cuenta es que la actualización del precio de la vivienda ya no se estipulará por el IPC, sobre todo de cara al próximo año (2025), puesto que se prevé la creación de un nuevo índice más actualizado. Así mismo, si renuevas alquiler este año debes saber que existen limitaciones en el precio, tal como puedes leer en este artículo sobre la actualización de la renta por IPC y la nueva Ley de Vivienda 2023. Aclarado este punto, y dejando de lado la limitación del precio del alquiler en las zonas tensionadas (arriba mencionado), todo apunta a que el precio seguirá subiendo, sobre todo, en las ciudades de la periferia. Y tal y como puede observarse en los informes de Idealista el precio de la vivienda usada en España experimentó una subida mensual del 2% en el mes de abril (13 euros por metro cuadrado). Por lo tanto, si nos fijamos en la evolución interanual, estaríamos hablando de un 7% (un 6.9% más en comparación con el año pasado).

No es de extrañar, por lo tanto, que pueda superarse el récord en cuanto a precios más altos de alquileres establecido en junio de 2007, cuando estalló la burbuja inmobiliaria. Todo apunta a que la tendencia no va a cambiar en corto y medio plazo, ni en venta ni en alquiler. El problema de esta subida constante, como indicábamos más arriba, se debe a la falta de oferta, algo que no puede ser solucionado con las medidas de la nueva Ley de Vivienda, que —al contrario de lo esperado— está tensionando los precios al alza. De hecho, son varios los informes que apuntan a esta destrucción de la oferta y a una subida en los precios constante a causa de la nueva ley. Según los datos, el precio medio del alquiler en España subió unos 100 euros en 2023 en comparación con el año anterior, hasta situarse en los 1.0002 euros. A principios de 2024 el precio ya subió a unos 1.069 euros, en abril lo ha vuelto a hacer, y se espera que siga subiendo progresivamente hasta finalizar el año.

Cómo perciben los propietarios las tendencias actuales del mercado del alquiler (vídeo)

La falta de oferta y el exceso de demanda en el mercado del alquiler es un patrón que se repite en los últimos años, tanto en las grandes ciudades como en el resto de municipios y a nivel general. Las tendencias actuales apuntan a una situación similar, incluso un empeoramiento de la misma debido a la inseguridad jurídica que sienten los propietarios, algo que viene ligado a la nueva Ley de Vivienda. Desde SEAG respondemos a cómo perciben los propietarios las tendencias actuales del mercado del alquiler y cuál es el futuro del alquiler en España. ¡Sigue leyendo para informarte!

¿Cómo se percibe el mercado del alquiler por parte de los propietarios?

En la actualidad, la percepción que se tiene del mercado del alquiler en España por parte de los propietarios es negativa, hasta el punto de que varios de ellos han decidido abandonar el mercado. La causa, explica el CEO de SEAG Pedro Bretón, se debe a la falta de seguridad jurídica. Tal y como explica Bretón en una entrevista concedida para Negocios TV, “con la entrada de la nueva ley de vivienda (26 de mayo) el mercado perdió la oferta en un 30%. Esto es debido a causa de la inseguridad jurídica que sienten los propietarios, que han decidido salir del mercado”. Y es que la nueva Ley de Vivienda (Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda) modifica en enfoque hasta el momento, afectando a los arrendadores de un inmueble en determinados aspectos:

  • El arrendador debe asumir el pago de los honorarios de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato.
  • Si el arrendatario acredita la situación de vulnerabilidad social y económica mediante un informe de los Servicios Sociales municipales o autonómicos y el arrendador es un gran tenedor de viviendas, entonces el alquiler se podrá prorrogar un año más de contrato de manera extraordinaria.
  • Si, además, la vivienda se encuentra en una zona de mercado residencial tensionado el contrato puede prorrogarse hasta tres años más, salvo que el propietario (hijos o padres) tenga la necesidad de hacer uso de él y habiéndolo comunicado previamente al inquilino.

Para que el mercado del alquiler pueda ser solvente y estable, y ofrecer un fácil acceso a los inquilinos, así como seguridad jurídica a los propietarios, es necesario que existan garantías de seguridad jurídica, pero también que los propietarios cuenten con la seguridad de recibir su alquiler mes a mes en caso de que el inquilino deje de pagar. Esto es algo que ofrecemos desde nuestra compañía. SEAG, que garantiza el pago del alquiler hasta el momento en el que recuperes tu vivienda, independientemente del tiempo que pueda tardar el proceso. Consulta las condiciones de la garantía indefinida y anímate a alquilar de manera segura y con total tranquilidad. Además, en SEAG te ofrecemos un servicio de protección jurídica integral por parte de nuestros abogados especializados que se ocuparán de todos los trámites derivados del proceso de reclamación de impago de alquiler, asumiendo todos los gastos del proceso.

¿Cuál es el futuro del alquiler en España?

El futuro del alquiler en España es incierto ahora mismo, sobre todo en las zonas declaradas como tensionadas según la nueva ley lo que, entre otras, está repercutiendo en la limitación de los precios y en que muchos propietarios opten por abandonar el mercado en el momento de recuperar la vivienda. Estas zonas son definidas según la nueva normativa como aquellos lugares en los que existe un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población. En concreto, lo vemos en el artículo 18.1 que dice lo siguiente: “Las Administraciones competentes en materia de vivienda podrán declarar, de acuerdo con los criterios y procedimientos establecidos en su normativa reguladora y en el ámbito de sus respectivas competencias, zonas de mercado residencial tensionado a los efectos de orientar las actuaciones públicas en materia de vivienda en aquellos ámbitos territoriales en los que exista un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población, en condiciones que la hagan asequible para su acceso en el mercado, de acuerdo con las diferentes necesidades territoriales.”.

Hay que tener en cuenta, así mismo, que la presión que está sufriendo el mercado del alquiler por parte de la demanda ha llevado así mismo a que la oferta de vivienda permanente se reduzca, en comparación con la temporal —que actualmente es la opción preferida en España—. Muchos de los propietarios han optado por reconvertir sus viviendas en un alquiler de temporada, para maximizar así los ingresos y evitar las estrictas medidas en cuanto a los plazos de un alquiler permanente (o vivienda habitual) que se sitúan en la actualidad en un mínimo de 5 años para personas físicas y de 7 para personas jurídicas (sin contar las posible prórrogas, como puedes leer en este artículo)

Por el lado contrario, no obstante, nos encontramos que la falta de oferta y la considerable demanda en los últimos años ha hecho que desde 2015 se incrementen los precios en un 41% y se prevé que sigan subiendo en base a la caída de la oferta actual debido a las nuevas limitaciones legales (y en las zonas no tensionadas). Esto ha dado como resultado, según las nuevas perspectivas de cara a este año y los siguientes vaticinadas por los expertos, a una proyección del mercado inmobiliario de alquiler en España hacia la periferia de las grandes ciudades, evitando las zonas tensionadas

Alquiler de pisos de protección oficial: normativas y requisitos

Comprar un piso de protección oficial es una excelente opción para las personas que buscan una buena vivienda, y además a un precio más asequible en comparación con la media de la oferta del mercado actual. Ahora bien, hay que tener cuidado si lo que se quiere es utilizar esta vivienda para invertir, puesto que cuenta con limitaciones —sobre todo, si se quiere utilizar para un futuro alquiler—. En este artículo respondemos al interrogante de si se puede alquilar un piso de protección oficial y todo lo que debes saber al respecto. ¡Vamos a ello!

¿Qué es un piso de protección oficial (VPO)?

El piso de protección oficial, o Vivienda de Protección Oficial (VPO), es un tipo de vivienda que pertenece a la categoría de viviendas protegidas, prioritariamente asequibles para personas vulnerables. Estas, a su vez, pueden ser de tres tipos diferentes, en función de su finalidad. Es el caso de las viviendas protegidas para la venta, las viviendas protegidas para el alquiler y las viviendas protegidas para la integración social. Entre las características más destacadas de este tipo de viviendas, como mencionábamos en la introducción, se encuentra su precio, que es inferior al valor del mercado en la comunidad autónoma en la que se encuentran. Esto se debe a que reciben una subvención por parte del estado y generalmente se trata de pisos construidos por inmobiliarias mediante acuerdos con él. Además, la superficie no debe ser superior a los 90 metros cuadrados (de manera general), a los 108 metros cuadrados (para personas con discapacidad) o a los 120 metros cuadrados (para familias numerosas).

¿Se puede alquilar un piso de protección oficial?

Una de las primeras condiciones que nos encontramos a la hora de hablar de requisitos, alquiler VPO y normas a tener en cuenta es la de destinar la vivienda a uso residencial de forma permanente. Sin embargo, existen excepciones, en cuyo caso el propietario del inmueble podrá destinarla al alquiler o venderla, si así lo desea. Esto es algo que aparece especificado en el Plan de Vivienda y en la legislación urbanística relativa a la vivienda protegida de cada comunidad autónoma. Más abajo vemos los casos en los que sí es posible alquilar un piso de protección oficial.

Cuándo se puede alquilar un piso de protección oficial: requisitos VPO alquiler

Como indicábamos, hay situaciones en las cuales es posible alquilar un piso VPO adquirido como tal por el propietario. Ahora bien, para ello es fundamental cumplir con una serie de requisitos. Estos son los siguientes:

Cuándo se puede alquilar un piso de VPO: cumplimiento del periodo de protección

El periodo de protección se corresponde con la duración ligada al tipo de protección y a la naturaleza del inmueble. Es decir, una vez que se cumple este periodo la vivienda se convertirá en una vivienda libre, lo que implica que el propietario de la misma la podrá destinar al alquiler, venderla o alquilarla con opción a compra. Por lo general, el periodo de protección finaliza a los 10 años, ahora bien, este es el plazo mínimo y depende de las diferentes regiones en las que se ubique la vivienda en cuestión.

Solicitud de extinción del estado VPO por parte del propietario

El propietario de un inmueble del tipo VPO cuenta, así mismo, con la posibilidad de solicitar una descalificación voluntaria de la vivienda (de hecho, se trata del procedimiento más común). Esto es algo que puede concederse siempre y cuando no ocasione perjuicios a terceros, cumpla con los requisitos legales y se aporte la documentación exigida para el proceso. ¿Y cómo puede hacerlo? Lo más aconsejable es acudir al órgano autonómico responsable del área de Vivienda y solicitar información, ya que el procedimiento puede variar en cada caso. Hay que tener en cuenta, eso sí, que la solicitud debe realizarse una vez haya concluido el periodo legal de protección establecido en el Plan de Vivienda (generalmente de 3 a 4 años) al cual esté acogido el inmueble en cuestión.

La descalificación por sanción de la administración

Ya hemos explicado cuáles son los casos más habituales en los que se puede alquilar piso de protección oficial, sin embargo, existe una situación más —aunque no es muy frecuente—. Esta tiene lugar cuando la propia administración es la que decide revocar el estado VPO al estimar que no cumple con las condiciones necesarias para que una vivienda sea catalogada como tal.

Alquilar piso VPO sin trámites

Y por último, en algunos casos muy específicos, podemos encontrar que se puede alquilar un piso de VPO de Protección Pública y de Promoción Privada. Ahora bien, para que esto sea efectivo es fundamental que dichas viviendas no hayan sido beneficiarias de ayudas o subvenciones (si es el caso, entonces se tendrá que esperar a los plazos establecidos). La única diferencia entre una vivienda VPO privada y pública está en la entidad que la promueve. En el primero de los casos, son las empresas o cooperativas quienes la comercializan, mientras que en el segundo caso lo lleva a cabo la administración.

Sanción por alquilar piso VPO

Ahora que ya sabes cuándo se puede alquilar un piso de VPO es importante que tengas en cuenta que no cumplir con los requisitos puede suponer una sanción económica (en algunos casos con costes muy elevados). Estas dependen del reglamento específico de cada comunidad autónoma y según la cantidad las podemos clasificar de la siguiente manera:

  • Sanciones leves: de 150€ a 1.500€.
  • Sanciones moderadas: de 1.500€ a 6.000€.
  • Sanciones graves: de 6.000€ a 100.000€.

En resumidas cuentas, es fundamental cumplir con la normativa y la legislación actual y esto es algo que promovemos siempre en Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) para todas las situaciones relacionadas con un alquiler. Ahora bien, si ya tienes todo en regla y por fin vas a alquilar, te recordamos que puedes hacerlo de manera totalmente segura con el servicio que prestamos. Te ofrecemos la tranquilidad de cobrar mes a mes en caso de sufrir un impago, para que no tengas pérdidas en ningún momento. Además, al contar con SEAG dispondrás también de un servicio de protección jurídica integral mediante el cual nos encargaremos de llevar a cabo todos los trámites necesarios para la reclamación del impago, incluidas las tasas de procurador, notificaciones, poderes notariales y tasas judiciales. ¿A qué estás esperando?

Contratos a largo plazo: ¿Estrategia para reducir el precio mensual? (vídeo)

El precio del alquiler ha subido considerablemente en los últimos años como consecuencia de la poca oferta y la elevada demanda, lo que dificulta la labor de encontrar un inmueble a las personas que están interesadas en alquilar. Son varias las cuestiones que pueden afectar al precio de un alquiler y una de las dudas más generales, sobre todo por parte de los inquilinos, es la de si el contrato de alquiler de larga duración puede reducir el precio. Los propietarios, por otro lado, también se preguntan si hacer un contrato de larga temporada tiene beneficios fiscales. En este artículo respondemos a todas estas dudas. ¡Sigue leyendo!

Contrato alquiler larga duración: ¿Influye en el precio?

Los contratos de alquiler pueden ser de muchos tipos diferentes, en función de su naturaleza y lo que ofrecen. Es el caso del contrato temporal, el contrato de arrendamiento de una vivienda para uso turísticos y el contrato de alquiler de larga temporada o alquiler de vivienda para uso habitual. La principal característica de este último es su duración mínima, que es de 5 años para personas físicas y de 7 para personas jurídicas, además de las prórrogas, tal como puedes leer en este artículo y según la última actualización de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La razón de la duración de estos contratos es que se trata de viviendas que están destinadas a la residencia habitual, donde se instalarán los inquilinos por un largo periodo de tiempo.

Como explica el SEO de Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) Pedro Bretón en este vídeo, cada tipo de contrato es un mercado diferente, ahora bien, para el inquilino el arrendamiento con un contrato de larga duración no supone una reducción en el precio mensual. “No creemos que sea una estrategia para poder ajustar los precios. Para que el mercado se autorregule lo más importante es que suba la oferta y ofrecer una mayor seguridad jurídica a los propietarios y pequeños ahorradores, que son los que destinan sus ahorros para este fin”, explica Bretón. Justifica que proporcionando una mayor seguridad jurídica a los propietarios aumentaría la oferta de alquileres, lo que repercutirá en una ecuanimidad de los precios y su consecuente bajada, entre otras.

Sí es cierto, no obstante, que los contratos de larga duración tienen una gran ventaja para los inquilinos, y es que hasta que no finalice el contrato el precio no variará (únicamente en función de las actualizaciones del IPC y del nuevo índice que planean implementar próximamente desde el Estado.

Ventajas fiscales del alquiler de vivienda para el propietario

¿Y para el propietario, cuáles son las ventajas de un contrato de alquiler de larga duración? La primera y más importante, la de contar con un pago mensual todo el año y la confianza de conocer a los inquilinos. Pero también, la inexistencia de tasas turísticas, la tranquilidad de saber que nadie va a ocupar la vivienda al estar el piso vacío, una buena convivencia vecinal, ingresos y gastos predecibles y, por supuesto, los beneficios fiscales del alquiler de la vivienda. ¿Y cuáles son?

Ventajas fiscales alquiler: las reducciones

Según la nueva Ley de Vivienda (Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda) y sus cambios que afectan desde el 2024, se mantiene la reducción del alquiler de vivienda para el propietario con carácter general, aunque esta ha disminuido un 10% (del 60% al 50%). Esta bajada aplica, así mismo, a los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023. Es importante destacar que dicha reducción utilizada para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles puede incrementarse hasta el 90% en el caso de que se firmen nuevos contratos de arrendamiento de vivienda en zonas de mercado residencial tensionado. Hay que dejar claro, no obstante, que las reducciones no son aplicables a alquileres de temporada por turismo, así como tampoco a los alquileres con servicio de hostelería incluido. Ahora bien, sí está contemplada en viviendas alquiladas a estudiantes, además de los destinados a primera residencia.

Ventajas fiscales alquiler vivienda: las deducciones

Por alquiler una vivienda el propietario también puede contar con otros beneficios fiscales, las deducciones. Es importante dejar claro cuáles son las diferencias entre reducciones y deducciones, para que no haya confusiones. Mientras que las reducciones se refieren a la cantidad que se resta de la base imponible, la deducción se descuenta de la cuantía de la cuota íntegra. Es decir, la cantidad que toca pagar después de haber calculado el tipo impositivo sobre la base imponible. En definitiva, la reducción consiste en restar directamente a la base imponible y la deducción en restar porcentajes a dicha base imponible. ¿Y cuáles son las principales deducciones que puede aplicar un propietario de un inmueble alquilado?

  • Intereses producidos por los créditos que se abonan para la compra de la vivienda.
  • Impuestos y tasas estatales que inciden sobre los rendimientos de la vivienda (IBI, tasa limpieza, recogida basuras, gastos comunidad…).
  • Gastos de formalización del contrato de arrendamiento.
  • Amortización del inmueble y de los bienes que contenga.
  • Cantidades destinadas a suministros y servicios (luz, agua, gas, teléfono…).
  • Contratos del seguro (responsabilidad civil y otros específicos).
  • Gastos de conservación, mantenimiento y reparación del inmueble (no incluye ampliaciones y mejoras).

Ventajas de contar con SEAG para alquilar de forma segura

¿Te gustaría alquilar tu vivienda, pero te da miedo sufrir un impago? En SEAG estamos aquí para ayudarte. Sociedad Española de Alquiler Garantizado te da la oportunidad de contratar un servicio para prevenir situaciones de impago, de manera que tendrás tu cuota mensual garantizada mes a mes y hasta recuperar tu vivienda. Además, incluimos un servicio de protección jurídica integral para reclamar el impago. Para esto último disponemos de abogados especializados que llevarán a cabo todas las reclamaciones pertinentes (por supuesto, asumimos todos los gastos del proceso). ¿Tienes dudas? ¿Necesitas más información sobre nuestro servicio? Contacta con nosotros para que podamos asesorarte sin compromiso y responder a todas tus preguntas.

Cómo afecta la oferta y la demanda local al precio del alquiler (vídeo)

El precio del alquiler varía constantemente a lo largo de los años, siendo la oferta y la demanda uno de los principales motivos por los cuales ha aumentado en los últimos años en el país. En este artículo te explicamos cómo se fija el precio del alquiler, así como también respondemos a qué es necesario para que haya una bajada de precios de alquiler. ¡Sigue leyendo!

Precio alquiler vivienda: ¿Cómo afecta la oferta y la demanda?

La oferta y la demanda son las que marcan los precios en el mercado libre, más que en cualquier otro sector. La oferta es el término económico utilizado para referirse a todos los bienes y servicios que hay disponibles en dicho mercado libre y que los socios comerciales pueden adquirir a cambio de dinero, bienes y de otros servicios. Mientras que la demanda, por otro lado, tiene que ver con la necesidad real de ciertos bienes o servicios con socios comerciales potenciales, por ejemplo, con empresas y hogares.

Situación de los precios del alquiler en la actualidad

Como es de esperar, existe una interacción directa entre oferta y demanda, ya que la oferta aumenta cuando la demanda es alta, ahora bien, en el mercado del alquiler de viviendas está ocurriendo algo diferente —es algo que hemos visto a raíz de los últimos años en el país—. Y es que existe un exceso de demanda, mientras que la oferta es considerablemente baja, tal como explica el CEO de SEAG Pedro Bretón en el vídeo, más arriba. Esto influye en la situación actual del elevado precio del alquiler en España, lo que repercute —así mismo— en que muchas veces no pueda cubrirse la necesidad básica de optar a una vivienda por parte de los inquilinos. Pedro Bretón indica lo siguiente: “Actualmente tenemos una ratio de 1/5, esto significa que por cada inmueble ofertado en alquiler tenemos 5 demandantes de vivienda. Esto genera una gran competencia en la parte de la demanda y obviamente es lo que hace tirar del precio hacia arriba”.

Bajada precios alquiler: ¿Qué hay que hacer?

Para hablar de que baja el precio del alquiler, tal como ocurría antaño, es fundamental motivar a la compra de viviendas que posteriormente serán puestas en alquiler, explica el CEO de SEAG: “Si trasladamos la competencia en la oferta, como hemos visto en varias ocasiones en el mercado en las que se ha preferido comprar en lugar de alquilar, el precio desciende. Es indispensable apostar por la oferta para que el mercado se pueda autorregular. En este sentido, resulta vital facilitar el proceso de adquisición de viviendas, pero también reformular algunos aspectos de las leyes y medidas para incentivar el alquiler por parte de los propietarios y ofrecer más garantías de protección jurídica.

Otros aspectos que influyen en los precios del alquiler

Como indicábamos más arriba, los precios del alquiler se rigen principalmente por la oferta y la demanda, siendo la baja oferta la responsable de que el valor haya aumentado de manera general en todo el territorio. Ahora bien, existen otros aspectos que influyen en el precio final del arrendamiento de las viviendas. Estos son los más destacados:

  • Ubicación del inmueble: La ubicación del inmueble es un punto clave a la hora de fijar el precio. No es lo mismo alquilar en la capital del país que en otras ciudades. Así como tampoco lo es alquilar en municipios de escasos habitantes (en estos casos, es habitual que el precio también sea elevado, puesto que la oferta es muy baja, aunque todo depende de la demanda).
  • Características del inmueble: Las características de la vivienda puede influir, así mismo, en la subida o la bajada de precios de alquiler. Es el caso, por ejemplo, de la superficie total, la cantidad de dormitorios y baños, la existencia de balcón o terraza, las zonas comunitarias, el aislamiento de la vivienda, la orientación (y la luminosidad del piso) y el estado general del inmueble (si necesita una reforma o se encuentra en perfectas condiciones), entre otras.
  • Equipamiento de la vivienda: Que la vivienda esté amueblada o no (y equipada con todo lo necesario para entrar a vivir) también puede afectar al precio final del alquiler. Si, además, el inmueble cuenta con un sistema de refrigeración, como aires acondicionados, también puede encarecer el precio final.

¿Cuál es el precio medio del alquiler en España?

La subida de los precios en las viviendas en España es algo que se ha ido experimentando de manera constante desde el año 2015, alcanzando la cifra actual de 13 €/m2 según los informes para los últimos meses, lo que además supone una subida de un 13% en comparación con el año pasado (2023) y para el mes de abril. Este precio se corresponde, así mismo, con el máximo histórico en España.

Cómo calcular el precio de alquiler de una vivienda

Para calcular el precio del alquiler es aconsejable fijarse en cuál es el precio medio por metro cuadrado en la región y a nivel nacional, además hay que tener también los aspectos mencionados en este artículo, como la ley de la oferta y la demanda, la ubicación, características y equipamiento de la vivienda. ¿Estás pensando en alquilar tu vivienda? En Sociedad Española de Alquiler Garantizado te damos la oportunidad de hacerlo de manera totalmente segura, con la tranquilidad de cobrar tus cuotas mes a mes, tanto si decides hacer un contrato de larga duración, como por temporada y por habitaciones. Además, incluimos un servicio de protección jurídica integral mediante el cual nos encargamos de llevar a cabo todos los trámites necesarios para reclamar el impago, en caso de que fuera necesario. Esto incluye todos los costes derivados del proceso. ¿Tienes dudas? Contacta sin compromiso con nuestro equipo para que podamos asesorarte al detalle sobre todos nuestros servicios. ¡Disfruta alquilando tu vivienda con total tranquilidad!

Nuda propiedad de una vivienda: concepto e implicaciones

Adquirir la nuda propiedad de una vivienda, generalmente, suele ser algo que no esperábamos y muchas veces nos encontramos ante el desconocimiento de lo que es, qué nos supone y qué podemos hacer con la vivienda. Es por eso que en Sociedad Española de Alquiler Garantizado hemos redactado este artículo para despejar todas tus dudas. ¿Quieres saber qué es la nuda propiedad de una vivienda? Sigue leyendo para informarte al detalle sobre este término.

¿Qué es nuda propiedad de una vivienda?

La nuda propiedad de una vivienda es un concepto legal que está relacionado con la titularidad de dicho bien. Generalmente pasar a disponer de una vivienda en nuda propiedad es algo que viene por una herencia, aunque también de una donación, y el nuevo titular tendrá un porcentaje de participación específico, sino todo (dependiendo de cada caso). Hay que tener en cuenta que se llama nuda propiedad debido a que se divide un derecho de propiedad entre el usufructuario y en nuevo nudo propietario, lo que supone un equilibrio entre la posesión del mismo y los beneficios de un activo. Lo explicamos de forma más sencilla:

La nuda propiedad es el derecho que tiene una persona sobre una cosa de la que es únicamente propietaria, pero sin poder optar a su posesión y disfrute —puesto que existe un tercero que tiene estos derechos—. En este artículo, en concreto, hablamos de la nuda propiedad de una vivienda.

¿Cuándo se adquiere el derecho de nuda propiedad?

Como indicábamos en la introducción, el derecho de la nuda propiedad suele ser adquirido por una herencia del inmueble, reservándose el derecho de usufructo (en la mayoría de los casos) al cónyuge viudo —quien también puede ser, al mismo tiempo, propietario del inmueble si el bien pertenecía a los dos cónyuges—. En este caso el heredero adquiere un porcentaje de la propiedad (en concepto de nuda propiedad) correspondiente a la herencia de cónyuge fallecido (que puede ser el padre o la madre) y el resto pertenece al otro cónyuge (el porcentaje mayor, así como el derecho a la posesión y disfrute). Si son varios hermanos, por ejemplo, cada uno tendría un porcentaje idéntico de nuda propiedad. Otros casos en los que se puede adquirir una nuda propiedad es la donación con reserva de usufructo o también cuando un propietario vende una vivienda en nuda propiedad reservándose el usufructo —generalmente, esto último lo hacen las personas mayores sin herederos o que necesitan recursos económicos y las viviendas suelen ser adquiridas por inversores que no tienen necesidad de hacer uso de la vivienda a corto plazo—.

¿Es posible adquirir el uso y disfrute de una nuda propiedad?

Existen varios casos en los que un propietario de una vivienda con nuda propiedad podrá tener el derecho de uso y disfrute. Estas son las principales situaciones:

  • Venta del usufructo por parte del usufructuario (generalmente, es habitual venderlo al nudo propietario).
  • Extinción del usufructo, que puede ser por tres causas diferentes (por el fallecimiento del usufructuario, por el cumplimiento del plazo por el que se constituyó y por el cumplimiento de la condición resolutoria establecida en el pacto de usufructo —por ejemplo, si se acuerda que el nudo propietario podrá hacer uso del inmueble al contraer matrimonio).

Hay que tener claro, así mismo, que en caso de que se venda la vivienda (con previo acuerdo entre usufructuario y nudo propietario) la persona con nuda propiedad obtendrá su porcentaje correspondiente del valor total de la operación. Además, el nudo propietario también puede vender su parte correspondiente en nuda propiedad si así lo desea, pero siempre y cuando se respeten los derechos del usufructuario. Es decir, sin alterar su forma ni sustancia, ni hacer en ellos nada que perjudique al usufructuario (tal como refleja el Código Civil en el artículo 148).

Alquiler nuda propiedad vivienda: ¿Es posible?

Como indicábamos más arriba, la nuda propiedad puede ser vendida. Ahora bien, ¿es posible poner una nuda propiedad en alquiler? En este punto hay que tener en cuenta dos situaciones, dependiendo de quién quiera alquilar. Si es el usufructuario, entonces sí es posible, ya que la ley le concede uso exclusivo del inmueble. El nudo propietario, sin embargo, no puede alquilar ni percibir una parte de las mensualidades por el alquiler, ya que no cuenta con dicho derecho.

Derechos y obligaciones del nudo propietario

Resumiendo todo lo explicado hasta ahora y ampliando la información destacamos que el nudo propietario tiene los siguientes derechos:

  • Derecho a la propiedad.
  • Derecho a vender la nuda propiedad.
  • Derecho a hipotecar la nuda propiedad.
  • Derecho a que se le restituya el uso y disfrute de la vivienda tras la extinción del usufructo.
  • Derecho a realizar obras y mejoras de la vivienda.

Por el lado contrario, en el caso de las obligaciones, el nudo propietario debe cumplir con lo siguiente:

  • Hacerse cargo de las reparaciones extraordinarias del bien.
  • Respetar el derecho del usufructuario.
  • Pagar los tributos e impuestos correspondientes al inmueble, por ejemplo, el IBI.
  • Abonar la hipoteca (en la parte correspondiente de nuda propiedad, y en caso de que exista).
  • Hacerse cargo de los gastos de comunidad (en la parte proporcional de propiedad, si no cuenta con toda ella).

Nuda propiedad en la declaración de la RENTA: ¿Es obligatorio?

No, ya que el nudo propietario no puede obtener un beneficio por la vivienda al no tener derecho al uso y disfrute. De hecho, lo más habitual es que sea la propia agencia la que directamente no incorpore la nuda propiedad en los datos fiscales y que el nudo propietario reciba un aviso inicial antes de comenzar con la declaración. Esto podrá ser revisado, así mismo, en el apartado de datos fiscales no incorporados donde además se podrá ver las indicaciones para incluir la nuda propiedad en la página 6, apartado C en caso de que sí esté obligado a declararla (por ejemplo, cuando se adquieran todos los derechos sobre ella). En Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) recomendamos siempre informarse sobre los derechos y obligaciones sobre los bienes en posesión. Además, en caso de que seas usufructuario y tengas pensado alquilar la vivienda te recomendamos hacerlo de manera segura para evitar sufrir un impago de tus cuotas. Nuestro servicio de garantía indefinida te da la tranquilidad de que cobrarás mes a mes en caso de que esto ocurra, además incluimos un servicio de protección jurídica integral por parte de nuestros abogados especializados que se ocuparán de llevar a cabo todos los trámites pertinentes para reclamar el impago, asumiendo cualquier coste derivado del proceso. ¡Contacta con nosotros para más información!

Certificado energético de vivienda: Todo lo que necesitas saber

Uno de los documentos más interesantes a la hora de comprar y alquilar una vivienda es el certificado energético. Gracias a él podremos hacernos una idea de cuánto podemos ahorrar en el consumo de energía, o si este se disparará cada mes, entre otras. En este artículo queremos entrar en detalle sobre esta certificación, por ello te explicamos qué es el certificado energético de una vivienda, pero también cómo obtenerlo y qué hacer para mejorar la eficiencia energética de tu hogar, entre otras. Además, los consejos que aquí te damos te resultarán muy útiles si tienes pensado alquilar tu vivienda. ¡Sigue leyendo!

Qué es el certificado energético de una vivienda

El certificado energético o certificado de eficiencia energética de una vivienda es un documento que refleja la demanda energética del inmueble en condiciones de ocupación. Este documento indica cuánta energía se consume en una vivienda, lo cual resulta muy interesante tanto para los inquilinos como para el futuro comprador de inmueble. En la certificación energética de un piso se tienen en cuenta aspectos como los sistemas de ventilación, iluminación, calefacción, refrigeración o agua caliente y el consumo energético durante un año. También se analizan algunos elementos como los materiales de cerramiento exterior, carpinterías, el tipo de ventanas o los sistemas de climatización. Al responder al interrogante de para qué sirve el certificado energético de una vivienda debes saber que con él podrás observar, así mismo, la cantidad de CO2 que el inmueble emite (en base a las mediciones indicadas) y obtendrás una clasificación en letras, siendo la A (verde) la más eficiente y la G (roja) la que menos.

¿Es obligatorio el certificado energético para alquilar una vivienda?

La respuesta es sí. El certificado energético de una vivienda es obligatorio, esto es algo que aparece especificado en el Real Decreto 235/2013 y que se amplió con el Real Decreto 390/2021 publicado en el BOE el 1 de junio para las viviendas de alquiler turístico, entre otras. En él se indica de manera específica que es obligatorio el certificado energético para alquilar una vivienda, además de que la venta o alquiler de apartamentos sin certificación energética pueden recibir una multa de hasta 6.000 euros. En algunas comunidades autónomas, como por ejemplo en Valencia, es posible que te soliciten el certificado energético a la hora de dar de alta algunos servicios, como puede ser el suministro del agua. En cualquier caso, el fin de este documento es poner en valor el rendimiento energético y los posibles ahorros —favoreciendo a aquellas viviendas con una mayor eficiencia, sobre todo a la hora de vender o de alquilar—.

¿Cómo saber si mi vivienda tiene certificado energético?

Ahora que ya sabes qué es el certificado energético de una vivienda y su obligatoriedad, seguro que está viniendo a tu cabeza la duda de cómo saber si mi vivienda cuenta con él. Si en el momento de adquirir el inmueble no lo recibiste, existen varias vías para averiguarlo. Una de ellas es contactar con el ayuntamiento de tu localidad a través de un trámite general (generalmente online) para solicitar que te envíen un duplicado del mismo, en caso de que esté vigente. Ahora bien, no es lo único que puedes hacer, también puedes acceder al Registro General de Certificados de Eficiencia Energética. Este forma parte de cada comunidad autónoma, generalmente es dependiente de la Consejería de Medio Ambiente o de Energía. Tendrás que especificar la dirección y la referencia catastral, entre otras.

¿Cómo solicitar el certificado energético de una vivienda?

El certificado de eficiencia energética para alquilar o vender una vivienda es algo que debe solicitarse (en caso de que la vivienda no cuente con él o se haya caducado) a un técnico de una empresa cualificada y preparada para ello. Este se encargará de visitar la vivienda y de realizar la toma de datos. Tras ello preparará el certificado con aplicaciones homologadas por el Ministerio de Industria (como dato interesante, estas aplicaciones suelen ser las de CE3 y CE3X). Una vez obtenido el certificado de eficiencia energética, este debe registrarse en el órgano competente de cada comunidad autónoma. Además, por supuesto, de abonar las tasas correspondientes, las cuales varían dependiendo de cada comunidad y la administración donde se lleve a cabo. Por lo general, el técnico encargado de llevar a cabo las mediciones no suele tardar más de 48 horas en realizar la certificación y registrarlo correctamente.

En cuanto a los costes del certificado hay que tener en cuenta que su valor fluctúa dependiendo de la oferta y de la demanda, puesto que no está regulado por ley. Este también puede estar condicionado a las dimensiones de la vivienda. Es muy importante tener en cuenta que el certificado de eficiencia energética caduca transcurridos los 10 años desde su emisión, por lo que es responsabilidad del propietario del inmueble actualizarlo una vez haya transcurrido dicho plazo.

¿Cómo mejorar el certificado energético de una vivienda?

Para responder a cómo mejorar el certificado energético de una vivienda hay que tener en cuenta dos factores. En primer lugar, si acabas de obtener tu certificado o ya cuentas con uno, debes saber que en él ya figuran las recomendaciones que te permitirán mejorar la vivienda en cuanto a eficiencia energética. Ahora bien, siempre hay algunas acciones que puedes llevar a cabo para mejorarla. Estas son solo algunas de ellas:

  • Mejora el aislamiento térmico de la envolvente del edificio (fachada + cubierta).
  • Apuesta por las energías renovables, como los paneles solares.
  • Actualiza el sistema de calefacción.
  • Renueva o actualiza los electrodomésticos.
  • Renueva los cerramientos.
  • Cambia el color de las fachadas o tejados.

¿Estás pensando en alquilar tu vivienda, pero no tienes el certificado energético? En SEAG (Sociedad Española de Alquiler Garantizado) te recomendamos, en cualquier caso, solicitarlo, además de revisar si existen ayudas estatales o autonómicas para mejorar la eficiencia energética de tu vivienda, como las que se aprobaron antiguamente en el Plan de Vivienda 2013 – 2016. Además, nuestro equipo está siempre disponible para ofrecerte la máxima tranquilidad a la hora de alquilar tu vivienda con la garantía de un alquiler garantizado. Sea como sea, siempre recibirás el pago de tu alquiler, incluso aunque sufras un impago por parte del arrendatario. Pero no solo eso, Sociedad Española de Alquiler Garantizado te ofrece protección jurídica integral de manera que, en caso de necesidad, nos encargaremos de llevar a cabo todos los trámites hasta que puedas recuperar tu inmueble. Este servicio contempla, por supuesto, el pago de tasas derivadas de las reclamaciones. ¡Contacta para más información!

Arrendador vs arrendatario: Entendiendo las diferencias clave

Conocer todos los conceptos y términos a la hora de hacer un contrato de alquiler, así como las obligaciones relativas a cada parte es fundamental para que no haya problemas en un futuro. Lo primero que debes hacer si estás pensando en alquilar es conocer cuáles son las obligaciones de cada parte y tener clara la diferencia entre arrendador y arrendatario. En este artículo vamos a echarte una mano para que despejes todas tus dudas. ¡Sigue leyendo!

Lo primero de todo, ¿quién es el arrendador?

Partiendo de que el arrendamiento es el inmueble, la persona que se encarga de arrendarla (alquilarla) para obtener un beneficio de la misma es el arrendador. Se trata, por lo tanto, de la persona natural o jurídica propietaria del bien. Este cede temporalmente la vivienda a otra persona (el inquilino) a cambio de un pacto acordado.

Obligaciones del arrendador

Al hablar de arrendador y arrendatario, diferencias y definición hay que tener en cuenta sobre todo cuáles son las obligaciones de cada quien. En este caso, el arrendador del inmueble estará obligado a devolver la fianza siempre y cuando no haya daños en la vivienda, así como retrasos en el pago pactado. Por supuesto, en el contrato debe aparecer especificada la cantidad pactada con el arrendatario a modo de fianza y la cantidad para las cuotas mensuales por el alquiler de la propiedad (incluida la duración del contrato). En él se debe detallar, por otro lado, la penalización en caso de incumplir dichas condiciones. Entre las obligaciones del arrendador se encuentran, además, las de pagar el IBI mensual de la vivienda, así como también los gastos de la comunidad (en el supuesto de que se trate de un piso ubicado en una comunidad de vecinos y no se haya estipulado lo contrario con el arrendatario). Aparte de ello, el arrendador debe cumplir con otras obligaciones. De manera resumida, estas son las principales obligaciones del arrendador:

  • Ceder el uso y disfrute de la vivienda.
  • Pagar el IBI.
  • Pagar la comunidad (en caso de que no se especifique lo contrario en el contrato y se deriven los gastos al inquilino).
  • Realizar las reparaciones necesarias para conservar el inmueble y para que esté en condiciones de habitabilidad (excluyendo los daños por mal uso, que le corresponden al arrendatario).
  • Devolución de la fianza.
  • Gastos de gestión del contrato con la inmobiliaria (este cambio ha sido aprobado con la nueva reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos, LAU).

Por supuesto, el arrendador puede solicitar la finalización del contrato siempre y cuando necesite la vivienda para sí mismo y no sea titular de otro inmueble, así como también para sus familiares de primer grado de consanguinidad y para su cónyuge. Además, debe recibir la vivienda en el mismo estado en el que fue entregada, en caso contrario puede reclamar la reparación de los daños o una indemnización.

Y el arrendatario, ¿quién es?

Aunque a estas alturas ya no cabrán dudas, el arrendatario es la persona que alquila el inmueble. Es decir, el inquilino. Este tiene todo el derecho a disfrutar del mismo de manera temporal durante el tiempo establecido en el contrato y a cambio del pago especificado.

Obligaciones del arrendatario

El arrendatario debe cumplir con las condiciones establecidas en el contrato de alquiler firmado por ambas partes para así poder disfrutar del inmueble durante el periodo especificado en él, de lo contrario se arriesga al desahucio y a perder la fianza. La principal obligación del arrendatario es pagar las cuotas mensuales en el plazo estipulado para ello, pero también a conservar la vivienda y no causar daños en ella. Por otro lado, debe encargarse de pagar los suministros (puede continuar con el contrato de suministros y pagar los gastos al titular o contratar uno nuevo a su nombre). En ocasiones el gasto total de los suministros puede estar fijado con una cuota única mensual, en ese caso el valor será siempre el mismo, pero debe aparecer detallado en el contrato. Entre las principales obligaciones del arrendatario nos encontramos con las siguientes:

  • Pagar la renta mensual, según los plazos pactados.
  • Abonar la fianza de la vivienda.
  • Pagar los suministros.
  • Pagar gastos de comunidad (si así se ha pactado en el contrato).
  • Conservación del inmueble.
  • Facilitar la realización de obras por parte del arrendador (siempre y cuando no puedan aplazarse hasta la finalización del contrato). Es el caso de las obras de conservación y mejora de la vivienda.
  •  Pequeñas reparaciones por el desgaste ocasionado.
  • Cubrir los daños ocasionados por un mal uso.
  • Devolver la vivienda en las mismas condiciones en las que se encontraba.

Diferencias entre arrendador y arrendatario

Ahora que hemos definido los términos y explicado las obligaciones, podemos resumir brevemente cuál es la diferencia entre arrendatario y arrendador (inquilino y propietario, respectivamente). En función de las diferencias más significativas, observamos lo siguiente:

  • Responsabilidades: El arrendador se compromete a ceder la vivienda mientras que el arrendatario se compromete a pagar la renta mensual al arrendador para vivir en ella.
  • Finalización del contrato: El arrendador puede finalizar el contrato por diversas razones legales (por ejemplo, por incumplimiento del contrato por parte del arrendatario o porque lo necesita para vivir); mientras que el arrendatario puede finalizar el contrato antes del tiempo establecido, con preaviso y según las condiciones del contrato.
  • Cambios en la propiedad: Como dueño de la vivienda el arrendador puede vender el inmueble, aunque esto no afecta al periodo del contrato. También puede llevar a cabo reformas en la vivienda siempre y cuando sean necesarias para garantizar la conservación y la habitabilidad. El arrendatario no puede realizar cambios significativos sin el consentimiento del arrendador.

Por supuesto, como indicábamos en la introducción, es fundamental tener claro cuáles son todos los términos y especificar las obligaciones de cada parte antes de firmar el contrato. Ahora bien, si quieres disfrutar de la máxima seguridad a la hora de alquilar tu vivienda y contar con la tranquilidad de cobrar tu cuota mes a mes, entonces no puedes perderte el servicio que te ofrecemos en SEAG (Sociedad Española de Alquiler Garantizado). Te brindamos la confianza que necesitas para poder alquilar tu vivienda y saber que cobrarás en todo momento, en caso de sufrir un impago de alquiler. Además, tendrás cubierta toda la protección jurídica si fuera necesario. Esto último incluye todos los gastos que implique cualquier procedimiento judicial por el incumplimiento del alquiler y la coordinación de los trámites por parte de nuestro equipo, entre otras ventajas. ¡Contacta con nosotros!

Descubre la importancia de la referencia catastral en tu vivienda

Uno de los documentos más importantes de tu vivienda, a nivel identificativo oficial, es la referencia catastral. Entender para qué sirve y cómo consultar la referencia catastral te resultará de gran utilidad en determinadas situaciones, por ejemplo, para tasar el valor de tu inmueble o para estimar el valor del alquiler de tu vivienda en comparación con los datos de otras viviendas y, por supuesto, para hacer la declaración de la RENTA. En este artículo te explicamos qué es, para qué sirve y otras cuestiones relevantes sobre la referencia catastral. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es la referencia catastral de una vivienda?

La referencia catastral de una vivienda es el equivalente al DNI o al Número de Identificación Vehicular (VIN) del coche, pero aplicado a un inmueble. Se trata de un identificador oficial y obligatorio que tienen todos los bienes inmuebles. Este código del tipo alfanumérico se asigna por el Catastro y es único y exclusivo de cada vivienda, de manera que pueda ser ubicada inequívocamente en la cartografía catastral. La referencia catastral en cuestión también se usa en parcelas rústicas, con diferencias —eso sí— en la cantidad e información que nos proporcionan los caracteres. En el caso de una vivienda, esta se compone de un total de 20 números, que se estructuran de la siguiente manera:

  • Los 7 primeros identifican la finca o parcela urbana.
  • Los 7 siguientes identifican la hoja de plano donde se ubica.
  • Los siguientes 4 caracteres identifican el inmueble dentro de la finca.
  • Los 2 últimos son caracteres de control (para revisar si los 18 primeros son correctos y evitar errores de grabación).

¿Para qué sirve la referencia catastral?

Conocer cuál es la referencia catastral te permitirá localizar los bienes inmuebles en la cartografía catastral. Esto resulta de gran utilidad en diferentes situaciones ya que al poder consultar la referencia catastral sabrás con exactitud de qué bien inmueble se trata en los negocios jurídicos, como compraventas, herencias y donaciones, y no confundirlos con otros. Además de proporcionar una mayor seguridad jurídica a las personas que realicen contratos relativos a los bienes inmuebles —en este caso actúa también como una herramienta eficaz en la lucha contra el fraude en el sector inmobiliario—. Son muchas las situaciones en las que puedes necesitar conocer cuál es la referencia catastral, de hecho, según el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario este valor debe figurar en todos los documentos que reflejen relaciones de naturaleza económica o con trascendencia tributaria vinculadas a un inmueble. Estos son solo algunos ejemplos:

  • Contratos de alquiler, de compra venta, de alquiler con opción a compra y de cesión de arrendamientos de bienes inmuebles.
  • Empadronamientos.
  • Declaración de la renta.
  • Herencias.
  • Tasación por referencia catastral de la vivienda.
  • Instrumentos públicos, mandamientos y resoluciones judiciales.
  • Expedientes y resoluciones administrativas.
  • Contratos de suministro de energía eléctrica.
  • Documentos que alteren aspectos del inmueble, como proyectos técnicos o certificaciones de finalización de obras.
  • Registros de la propiedad.

¿Cómo saber la referencia catastral?

Al consultar la referencia catastral podrás tener acceso a la mayor parte de los datos de una vivienda. Aparte de la ubicación exacta, averiguarás cuál es la superficie en metros cuadrados, la superficie construida en el piso y el año de construcción, entre otras, lo cual resulta muy útil a la hora de fijar el precio de tu alquiler. También ante qué tipo de inmueble te encuentras y su uso principal; e incluso la superficie gráfica del edificio en el que se encuentra. Para buscar la referencia catastral debes acceder al buscador de la Sede Electrónica del Catastro y especificar los datos de ubicación de la vivienda (provincia, municipio, vía y número y la dirección interna). También puedes acudir físicamente a los puntos de información catastral y a las gerencias del catastro.

Es importante tener en cuenta, así mismo, que la referencia catastral puede consultarse en algunos documentos acreditativos es la que aparece. Ejemplo de ellos son:

  • Último recibo justificativo del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  • Escrituras públicas o información del Registro de la Propiedad cuando dicha referencia figure inscrita.
  • Certificado emitido por el Ayuntamiento, en caso de haberlo solicitado.

Cómo saber quién es el propietario de una referencia catastral

Conocer quién es el propietario de una vivienda es una tarea relativamente sencilla si cuentas con la referencia catastral. Lo único que debes hacer es acceder a la web del Registro de Propiedad y solicitar una Nota Simple en la cual podrás consultar la información en cuestión, además de todos los datos relativos a las cargas que pesan sobre el inmueble. El precio de la nota simple es de 9,02 €.

Diferencia entre valor catastral y valor de referencia

El valor catastral es un valor determinado de manera objetiva para cada bien inmueble con los datos obrantes del Catastro Inmobiliario, que tienen en cuenta el valor catastral del suelo en el momento y el de las construcciones. Es decir, se fija el valor del mercado como referencia sin que este pueda ser excedido. En cambio, con el valor de referencia se estima el valor de mercado de la propiedad a partir de los datos del catastro inmobiliario y supone la referencia mínima por la que se debe tributar al comprar o heredar una vivienda. Es determinado por el Catastro como resultado del análisis de los precios de todas las compraventas de inmuebles realizadas ante fedatario público. Es muy importante saber que la referencia catastral de la vivienda se utiliza también para calcular el IBI, que es el Impuesto de Bienes Inmuebles (este último se calcula en base al valor catastral de la vivienda multiplicado por el tipo de gravamen); aunque desde enero de 2022 también se utiliza para el cálculo de otros impuestos. El pago del IBI supone una de las principales obligaciones que deben cumplir los arrendadores.

¿Necesitas un servicio integral de asesoría jurídica? ¿Estás pensando en alquilar tu vivienda? En SEAG (Sociedad Española de Alquiler Garantizado) estamos aquí para ayudarte. Nuestra compañía te ofrece la máxima tranquilidad frente al posible impago del alquiler, así como protección contra los actos vandálicos con prestaciones para compensar los daños ocasionados. No somos un seguro de alquiler, puesto que nuestra garantía de cobro por impago es indefinida hasta que el propietario pueda recuperar su vivienda y sin límite de tiempo. Nuestra protección jurídica, por otro lado, cubre todos los gastos que impliquen cualquier procedimiento judicial por el incumplimiento del contrato de alquiler. ¡Contacta con nuestro equipo de SEAG para recibir más información!

Contrato de mantenimiento de caldera: ¿Es obligatorio para tu propiedad?

Son muchas las personas que se preguntan si es obligatorio tener un contrato de mantenimiento de la caldera o si se puede prescindir de él. Y es que las calderas de gas, a diferencia de otros electrodomésticos, se integran tanto en la instalación de la calefacción como del agua y se abastecen de los conductos de gas de los edificios. Por ello, para responder a este interrogante debemos ceñirnos a lo que dice el Reglamento para Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE). En este artículo te explicamos todo lo que debes saber sobre la revisión obligatoria de calderas. ¡Sigue leyendo!

¿Es obligatorio tener contratado el mantenimiento de caldera?

Si tu vivienda cuenta con una caldera debes saber que el Reglamento para Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE) establece la obligación de llevar a cabo una revisión. En concreto, determina que la revisión obligatoria de la caldera de gas debe realizarse cada 2 años, además de las revisiones generales de las instalaciones de gas cada 5 años. Por supuesto, esta medida aplica a las calderas de gas domésticas, es decir, aquellas con un consumo igual o inferior a 70kW. En el supuesto de que lo superen, como las calderas de mayor tamaño para edificios o fábricas, la revisión debe realizarse de manera mensual. El mantenimiento de una caldera consta de dos elementos. Estos son:

  • Inspección: Corre a cargo de la compañía de gas y avisan al propietario con unos días de antelación para llevar a cabo la revisión. Es habitual encontrar papeles colgados en las zonas comunes del edificio.
  • Revisión: La revisión va a cargo del propietario. Es decir, debe encargarse de realizar un contrato de mantenimiento de la caldera y se puede formalizar con el técnico oficial de la marca fabricante o con un técnico de mantenimiento y reparación certificado. También puede realizarse con la propia empresa comercializadora de gas e incluirlo en el contrato del servicio. Esto suele ser bastante cómodo para los propietarios ya que será la propia empresa quien avise cuándo corresponda hacer la revisión. En estos casos, la revisión se suele cobrar en la factura mensual de consumo.

Qué se mira en la revisión obligatoria de la caldera

Llevar a cabo la revisión de la caldera es fundamental para garantizar la seguridad de tus inquilinos, así como tu propia seguridad en el momento de volver a hacer uso de la vivienda. La revisión implica comprobar el correcto funcionamiento del electrodoméstico, así como su eficiencia y durabilidad. Por lo general la revisión obligatoria de una caldera contempla lo siguiente:

  • Comprobación del correcto estado y conservación de las partes visibles de la caldera.
  • Prueba de estanqueidad o inexistencia de fugas.
  • Limpieza del quemador y del ventilador (si lo incluye).
  • Análisis de la combustión y comprobación de que la mezcla de aire y gas sea la indicada por el fabricante.
  • Medida de la presión de gas y temperatura de la calefacción, y comprobación de su rendimiento.
  • Examinar la cantidad de monóxido tras la combustión.
  • Revisión del sistema de revoco de la caldera de gas. Este sistema sirve para impedir la entrada de aire y evitar que vuelva a producirse la combustión.
  • Comprobación de la correcta evacuación de los gases de escape y ventilación del espacio en el que se encuentra instalada la caldera.
  • Sustitución de las piezas desgastadas o defectuosas.

¿A nombre de quién debe estar el contrato de mantenimiento de la caldera?

El contrato debe ir a nombre del propietario y su duración puede variar —siendo de duración determinada o indeterminada—. Esto te permitirá corroborar que la revisión ha sido realizada correctamente. El pago de la revisión de la caldera, así mismo, es un gasto que le corresponde al propietario del inmueble. Ahora bien ¿Qué ocurre en el caso de que la caldera precise de una reparación? ¿Quién debe hacerse cargo del gasto? Tal y como indica la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el arrendador (propietario) está obligado a realizar las reparaciones que sean necesarias para conservar la habitabilidad y que sirvan para el uso convenido, como la sustitución de una caldera estropeada. A excepción, no obstante, de que la reparación sea imputable al arrendatario (inquilino). Es decir, cuando se trata de realizar pequeñas reparaciones por el desgaste del uso ordinario. En definitiva, la reparación puntual de la caldera corresponde al arrendatario, mientras que la sustitución de una caldera es un gasto que debe asumir el arrendador. Por supuesto, en los casos en los que un mal uso conlleva el deterioro de la caldera, la sustitución de la misma correrá a cargo del arrendatario.

¿Qué pasa si no tengo un contrato de mantenimiento de caldera?

No tener un contrato de mantenimiento de la caldera e ignorar las revisiones anuales obligatorias puede conllevar serios problemas para la seguridad, aparte de que la caldera pierda eficiencia energética y aumente el consumo. A nivel legal, y según se contempla en la Ley de Industria de 1992, puede haber multas de hasta 60.000 euros por una infracción de este tipo. Es importante tener claro también que en caso de un accidente el seguro del hogar se eximirá de responsabilidades ya que considerará que el accidente ha sido provocado por negligencia del cliente al no realizar la revisión obligatoria de la caldera.

Es muy importante cumplir con las normativas para garantizar la seguridad de tus inquilinos y tu propia seguridad. Tener todo en regla te proporcionará una mayor tranquilidad y la confianza de estar avalado en caso de necesidad, al igual que lo es contar con un servicio que te garantice el cobro del alquiler mes a mes (en caso de sufrir un impago de alquiler) y contar con una protección jurídica completa que te garantice la cobertura de todas las acciones y costes derivados de cualquier procedimiento judicial por incumplimiento de contrato. En Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) te brindamos estos servicios, así como una cobertura por daños de vandalismo en tu vivienda de hasta 3.000 euros. ¡Contacta con nosotros para saber más!