Rent to Rent: ¿Qué es y cómo funciona este modelo inmobiliario? (vídeo)

Una de las últimas tendencias dentro del mercado del alquiler es el Rent to Rent. Esta brinda la oportunidad a personas o entidades de arrendar una vivienda, aunque no sea de su propiedad. Ahora bien, exactamente de qué se trata y cuáles son sus características más destacadas. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre Rent To Rent, qué es, cómo funciona y cómo puedes hacer para llevarlo a cabo. ¡Sigue leyendo para informarte!

¿Qué es el Rent to Rent?

El Rent to Rent es una estrategia inmobiliaria en la que un autónomo o empresa alquila un inmueble completo para luego subarrendarlo, generalmente dividiendo las habitaciones para alquilarlas individualmente. Este modelo está ganando popularidad debido a su flexibilidad contractual y a la capacidad de generar ingresos atractivos, tal y como puedes ver en el siguiente vídeo en el que el CEO de SEAG Pedro Bretón explica sus características y qué beneficios pueden obtenerse con ello.

La principal meta del Rent to Rent es que el propietario del inmueble se libere de las responsabilidades de buscar arrendatarios, así como de gestionar las tareas cotidianas sin ningún tipo de riesgo. Esto, como es obvio, se traduce en un menor estrés, además del correspondiente ingreso fijo mensual por el inmueble subarrendado; mientras que la persona que subarrienda el inmueble —por supuesto— obtiene unos mayores beneficios al cobrar un alquiler superior a los inquilinos en comparación con el que se abona al propietario. Generalmente, para que esto sea posible el subarrendador alquila el inmueble por habitaciones. Por supuesto, la persona que subarrienda la vivienda asume la responsabilidad de pagar al propietario una renta, pero hay que tener en cuenta que asume el riesgo de no poder alquilar.

¿Cómo hacer Rent to Rent y que sea un éxito?

Para garantizar el éxito en este negocio, se recomienda tener en cuenta tres aspectos clave, como explica Pedro Bretón. Estos son los siguientes:

  1. Estudio de mercado: Es esencial analizar la demanda y los precios recomendados para las habitaciones antes de firmar el contrato inicial. Esto incluye anunciar las habitaciones en plataformas inmobiliarias para comprobar el interés de posibles inquilinos.
  2. Gestión adecuada: Se aconseja iniciar la actividad como persona física o autónomo, ya que los costes y la contabilidad empresarial pueden ser más complejos y costosos si se dispone de pocos inmuebles.
  3. Contratos claros: Es fundamental formalizar un contrato de uso distinto a vivienda con el propietario, especificando la posibilidad de realizar modificaciones y subarrendar. Además, los contratos con los inquilinos deben identificar claramente cada habitación para evitar problemas legales en caso de impagos.

Además, para garantizar el éxito de este negocio por parte de la persona que subarrienda se recomienda que el alquiler de las habitaciones se lleve a cabo a corto plazo, lo que sirve para generar una mayor versatilidad de manera que los inquilinos puedan cambiar de vivienda si lo desean y el subarrendador cumplir con sus plazos y las condiciones legales de su contrato.

Aspectos a tener en cuenta sobre el Rent to Rent

Hay que considerar que este modelo incluye aspectos fiscales importantes, como el IVA en los alquileres con servicios adicionales (limpieza, suministros, etc.), así como también otras cuestiones legales y administrativas. Para gestionar estos detalles, se recomienda asesorarse con un fiscalista y mantener una buena planificación. Ten en cuenta que entran en juego muchos aspectos, como las regulaciones de cada ciudad. Además, aunque generalmente el subarrendamiento para el Rent to Rent suele ser llevado a cabo por empresas especializadas, debes saber que al poner tu vivienda para alquilar con esta modalidad existen ciertos riesgos. Algunos de ellos son los siguientes:

  • Posibilidad de que no se respeten las cláusulas relacionadas con el subarrendamiento o que no se cumpla con la normativa legal aplicable en cada situación.
  • Riesgo de que la empresa intermediaria no efectúe los pagos correspondientes al propietario del inmueble.
  • Ausencia o negligencia en el mantenimiento adecuado de la propiedad.
  • Potenciales fraudes a los inquilinos que puedan comprometer la operativa de la empresa gestora.

Por lo tanto, es muy importante que prestes atención a la empresa que se encargará de subarrendar tu negocio. Revisa que cuente con experiencia y que sea profesional para tener una buena relación con ella a largo plazo.

¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre subarrendar?

Ahora que ya sabes qué es Rent to Rent y cómo funciona es importante dejar claro que para que esta modalidad sea posible debe aparecer especificada la posibilidad de hacerlo en el contrato de alquiler que se formaliza con el propietario del inmueble. Esto es algo que aparece reflejado en el artículo 8 y 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) sobre la cesión del contrato y subarriendo. En concreto, la norma general dice lo siguiente: “La vivienda arrendada sólo se podrá subarrendar de forma parcial y previo consentimiento escrito del arrendador”.

¿Cómo alquilar tu piso en Rent to Rent con total tranquilidad?

¿Estás pensando en alquilar con Rent a Rent? Con el servicio de SEAG podrás hacerlo con total tranquilidad. En primer lugar, porque en caso de impago, SEAG garantiza un pago indefinido hasta que recuperes la propiedad. Además, disfrutarás de servicios adicionales incluidos en la garantía indefinida, como protección jurídica integral (nos encargamos de reclamar los impagos a través de nuestro equipo de abogados especializados y asumimos todos los gastos legales del proceso), cobertura de hasta 3.000 euros por daños vandálicos (desde el primer euro y sin imponer franquicias, a diferencia de cómo lo hacen la mayoría de las compañías aseguradoras) y protección frente a la okupación durante los 3 meses posteriores a la finalización del servicio. Si deseas conocer más sobre nuestras tarifas y prestaciones adicionales, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo. Estaremos encantados de asesorarte sin compromiso. En Sociedad Española de Alquiler Garantizado te ayudamos a alquilar con total tranquilidad.

Las características del alquiler de uso turístico y su situación actual (vídeo)

Una de las figuras más recientes en el mercado del alquiler de inmuebles es la del alquiler turístico. Este tipo de contrato, a diferencia del alquiler temporal —y, por supuesto, del alquiler de larga duración o de primera vivienda— se rige por otra normativa y su fin es otro. En este artículo te ayudamos a entender lo que se considera alquiler turístico y sus características más destacadas.

Qué se considera un alquiler turístico

Los alquileres turísticos están destinados al arrendamiento de inmuebles para turistas o visitantes que alquilan por periodos cortos de tiempo. Estos inmuebles reciben el nombre de Viviendas de Uso Turístico (VUT) y están completamente amobladas y equipadas para brindar una experiencia cómoda y con todo lo necesario a quienes alquilan por cortos periodos de tiempo. Se diferencian de los hoteles en la experiencia, ya que es más personalizada y privada y suelen estar gestionadas directamente por los propietarios o por empresas especializadas en alquileres con esta naturaleza. Por ello, las viviendas en cuestión deben cumplir con ciertas normativas y requisitos legales, entre los cuales se encuentra la adquisición obligatoria de una licencia de alquiler turístico.

Además, por supuesto, de cumplir con los estándares de seguridad y calidad y estar registradas correctamente en los organismos correspondientes de turismo. Los alquileres de Viviendas de Uso Turístico deben ajustarse, por otro lado, a la normativa local y cumplir con los impuestos y declaraciones de ingresos. Además, como explica el CEO de SEAG Pedro Bretón el alquiler turístico no tiene bonificaciones fiscales, al igual que ocurre en el alquiler temporal. Los requisitos suelen variar en cada comunidad o municipio, por lo que se aconseja visitar el organismo correspondiente. Algunos de los más repetidos son los siguientes:

  • Alquiler completo del inmueble (no por habitaciones, aunque depende de la ciudad).
  • Duración máxima de 1 a 2 meses, dependiendo de la localidad.
  • Limitaciones en la realización de publicidad y la publicación de anuncios en plataformas específicas.
  • La vivienda debe alquilarse con fines turísticos, de vacaciones o de ocio.
  • La vivienda debe respetar los diferentes reglamentos turísticos, pero también urbanísticos en vigor.

Ley alquiler turístico y normativas

Como indicábamos en el punto anterior, el alquiler turístico se rige por las leyes y normativas turísticas para garantizar la calidad y la seguridad de los alojamientos ofrecidos, no por las de vivienda —de hecho, estos fueron excluidas del ámbito de regulación de la Ley de Arrendamiento Urbano en el año 2013—. Este marco legal está detallado en el Decreto-Ley 3/2023 y su competencia forma parte de cada comunidad autónoma. Estas son las exigencias obligatorias que deben cumplir:

  • Licencia urbanística: Cualquier inmueble del tipo VUT debe obtener la licencia urbanística que le permita operar de manera legal.
  • Categorías VUT: Hay que tener en cuenta que el decreto reconoce dos categorías diferentes, la de establecimientos de alojamiento turístico y las viviendas de uso turístico. Estas últimas son las que analizamos en este artículo, y el periodo para alquilar no debe ser superior a los 31 días consecutivos, generalmente, además de estar debidamente inscritos en los registros de turismo autonómicos.

Es importante destacar que, además de la legislación autonómica, son muchos los municipios que están estableciendo otras regulaciones locales con el fin de aumentar el control de dichos establecimientos turísticos para mejorar la calidad del sector.

¿Cuál es la diferencia entre alquiler turístico y de temporada?

Como puedes imaginar, existen diferencias considerables entre un tipo de alquiler y otro. Y conviene tenerlas en cuenta porque no tienen la misma naturaleza, se rigen por otras normativas y cada una cuenta con sus ventajas y limitaciones. Si quieres informarte al detalle sobre ello, puedes leer el siguiente artículo.

Licencia alquiler turístico: ¿Cómo obtenerla?

La licencia turística es el permiso que permite ejercer una actividad turística en España, tanto si se trata de un hotel, como de un conjunto de apartamentos o de la Vivienda de Uso Turístico. Esta puede tramitarse de diferente forma, dependiendo del organismo competente de cada comunidad autónoma, aunque lo más habitual es que sea con una de las siguientes vías:

  • Vía telemática: A través del certificado digital o del DNI electrónico.
  • Vía presencial: Presentando documentación en los servicios territoriales de turismo de la provincia donde se encuentre la vivienda.
  • Oficina de Correos: En sobre abierto para que pueda estamparse el sello y la fecha en el impreso de solicitud y la copia.

Cómo se declara el alquiler de un piso turístico

Ahora que ya sabes qué es un alquiler turístico, es importante hacer una pequeña mención sobre cómo se declara. En este sentido hay que tener en cuenta que la vivienda turística puede ser de tres tipos diferentes, con servicios de hospedaje, sin ellos y gestionado por una persona física o empresa. Los servicios de hospedaje son todos aquellos destinados a la recepción y atención de los clientes, la limpieza regular, el cambio de la ropa de cama y baño y otros relativos a la lavandería o recepción de equipaje, incluso el servicio de alimentación. De ello influye cómo tributan los diferentes conceptos, que son el Impuesto de Actividades Económicas e IVA, por un lado, y el IRPF, por otro.

¿Puede solicitarse un alquiler garantizado para un alquiler turístico?

Las empresas destinadas a ofrecer un alquiler garantizado suelen excluir los alquileres turísticos de vivienda debido a que se rigen por una normativa diferente a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Por lo tanto, si buscas un servicio de garantía frente al impago, es fundamental optar por un alquiler temporal (o de vivienda habitual), con independencia de la duración del contrato. En Sociedad Española de Alquiler Garantizado te ofrecemos una garantía para alquileres temporales, mejor que los seguros de impago de las compañías tradicionales. Con ella podrás disfrutar de recibir tu cuota mes a mes en caso de sufrir un impago y durante 12 mensualidades. Además de incluir protección jurídica integral para que nuestro equipo de abogados se encargue del procedimiento de reclamación del impago asumiendo todos los gastos. El servicio de alquiler garantizado de SEAG contempla, así mismo, la cobertura de daños por actos de vandalismo en hasta 3.000 €, y sin imponer franquicias. ¡Consúltanos todas tus dudas o solicita más información!

Crisis de la vivienda por la falta de alquileres en España: ¿Cuál es la solución? (vídeo)

El problema del alquiler en España no es nuevo. La falta de oferta y el exceso de demanda ha dado como lugar a un aumento progresivo en el precio de los alquileres, lo que además genera un problema de acceso a la vivienda por parte de los inquilinos. El CEO de Sociedad Española de Alquiler Garantizado Pedro Bretón analiza la situación en Negocios.TV y propone varias soluciones efectivas frente a esta seria problemática que va en aumento en la actualidad.

Crisis vivienda: un repaso a la situación actual

En la actualidad, son miles las personas que buscan un alquiler, pero no tienen la posibilidad de acceder a una vivienda. En la mayoría de los casos, por la falta de oferta, pero también por los elevados precios que dificultan el acceso a un hogar digno. El CEO de SEAG Pedro Bretón habla sobre las medidas del gobierno para reducir el problema mediante la construcción de vivienda pública e indica que esta no es la solución.

A pesar de que el gobierno busca poner a disposición 184.000 viviendas para el final de la legislatura, lo cierto es que esto no supone una solución, según el CEO. Explica que en la actualidad el déficit de España en su parque público de viviendas es de 1 millón, aproximadamente, y que la cifra aumenta en 100.000 viviendas anualmente. Por lo tanto, aclara que la medida del gobierno no es ninguna solución. “Esta cifra aumenta en 100.000 viviendas anualmente, por lo tanto, 184.000 viviendas no es ninguna solución. Pensemos en que mínimo vamos a tardar en disponer de esas viviendas dos años, por lo tanto, seguiremos con un déficit”, declara en la entrevista.

Sin embargo, ante las crisis de vivienda en España Bretón señala que hay que buscar una alternativa y explica que si nos fijamos en los datos podemos apreciar que en España hay hasta 4 millones de viviendas vacías. Ahora bien, ¿por qué están vacías estas viviendas y no se alquilan o se venden? Pedro Bretón subraya que muchas de ellas están vacías por el miedo a alquilar o por la imposibilidad de vender, y otras muchas por la falta de liquidez de los propietarios para reformarlas. “Muchas de estas viviendas no se encuentran en situación habitacional y necesitan de una gran inversión para poder venderlas, pero la falta de capital no permite a los propietarios poder hacerlo”, indica el experto. Además, aclara que estás cifras no se reparten por igual en todas las comunidades o municipios poniendo por ejemplo Asturias y Castilla y León, donde no existe el problema de la crisis de la vivienda.

De hecho, enfatiza diciendo que, de los 4 millones, el 50% se encuentra en municipios de menos de 10.000 habitantes. “Aquí tenemos algunas de las pistas de cuáles serían las soluciones que generarían un impacto positivo en el sector del alquiler, y ninguna de estas pasan por construir”, reitera.

Claves o medidas para solucionar los problemas para alquiler un piso

El experto analista en el mercado del alquiler y CEO de SEAG propone varias soluciones frente a la crisis de vivienda en España. Lo más importante, matiza, es lograr la confianza de los propietarios, para que se animen a alquilar los pisos vacíos que en la actualidad rondan los 4 millones (además compara cómo el gobierno de otros países ha apostado por ello y ha logrado una estabilidad en la oferta y la demanda, así como una reducción de los precios). Para Bretón la única forma de conseguir un mercado del alquiler estable es apostando por la confianza. “El mercado del alquiler, si funciona bien, será positivo tanto para propietarios como para inquilinos que conseguirán acceder a una vivienda a un precio asequible”, expresa.

Otra de las medidas que pueden funcionar para paliar la crisis de la vivienda es echarle un ojo a los locales. Indica que existen una gran cantidad de negocios cerrados que podrían ser aprovechados como vivienda. Pero no solo eso, también explica cómo las bonificaciones fiscales pueden resultar de gran utilidad para promover el alquiler. En concreto, habla de las bonificaciones fiscales en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que, en algunos casos, puede suponer hasta un 10% adicional para el propietario por la adquisición de una vivienda. “Dedicaría bonificaciones fiscales para todos aquellos propietarios que adquieran una vivienda y la destinen al alquiler a largo plazo”, puntualiza y añade que “de esta forma potenciaríamos el alquiler de larga duración y además conseguiríamos que los pequeños inversores vuelvan a confiar en el sector”.

Por supuesto, al igual que ha hecho en varias ocasiones, Bretón habla de la importancia de la seguridad jurídica para los propietarios y transmite muchas de las preocupaciones que recibe por parte de estos últimos, sobre todo en cuestiones como la utilidad de las cláusulas del contrato de alquiler, las cuales, a pesar de estar bien desarrolladas no resultan útiles si la Ley de Arrendamientos Urbanos no contempla opciones para poder resolver el contrato de una manera fácil y ágil cuando un inquilino deja de pagar la cuota mensual. Este es un punto muy importante para el experto, lo que para Bretón coincide con devolver la confianza al propietario: “Hay que trabajar en devolver la confianza en el sector y en la ley a todos estos propietarios y pequeños ahorradores que ahora mismo están en stand by y no quieren invertir en este sector hasta que no vean una progresión”.

¿No hay pisos de alquiler o los propietarios están perdiendo el interés por hacerlo?

Los propietarios han perdido la confianza, indica Bretón y subraya que aunque los clientes propietarios de SEAG tienen el alquiler garantizado, les sigue asustando un poco todos estos cambios legislativos y el hecho de no saber en qué punto puede estar su alquiler de aquí a unos años. “Sería bueno tener una estabilidad legal y que los propietarios sepan que su vivienda no va a tener tantas diferencias a nivel legal”, alude. Además, incita a pensar muy bien en las repercusiones de las medidas que se toman y recalca la importancia de ofrecer garantías a los propietarios.

Además, aclara que hay que desmentir la falsa creencia de que los grandes fondos tienen el monopolio del mercado en España y tener en cuenta que si se apoya a los pequeños inversores repercutirá de manera favorable también para los inquilinos. “Se especula demasiado con los grandes fondos, pero solamente el 5% del parque inmobiliario pertenece a grandes fondos, el resto es de los pequeños ahorradores que han hecho su inversión en ladrillos”. El mercado va a ser un problema si no se les presta atención, el sector del alquiler debe entenderse con un beneficio tanto para propietarios e inquilinos, para que todo el mundo pueda entrar en este mercado, concluye.

¿Cuál es la apuesta de SEAG para ofrecer confianza a los propietarios de viviendas en alquiler?

Aparte de todas las medidas que propone Pedro Bretón en esta entrevista, desde SEAG también ayudamos a los propietarios a recuperar la confianza y que se animen a alquilar contando con un servicio de alquiler garantizado. Este te brinda la oportunidad de poder alquilar tu vivienda con la tranquilidad de saber que en caso de sufrir un impago seguirás cobrando tu cuota por nuestra parte hasta que la recuperes. Además, el servicio de garantía indefinida de SEAG para el alquiler de una vivienda habitual incluye protección jurídica integral por parte de nuestro equipo de abogados especializados para realizar todos los trámites de la reclamación asumiendo los costes del proceso. Sin olvidar, por otro lado, la cobertura de daños por actos de vandalismo de hasta 3.000 euros, y sin imposición de franquicias. ¿Quieres más información sobre nuestros servicios? Contacta con nosotros sin compromiso.

Incentivos fiscales para promover el alquiler de larga duración (vídeo)

El alquiler de larga duración es el tipo de alquiler que más estabilidad económica proporciona a los propietarios de inmuebles, aunque también el que más incertidumbre genera debido a las nuevas medidas y actualizaciones de la ley. Afortunadamente, cuenta con algunas ventajas con respecto a otras modalidades, algo que puede observarse —por ejemplo— en las ventajas fiscales del alquiler para el propietario. En este artículo te explicamos cuáles son. ¡Sigue leyendo!

 ¿Cuáles son los incentivos y beneficios de la Ley de Vivienda para promover el alquiler de larga duración?

La nueva Ley de Vivienda para el alquiler entró en vigor el 26 de mayo de 2023, aunque sigue generando dudas en varias cuestiones, tanto a propietarios como inquilinos. En este punto en concreto nos centramos en los beneficios fiscales del alquiler de vivienda. El CEO de SEAG Pedro Bretón explica cuáles son y qué requisitos deben cumplirse para poder aprovecharlos, como puede verse en el siguiente vídeo.

El CEO Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) recuerda que existen dos incentivos que tienen como fin promover el alquiler de larga duración. Estos nacen como una medida por parte del gobierno para regular los precios teniendo en cuenta la problemática actual de la vivienda en el país por la elevada demanda y la falta de oferta. Además, los nuevos inventivos de la ley sustituyen a las reducciones por arrendamiento de vivienda art 23.2 IRPF del 2023 en un 60% (beneficios fiscales alquiler vivienda 2023), aplicables a quienes firmaron contrato hasta 2023. Es importante dejar claro, así mismo, que los nuevos beneficios fiscales para propietarios de pisos de alquiler solo aplica a quienes rentan su vivienda en zonas tensionadas. Una zona tensionada en el mercado residencial es aquella en la que existe especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población. Pueden consultarse los municipios en la delegación del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Bretón explica cuáles son los dos incentivos más destacados actualmente, los vemos:

Reducción 90% sobre los ingresos obtenidos

La reducción del 90% tiene como fin promover una rebaja en el precio del alquiler gracias a las reducciones a la hora de declarar los impuestos: “Existe una bonificación en el IRPF en de hasta el 90% del beneficio obtenido por un alquiler de larga duración, siempre y cuando se formalice un contrato a partir de enero de 2024 por un precio inferior en un 5% a lo que se venía alquilando en el año anterior”. Es decir, el contrato debe haber sido firmado durante el año anterior y la reducción se aplicará sobre los beneficios, tras haber descontado los gastos. “Es una iniciativa buena, aunque sí es necesario haber tenido en alquiler el piso en 2023”, matiza Bretón, además el inmueble debe encontrarse en zona tensionada.

Reducción del 70% sobre los ingresos obtenidos

“Luego tenemos otra bonificación del hasta el 70% que sigue la misma lógica, cuando se trata de un contrato nuevo para menores de 35 años (y desde los 18)”, continúa Pedro Bretón. Ahora bien, matiza que será aplicable siempre y cuando los inmuebles deben estar en zonas tensionadas, al igual que en el caso anterior.

Otras reducciones sobre el alquiler

Esta nueva medida contempla, así mismo, otras dos reducciones del 60% y del 50%. En el primero de los casos cuando, no cumpliéndose los requisitos anteriores, la vivienda haya sido objeto de una actuación de rehabilitación que hubiera finalizado en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato. La reducción del 50% aplica al resto de los casos, a excepción de los contratos que no cumplan los requisitos sobre la renta descritos en el artículo 17.6 de la Ley 29/1994 Ley de Arrendamientos Urbanos (en cuyo caso no podrá aplicarse ninguna reducción).

Otros gastos fiscalmente deducibles alquiler

Al hablar de beneficios para el propietario hay que tener en cuenta, así mismo, los otros gastos fiscalmente deducibles del alquiler de la vivienda. Los gastos deducibles, en este caso, influyen en la determinación del rendimiento neto del capital inmobiliario, por lo que suponen una reducción de los beneficios y por tanto en la cantidad final a pagar por el propietario (tanto si se aplica alguna de las reducciones anteriormente descritas, como si no). Al hablar de los gastos deducibles nos encontramos con todos aquellos gastos derivados de la obtención del inmueble, así como también las cantidades destinadas a la amortización del mismo, y a los demás bienes cedidos con el mismo. Entre ellos, tal y como detallan desde la agencia tributaria, nos encontramos con los siguientes:

  • Intereses y demás gastos de financiación de los capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora del bien, derecho o facultad de uso o disfrute, así como en su caso, los bienes cedidos con el mismo.
  • Gastos de conservación y reparación de los bienes productores de rendimientos, como los efectuados regularmente con el fin de mantener el uso de los bienes materiales, como el pintado, revoco o arreglo de instalaciones; y los de sustitución de elementos, como instalaciones de calefacción, ascensor, puertas de seguridad y otros.
  • Tributos y recargos no estatales, entre otros, como el IBI, tasa de basuras, alumbrado…
  • Las primas de contratos de seguros.
  • Los gastos de defensa jurídica.
  • Las cantidades destinadas a la amortización, siempre que respondan a su depreciación efectiva.

¿Estás pensando en aprovechar estas reducciones y realizar un alquiler de larga duración? En SEAG te ayudamos a hacerlo ofreciéndote un servicio de alquiler garantizado. Alquila con tranquilidad y no te preocupes por nada, nuestro servicio incluye el cobro garantizado para que en caso de sufrir un impago sigas cobrando tu cuota de forma mensual hasta que recuperes tu vivienda. Además, te protección jurídica integral para reclamar dicho impago (nos ocupamos de todos los trámites y asumimos todos los gastos del proceso). Por otro lado, podrás disfrutar de la cobertura incluida por daños por actos de vandalismo (hasta 3.000 euros) y protección contra la ocupación (durante los 3 meses siguientes tras la finalización de la garantía de alquiler). ¿A qué estás esperando? ¡Solicita más información para salir de dudas!

¿Qué características están buscando ahora mismo los inquilinos en una habitación de alquiler? (vídeo)

Alquilar se ha convertido en un proceso complicado en la actualidad, tanto para arrendadores, como para arrendatarios. En este último caso, sobre todo, por la escasa oferta frente a la elevada demanda. Ahora bien, hay que tener en cuenta que los inquilinos tienen sus preferencias en el momento de alquilar, lo que implica que el piso debe reunir unas determinadas características para que se decanten por él y no por otro. En este artículo en concreto nos centramos en analizar cuáles son dichas preferencias al alquiler una habitación. ¡Sigue leyendo!

Principales características al alquiler una habitación: ¿Cómo debe ser?

Lo primero que hay que tener en cuenta en el momento de alquilar una habitación es que se trata de un contrato de alquiler temporal, diferente al uso de vivienda, lo que significa que la persona que alquila no pretende pasar una larga etapa de su vida en ella. Por lo tanto, las preferencias cambian con respecto a otra persona que alquila una vivienda completa para larga duración. En el caso de las habitaciones, tal y como explica el CEO de SEAG Pedro Bretón en el siguiente vídeo, son tres los aspectos más importantes: “Lo más demandado, obviamente, es que las habitaciones estén amobladas, wifi y baño propio”.

La habitación amoblada en un alquiler es fundamental y algo que se da por hecho en todos los casos ya que, al pasar un corto periodo de tiempo en ella el inquilino no desea hacer un gasto extra para amoblarla y tener que hacer una mudanza posterior. Ahora bien, tal y como aconsejan los expertos, lo ideal es que la decoración sea neutra y que invite al nuevo inquilino a sentir que no está invadiendo otro hogar. Como indica Pedro Bretón, también cuenta con mucha demanda el alquiler de habitación con baño privado, aunque es consciente de que esto último no siempre es posible. “Las tipologías de los inmuebles en la actualidad no permiten que muchas de las habitaciones tengan baño”, subraya. Ahora bien, si existe la posibilidad los futuros inquilinos prefieren pagar un poco más si cuentan con la posibilidad de disponer de un alquiler de habitación con baño propio.

Por último, explica se encuentra el wifi. En este último caso, no es necesario que sea exclusivo de la habitación. Ahora bien, es un requisito imprescindible puesto que los inquilinos residirán poco tiempo y no desean tener que contratar el servicio por su cuenta para cancelarlo en unos meses. Al final, matiza el CEO de Sociedad Española de Alquiler Garantizado el alquiler de habitaciones para los inquilinos “sigue siendo algo temporal hasta poder encontrar una vivienda que se asemeje a sus necesidades y su situación pueda mejorar”.

Otros aspectos importantes sobre las características de alquiler de la habitación

Por supuesto, aparte de lo mencionado entran en juego otros muchos aspectos que son determinantes para los inquilinos en el momento de optar por un tipo de habitación u otro. Algunas de las características más demandadas y a tener en cuenta, aparte del alquiler de habitación con baño privado o del alquiler de habitación amblada, son las siguientes:

Ubicación de la vivienda

Por supuesto, la ubicación es muy importante. Y ya no solo nos referimos a nivel personal de las necesidades de cada inquilino, sino también al fin principal del alquiler. Por ejemplo, si quieres destinar una vivienda al alquiler de habitaciones para estudiantes, lo ideal es que esta se encuentre cerca de la zona estudiantil de la ciudad. Si la vivienda, por el contrario, está alejada te resultará más difícil destinarla a este fin, además tendrás que ajustar los precios a la competencia.

Habitación individual, no compartida

Muchas de las personas que alquilan una habitación es por necesidad, puesto que preferirían poder alquilar una vivienda completa, pero la situación económica no lo permite. Ahora bien, no es lo mismo tener que compartir una vivienda y los espacios comunes, que compartir una habitación, en cuyo caso se carece de privacidad. Por supuesto, entre las demandas de los inquilinos que buscan una habitación para alquilar se especifica que no esté compartida.

Precio de la habitación

El costo del alquiler es un aspecto crucial. Los inquilinos buscan viviendas que se adapten a su presupuesto, y en España, las variaciones del mercado pueden ser muy diferentes según la región e incluso entre distintos barrios de una misma ciudad. Los inquilinos tienden a comparar precios para obtener la mejor relación calidad-precio, considerando no solo el alquiler mensual, sino también otros gastos como servicios, cuotas de comunidad y posibles tarifas de gestión. Por ello, te recomendamos echar un vistazo y hacer un estudio de mercado antes de fijar el precio de tus habitaciones en alquiler. Por supuesto, si las habitaciones son diferentes entre sí, como por ejemplo, si se trata de un alquiler de habitación con baño propio, es lógico que el precio sea más elevado.

Flexibilidad del contrato

La flexibilidad en el contrato se refiere, sobre todo, a la duración del mismo y a las preferencias, además es un factor decisivo. Y es que los inquilinos buscan tener la posibilidad de volver a la habitación tras la finalización del contrato temporal, sobre todo en el caso de los estudiantes, para así poder continuar en un mismo lugar durante cada año académico. En ese caso, se recomienda añadir una cláusula específica sobre la preferencia frente a otros inquilinos cuando se acaben las vacaciones de verano en las que la vivienda pasa a disposición del propietario (aparte, por supuesto, de todas las cláusulas fundamentales y requisitos que debe tener un buen contrato de alquiler).

¿Cómo alquilar habitaciones de manera segura?

Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) es una entidad destinada a favorecer el alquiler seguro a los propietarios, ofreciendo garantías frente a los posibles impagos, algo que —lamentablemente— suele ser muy habitual en la actualidad. Si esta es tu primera vez que alquilas tu vivienda o si deseas hacerlo de manera segura, te recomendamos nuestro servicio de garantía indefinida para el alquiler de habitaciones. Este servicio incluye el cobro de tus cuotas de manera mensual e indefinida (hasta la recuperación de la habitación) en caso de sufrir un impago. Además, nuestro servicio cuenta con protección jurídica integral para que no tengas que preocuparte, ¡ni pagar de más!, por todo el proceso de reclamación del impago. A ello se suma los daños por vandalismo (hasta 3.000 euros) y las prestaciones adicionales que puedes revisar en nuestra página web. ¡Contacta con nosotros para que podamos asesorarte al detalle!

Cómo ha impactado la pandemia en las preferencias de alquiler de habitaciones (vídeo)

La pandemia afectó de manera general a todos los sectores, y el mercado del alquiler no fue de menos. En este último caso, nos encontramos que hubo importantes reajustes en los precios durante los primeros meses puesto que los propietarios valoraron la solvencia de los inquilinos y rebajaron los precios en el alquiler. Posteriormente a la pandemia los precios se estabilizaron, pero la demanda cambió, lo cual se vio reflejado en un aumento del alquiler de viviendas con espacios exteriores, como terrazas, balcones, patios o jardines. Ahora bien, ¿podemos decir que la pandemia sigue afectando al precio del alquiler o al tipo de alquiler como tal a fecha de hoy? El CEO de SEAG, Pedro Bretón, responde a este interrogante y habla sobre alquiler, pandemia y la situación actual del mercado. ¡Sigue leyendo!

¿Características más destacadas del alquiler en pandemia?

Al hablar de alquiler, pandemia y las características más destacadas en dicho momento de nuestra historia hay que tener en cuenta que este mercado sufrió grandes cambios, además de tener que enfrentarse a desafíos significativos. Estos fueron algunos de los más destacados:

  • Congelación y reducción de los alquileres: Debido a la crisis económica generada por la pandemia, fueron muchos los inquilinos que se encontraron con dificultades para pagar sus rentas. Esto llevó a la creación de medidas por parte del gobierno como la suspensión de los desahucios y la suspensión de la presentación de demandas de desahucio de manera temporal.
  • Ajustes en la oferta y demanda: La demanda en grandes ciudades disminuyó debido a la posibilidad del teletrabajo, dando lugar a una caída en los precios del alquiler, mientras que aumentó en zonas periféricas y rurales.
  • Desplome del alquiler turístico: Debido a las restricciones en viajes y a la disminución del turismo. Muchos propietarios tuvieron que optar por el mercado a largo plazo o temporal.
  • Impagos en el alquiler: Comoconsecuencia del COVID-19 miles de familias no pudieron hacer frente a los pagos del alquiler, tanto de viviendas, como de locales de negocio. Algo que, paralelamente, ocasionó grandes dificultades para los propietarios al no poder hacer frente a sus compromisos de pago (incluida la liquidación del IVA a Hacienda).

Habitaciones en alquiler, pandemia y situación actual: ¿Cómo afecta?

Como hemos visto, el mercado del alquiler afrontó importantes desafíos durante la pandemia de COVID-19, lo que dio lugar a la modificación y aparición de nuevas políticas. Algunas de ellas fueron las limitaciones en la subida del precio del alquiler y procedimientos más estrictos para los desalojos —varias de las cuales se siguen manteniendo a día de hoy—. En la actualidad, el mercado del alquiler por habitaciones ha ganado gran popularidad, ahora bien ¿A qué se debe? ¿Tiene algo que ver con la pandemia? Tal y como responde el CEO de SEAG Pedro Bretón en una entrevista a Negocios TV la pandemia no ha impactado por sí misma en este mercado, sino por las medidas que se adoptaron en dicho momento y se siguen manteniendo a día de hoy.

“Vimos cómo después de la pandemia la oferta del alquiler de habitaciones se disparó en un 80%, pero creemos que más que por la propia pandemia en sí fue por las medidas que se tomaron y debido a las cuales los propietarios cada vez han tenido más miedo a poder sufrir un impago”, explica Pedro Bretón y subraya, así mismo, que “la inseguridad jurídica les ha hecho tomar otras opciones”. Para Pedro Bretón las actualizaciones en las Ley de Vivienda y en Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) ocasionan una gran inseguridad jurídica a los propietarios de inmuebles quienes, entre otras, se arriesgas a sufrir un impago de alquiler, pero también a esperar un largo periodo de tiempo hasta recuperar su vivienda. El aumento del alquiler por habitaciones (o alquiler temporal) aumentó considerablemente desde que la duración mínima del contrato de alquiler de vivienda habitual pasó a ser de 5 años, además de las prórrogas (una medida vigente desde la reforma de la ley LAU en 2019).

El CEO de SEAG compara, por otro lado, los beneficios que pueden obtenerse en un alquiler de vivienda y en uno por habitaciones y analiza el riesgo en cada caso. “No es lo mismo alquilar una vivienda de 900 euros para un pagador que alquilarla por 1400 a 4 o 5 personas diferentes y minimizar el riesgo de impago”, enfatiza. En este sentido justifica, también, por qué el alquiler por habitaciones es el más popular en la actualidad en el país. Ahora bien, recuerda que el alquiler de vivienda de larga duración ofrece una mayor estabilidad en el pago, con unos ingresos constantes, siempre que se alquile de manera segura.

¿Es posible alquilar una vivienda por habitaciones de manera segura?

Proteger tu propiedad contra impagos y daños por vandalismo es esencial. Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) ofrece un servicio de alquiler seguro de habitaciones, garantizando el cobro mensual del alquiler hasta recuperar la habitación, con un mes de carencia y sin esperar sentencia. Además, incluye defensa jurídica integral mediante un equipo de abogados especializados que gestionan todos los trámites y gastos derivados de la reclamación por impago. SEAG no solo cubre el impago, sino también los daños por vandalismo en la habitación alquilada, hasta 3.000 euros, y sin franquicias. Si necesitas más información o un presupuesto, contacta con nuestro equipo para recibir asesoramiento personalizado. Te ayudamos a alquilar tu inmueble tanto para uso como vivienda como para uso diferente y con la tranquilidad de cobrar mes a mes tu alquiler y sin riesgos. ¿A qué estás esperando?

Tendencias en el mercado de alquiler de habitaciones (vídeo)

Conocer las tendencias en el mercado del alquiler, en general, te resultará de gran ayuda a la hora de tomar la decisión de alquilar un inmueble. En Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) hemos hablado en varias ocasiones sobre esto último —para ofrecerte toda la información que necesitas—, por eso, en esta ocasión nos centramos específicamente en las tendencias y demanda del alquiler de habitaciones. Te lo explicamos en este artículo y en la entrevista que concede nuestro CEO Pedro Bretón a Negocios TV en el vídeo disponible aquí. ¡Sigue leyendo!

Demanda alquiler habitación: el modelo más escogido en España

El alquiler por habitaciones ha ido ganando cada vez más popularidad en los últimos años. Como hemos explicado en varias ocasiones, gran parte de ello se debe a las últimas actualizaciones de la Ley de Vivienda y Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que ha generado incertidumbre entre los arrendadores, de los cuales muchos han optado por retirar su vivienda por completo del mercado del alquiler. Tal como explica el CEO de SEAG Pedro Bretón, el aumento en la demanda del alquiler de habitación se debe a las presiones que tienen los arrendadores: “Hemos visto como estos últimos años el sector del alquiler tradicional ha sufrido numerosas presiones y el alquiler por habitaciones ha surgido como refugio tanto a propietarios como inquilinos. Unos por la falta de seguridad jurídica y otros por la falta de oferta y altos precios”. De hecho, en portales referentes en el sector del alquiler, como es el caso de Idealista, puede verse cómo la oferta de pisos compartidos se ha incrementado en un 43% interanual durante el primer trimestre de 2024.

Pedro Bretón señala que las nuevas tendencias en el mercado del alquiler ayudan de manera positiva a solucionar el problema de la alta demanda, ya que se amplía la oferta al dividir la vivienda en varias habitaciones. Además, aclara que esta tendencia en la demanda del alquiler de habitación es algo que afecta a nivel general a todo el país, no de manera exclusiva a las grandes ciudades, como pasaba en los últimos años. “La necesidad de buscar habitaciones solo en grandes capitales es cosa del pasado, ahora mismo la oferta y demanda se ha trasladado a cualquier municipio. Vemos incluso cómo las empresas apuestan por este sector con el famoso rent to rent. Este último se basa en un modelo de negocio de inversión en el sector inmobiliario que permite que un arrendatario principal alquile una vivienda a un precio fijo mensual y luego subarriende habitaciones a distintos inquilinos para obtener ciertos beneficios. Es decir, se trata de un subarrendamiento de viviendas. Ahora bien, te recordamos que para que esto sea posible es fundamental que esté expresamente indicado en el contrato por parte del arrendador principal y que las obligaciones, en todo caso, serán del primer arrendatario.

Por último, el CEO de Sociedad Española de Alquiler Garantizado habla sobre los puntos positivos del alquiler por habitaciones y hace hincapié, en cualquier caso, que al divisar zonas comunes hay una mayor capacidad de alquiler y se llega a más demandantes. Además, al tomar esta opción por parte de los propietarios la rentabilidad sube. En una vivienda tradicional la rentabilidad suele ser del 5%, aproximadamente, mientras que en alquiler de habitaciones esta sube hasta el 9% o 10%. Por supuesto, puede conllevar más riesgos al existir más rotación de inquilinos y no siempre la rentabilidad es tan elevada, sobre todo, si hay temporadas en las que la vivienda no se alquila —por ejemplo, cuando se trata de un alquiler de habitaciones para estudiantes—.

Precio alquiler habitación: ¿Ha subido?

El precio del alquiler por habitación es algo que ha subido de manera paralela con la demanda, sobre todo en las grandes ciudades, pero también en los municipios cercanos a las grandes ciudades por la falta de oferta en general y en los municipios con carencia de vivienda sin alquiler. Durante los últimos años, hemos visto un incremento en el precio del alquiler por habitación en ciudades como Valencia, pero también en la capital y en Barcelona. Según el Informe de Mercado Inmobiliario, Actualidad y Perspectiva 2023 de Forcadell y la Universidad de Barcelona las habitaciones van a ser el mercado estrella y se prevé que en este 2024 el precio por habitación pueda subir hasta un 10% a lo largo del año.

¿Cómo alquilar una vivienda por habitaciones de manera segura?

Alquilar una vivienda de manera segura es fundamental si entras en el mercado del alquiler, tanto si destinas tu inmueble a vivienda habitual como a un uso diferente al de vivienda —por ejemplo, al alquiler de habitaciones para estudiantes o trabajadores—. Alquilar tu vivienda con seguridad te prevendrá frente a los posibles impagos, en caso de que el inquilino o inquilinos dejen de pagar, pero también frente a los posibles daños que pueda sufrir tu vivienda por actos de vandalismo. En Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) te ofrecemos un servicio de alquiler seguro de habitaciones con cobro garantizado hasta recuperar tu habitación. Te garantizamos el cobro de tu alquiler mes a mes hasta recuperar la habitación, con un mes de carencia y sin necesidad de esperar sentencia. Además, nuestro servicio incluye la defensa jurídica integral a través de nuestro equipo de abogados especializados. Este último se encargará de llevar a cabo todos los trámites derivados de la reclamación por impago de alquiler, con asesoramiento en todo momento para resolver tus dudas y asumiendo todos los gastos del proceso (procurador, notificaciones, poderes notariales y tasas judiciales).

En SEAG somos mejor que un seguro de alquiler de impago, por eso, además de nuestro servicio principal de garantía frente al impago, te ofrecemos una cobertura de daños contra actos de vandalismo en la habitación alquilada y hasta 3.000, desde el primer euro, y sin franquicias. ¿Necesitas más información? ¿Quieres presupuesto? Contacta con nuestro equipo para recibir asesoramiento personalizado.

Motivos por los cuales los propietarios optan por alquilar una vivienda de forma temporal (vídeo)

La modalidad del alquiler temporal ha estado presente desde siempre en el mercado, sin embargo, en los últimos años hemos visto un aumento considerable en la realización de este tipo de contratos. Como es obvio, el contrato temporal cuenta con una serie de ventajas que lo hacen destacar frente al de vivienda, pero ocurre lo mismo con este último. Entonces, ¿cuáles son las razones por las que se ha popularizado tanto este tipo de contrato? ¡Sigue leyendo para más información!

¿Por qué los propietarios optan por el alquiler temporal?

La principal causa que ha dado lugar a un incremento en la modalidad del contrato de alquiler temporal viene, sobre todo, a raíz de los cambios en la legislación actual y las últimas actualizaciones en la Ley de Vivienda, en concreto, desde el año 2018-2019. Tal y como explica el CEO de SEAG Pedro Bretón en la entrevista concedida a Negocios TV, la ley de vivienda ha ido quitando derechos a los propietarios, generándoles más exigencias, por lo que sienten inseguridad jurídica y económica. Esto ha repercutido en que muchos propietarios tomen la decisión de optar por un alquiler temporal que no cuenta, hasta el momento, con la limitación del tiempo mínimo de alquiler, como en el alquiler de vivienda —actualmente en 5 años para personas físicas y de 7 para personas jurídicas—.

Además, el CEO de Sociedad Española de Alquiler Garantizado hace hincapié en que el motivo por el cual muchos de los propietarios de viviendas alquilan es para hacer frente a sus gastos y poder asumirlos. Es decir, necesitan las rentas, pero es algo que no desean hacer de por vida. Además, hay muchas personas que quieren tener la opción dentro de dos o tres años de poder vender su vivienda y al alargar el plazo máximo para alquilar la vivienda no pueden hacerlo, lo que repercute en que aumente el número de propietarios que se decantan por la modalidad temporal —aunque ello les exima de disfrutar de una mayor estabilidad económica propia del tipo de alquiler de vivienda—. En cualquier caso, el principal problema es la inseguridad jurídica debido al aumento de las restricciones y las exigencias para/con su vivienda.

Por otro lado, Pedro Bretón aclara que en muchas ocasiones se tiende a pensar que el propietario opta por el alquiler temporal para elevar el precio y obtener mayores beneficios. Sin embargo, aclara que no existe limitación en el precio del alquiler —a excepción de en Cataluña—, lo que significa que se rige por el mercado de la oferta y la demanda y que, por lo tanto, no es un condicionante para elegir un tipo de alquiler u otro. “Que un propietario quiera alquilar con un contrato temporal no es para ganar más dinero, puesto que la limitación solo está en Cataluña”, enfatiza. Como consecuencia de todo esto, y en base a los últimos informes, recalca que hoy en día hemos visto cómo en algunas comunidades autónomas del país hasta el 80% de la oferta se ha convertido en contrato temporal.

Ventajas de alquilar por temporada

Como indicábamos en el apartado anterior, la razón principal por la cual el alquiler temporal se ha convertido en la opción más popular es la inseguridad jurídica que sienten los propietarios de inmuebles, ahora bien, existen también algunas ventajas de alquilar una vivienda de manera temporal y que son determinantes a la hora de optar por esta modalidad. Estas son algunas de las más destacadas:

  • Permite al propietario disponer de la vivienda varios meses al año para su uso y disfrute particular (por ejemplo, en los alquileres destinados para estudiantes).
  • Es más fácil realizar reformas en los periodos en los que no está alquilada la vivienda.
  • Ingresos adicionales para hacer frente a pagos puntuales.
  • Mayor control sobre la propiedad al poder disponer de ella con mayor frecuencia.
  • Opción de venta futura en caso de decirse a ello, sin necesidad de tener que esperar los plazos del alquiler destinado a vivienda.
  • Mayor simplicidad en la gestión y en el proceso en general.

¿Es mejor el alquiler temporal o permanente (vivienda)?

La respuesta es depende. Pedro Bretón explica que lo más importante es que los propietarios cuenten con seguridad jurídica por parte del gobierno. Desde SEAG siempre se ha animado a que los propietarios opten por el alquiler de larga duración puesto que, al final, es el que genera una mayor estabilidad, pero todo va en función de la situación particular de cada persona, de las restricciones y obligaciones legales del momento y del fin por el cual se pone la vivienda en alquiler. Es decir, si lo que se busca es ofrecer un alquiler de vivienda o un alquiler para uso diferente al de vivienda. Sea como sea, desde SEAG te recordamos que para mejorar tu tranquilidad y poder contar con la tranquilidad de cobrar tu alquiler mes a mes, sin arriesgarte a sufrir un impago, tienes a tu disposición nuestro servicio de garantía indefinida que, además, incluye protección jurídica integral para que podamos llevar a cabo la reclamación pertinente del impago y asumir los costes de todos los trámites. En SEAG, por otro lado, ofrecemos otras prestaciones adicionales, como es el plus contra okupas o el impago de suministros de luz y agua. ¡Contacta con nosotros para saber más!

Contratos de alquiler temporales: ¿El nuevo modelo en España? (vídeo)

Aunque en Sociedad Española de Alquiler Garantizado hemos hablado alguna vez de los diferentes tipos de contrato, en esta ocasión queremos profundizar en las características del contrato de alquiler, sobre todo, porque se ha convertido en una de las opciones más comunes entre los propietarios de inmuebles en el país. Por ello, si quieres más información sobre qué es un alquiler de temporada, qué dice la ley sobre este tipo de contrato y cuál es la diferencia entre alquiler de temporada y de vivienda habitual, te recomendamos que sigas leyendo. ¡No te pierdas nuestro contenido informativo!

¿Qué es un alquiler de temporada?

El alquiler de temporada es un tipo de alquiler destinado a cubrir una necesidad de estancia de inquilino para un fin específico y un tiempo concreto, por lo que no se trata de un alquiler de vivienda. Y es que hay que tener en cuenta que los contratos de alquiler de inmuebles pueden ser de dos tipos diferentes, los destinados a la vivienda y los de uso distinto a la vivienda, como es el caso del mencionado alquiler temporal. Ahora bien, tal como explica el CEO de SEAG Pedro Bretón estos, a su vez, pueden ser de varios tipos diferentes —dependiendo del fin específico para el cual están destinados—. Es el caso, por ejemplo, del alquiler temporal para garajes o trasteros, los alquileres temporales para locales y comercios o, incluso, el alquiler turístico —que también es un tipo de alquiler temporal—.

Pedro Bretón enfatiza en la entrevista que para que un contrato sea temporal es necesario poder demostrar cual es el motivo de la temporalidad, ya que no se puede realizar en cualquier caso. Es decir, debe haber unas necesidades particulares para poder acceder a un contrato temporal. Además, aclara que es uno de los más utilizados para los estudiantes, pero también para personas que lo necesitan por algunos motivos particulares (como realizar una reforma en su vivienda habitual). En el caso del alquiler temporal para estudiantes, el contrato suele realizarse en la temporada de septiembre hasta junio, de manera que los propietarios siempre pueden disponer de la vivienda en los meses de verano de julio y agosto.

¿Es el alquiler temporal el más popular en España?

Ahora que ya hemos hablado sobre el alquiler de temporada, qué es y qué tipos hay, respondemos al interrogante inicial que planteábamos en este artículo. Es decir, ¿se trata del contrato de alquiler más popular en España? La respuesta es sí, desde hace años este contrato ha ido ganando una gran popularidad, aunque el motivo se debe a la preocupación de los propietarios por algunas de las exigencias de las normativas y del miedo a no poder disponer su vivienda. En concreto, el contrato de alquiler temporal ha ido ganando terreno desde la actualización de la Ley de Vivienda en 2018 donde los plazos mínimos de la duración de los contratos de alquiler pasaron a ser de 5 (para las personas físicas) y 7 años (para las personas jurídicas). Es decir, previo a la última actualización de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que paralelamente ha ido sumando más temores y preocupaciones entre los arrendadores —quienes, en muchos casos, han optado por rescindir contratos y retirar la oferta de alquiler del mercado—.

De hecho, se trata de uno de los principales problemas en el país con respecto a la vivienda. La falta de oferta y el exceso de demanda es algo que está provocando un aumento de los precios y se ha visto perjudicada por algunas de las nuevas medidas contempladas en las normativas. Es por eso que en el caso del alquiler temporal, debido al miedo de no poder disponer de su vivienda o venderla, los propietarios han explorado este camino. Por otro lado, tal y como explica en la entrevista Pedro Bretón, “un contrato es lo que es y no lo que dice que es”, para referirse a la necesidad de especificar en el contrato temporal el fin al cual va a estar destinado de manera clara y precisa. Además, es fundamental asegurarse de que el inquilino vaya a usarlo como se especifica, incide.

Ley de alquiler temporada: Aspectos más importantes a tener en cuenta

Como indicábamos más arriba, este tipo de contrato es más flexible y cuenta con menos limitaciones que el de vivienda. Ahora bien, hay que considerar una serie de aspectos especificados por la ley de alquiler temporal. De manera resumida, estos son algunos de los más destacados:

  • Obligación de especificar la finalidad del contrato de alquiler de temporada.
  • Este contrato está sujeto a la normativa del alquiler permanente (vivienda) en lo referente a regular las rentas, actualización de precios, fianzas, repercusión de las mejoras en la vivienda, y la prohibición de repercutir al inquilino los gastos de inmobiliaria y formalización de contrato.
  • Límite máximo en el precio del alquiler.
  • Otros.

Diferencia entre alquiler de temporada y vivienda habitual

Los contratos temporales se diferencias de los destinados a vivienda habitual en el fin, lo que, entre otras, reduce las limitaciones. Son una opción atractiva para inquilinos que lo buscan para un motivo específico, aunque tienen en contra que el propietario no cuenta con la garantía de tener su vivienda alquilada durante un largo periodo de tiempo y una cuota constante durante años, además de conocer a los inquilinos. A favor del contrato temporal, por otro lado, hay que destacar que predomina la libre predisposición de la vivienda en el momento de ser pactado por el inquilino y propietario, al igual que el precio. Y si hay algo que no se ha especificado, entonces se recurre al Código Civil. El tiempo, por lo tanto, puede variar desde los meses hasta los años y prolongarse por el tiempo deseado entre ambas partes.

En cualquier caso, sea como sea, cada modalidad tiene sus ventajas. Y es que, como explicamos desde SEAG siempre, lo más importante es contar con la garantía de cobrar mes a mes la cuota y sin complicaciones. Nuestro servicio de garantía indefinida está pensado para que en caso de sufrir un impago el propietario siga cobrando su mensualidad hasta recuperar su vivienda, además incluye el servicio de protección jurídica integral. Nos encargamos de llevar a cabo todos los trámites para reclamar el impago y asumimos los costes del proceso. ¡Contacta con nosotros para más información!

Expectativas a corto y medio plazo en relación con los precios del alquiler de vivienda (vídeo)

La aprobación de la Ley de Vivienda en 2023 y los cambios que ha supuesto en el mercado del alquiler ha generado una serie de consecuencias que afectan directamente a la disminución de la oferta y, por consiguiente, al aumento del precio del alquiler. En Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) te ofrecemos un análisis de las expectativas del precio del alquiler a corto y medio plazo, analizamos cuál es la situación actual y qué aspectos hay que considerar como propietario de un inmueble. ¡Sigue leyendo este artículo para más información!

Alquiler: balance de situación tras la nueva ley

La tendencia en el aumento del precio del alquiler es algo que se mantiene desde 2015, según los informes de los principales portales inmobiliarios. La falta de oferta y la excesiva demanda son los principales responsables de ello, tal como explica el CEO de SEAG Pedro Bretón. Esto es algo que se ha visto agravado en la actualidad debido a la nueva Ley de Vivienda, en concreto debido a que esta ha provocado una disminución del 30% de la oferta por culpa de la inseguridad jurídica que provoca en los propietarios, matiza el experto. “Notaremos un aumento en los precios dado que la oferta ha disminuido, salvo en aquellas zonas donde existan limitaciones del precio”, recalca y se refiere a estas últimas como las zonas de mercado residencial tensionado. Este nuevo concepto introducido en la normativa actual hace alusión a las áreas territoriales delimitadas —generalmente ubicadas en las grandes ciudades— donde existe un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población.

Tal y como puede verse en la entrevista, Bretón subraya que esta medida puede tener el efecto contrario al deseado, sobre todo porque supondrá una bajada de la oferta y por lo tanto un aumento en el precio del alquiler en las zonas no tensionadas. “Lamentablemente, en todas estas zonas donde se pretende limitar el precio veremos como la oferta volverá a bajar dificultando el acceso a una vivienda”, especifica.

¿Merece la pena alquilar un piso en la situación actual?

El alquiler de una vivienda sigue siendo una inversión rentable, pero requiere de la recuperación de la confianza por parte de los inversores, subraya el CEO de SEAG. “Creemos y esperamos que se puedan ir tomando medidas para que pequeños ahorradores vuelvan a confiar en el sector y vuelvan a apostar por este modelo de inversión que todavía es muy estable; además es el único sector que te ofrece una rentabilidad doble. Tienes una rentabilidad anual del alquiler y una rentabilidad a largo plazo en el momento de vender el inmueble”, declara Pedro Bretón. “Creemos que es un sector en el que hay que apostar, SEAG lo hace y es necesario para cualquier economía de cualquier país”. Es por este mismo motivo que la compañía ofrece un servicio de garantía indefinida para el alquiler de viviendas permanentes, gracias al cual los propietarios tendrán la seguridad y la tranquilidad de cobrar mes a mes en caso de sufrir un impago de alquiler. Además, el servicio que ofrece SEAG se complementa con la protección jurídica integral que es llevada a cabo por el equipo de abogados especializados para la reclamación del impago de alquiler y asumiendo en todo momento los gastos del proceso, como son el procurador, las notificaciones, los poderes notariales y las tasas judiciales.

El precio del alquiler a medio plazo

Ahora que ya hemos analizado cómo es la expectativa a corto plazo y si merece la pena alquilar un piso, vamos explicarte cuáles son las expectativas del precio del alquiler a medio plazo. Lo primero que hay que tener en cuenta es que la actualización del precio de la vivienda ya no se estipulará por el IPC, sobre todo de cara al próximo año (2025), puesto que se prevé la creación de un nuevo índice más actualizado. Así mismo, si renuevas alquiler este año debes saber que existen limitaciones en el precio, tal como puedes leer en este artículo sobre la actualización de la renta por IPC y la nueva Ley de Vivienda 2023. Aclarado este punto, y dejando de lado la limitación del precio del alquiler en las zonas tensionadas (arriba mencionado), todo apunta a que el precio seguirá subiendo, sobre todo, en las ciudades de la periferia. Y tal y como puede observarse en los informes de Idealista el precio de la vivienda usada en España experimentó una subida mensual del 2% en el mes de abril (13 euros por metro cuadrado). Por lo tanto, si nos fijamos en la evolución interanual, estaríamos hablando de un 7% (un 6.9% más en comparación con el año pasado).

No es de extrañar, por lo tanto, que pueda superarse el récord en cuanto a precios más altos de alquileres establecido en junio de 2007, cuando estalló la burbuja inmobiliaria. Todo apunta a que la tendencia no va a cambiar en corto y medio plazo, ni en venta ni en alquiler. El problema de esta subida constante, como indicábamos más arriba, se debe a la falta de oferta, algo que no puede ser solucionado con las medidas de la nueva Ley de Vivienda, que —al contrario de lo esperado— está tensionando los precios al alza. De hecho, son varios los informes que apuntan a esta destrucción de la oferta y a una subida en los precios constante a causa de la nueva ley. Según los datos, el precio medio del alquiler en España subió unos 100 euros en 2023 en comparación con el año anterior, hasta situarse en los 1.0002 euros. A principios de 2024 el precio ya subió a unos 1.069 euros, en abril lo ha vuelto a hacer, y se espera que siga subiendo progresivamente hasta finalizar el año.