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¿Mi inquilino puede cambiar la cerradura del piso de alquiler?

Existen muchas dudas que comparten los propietarios de inmuebles rentados, y una de ellas es la de si es legal cambiar la cerradura del piso en alquiler por parte del inquilino. Y la respuesta, aunque ello te deje sin acceso a la vivienda en lo que dura el contrato, es sí, ya que los inquilinos tienen derechos para hacerlo. A continuación, te explicamos en qué casos es posible y cómo se debe hacer.

Mi inquilino me pregunta si se puede cambiar la cerradura de un piso alquilado, ¿es legal?

Cambiar la cerradura es un derecho que tiene el inquilino para proteger su seguridad y privacidad, siempre que se respeten las condiciones del arrendamiento. Aunque este punto no está regulado explícitamente en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), hay que tener en cuenta los derechos que conceden la posibilidad de hacerlo, como el derecho a la privacidad. El inquilino tiene derecho al uso pacífico y seguro de la vivienda durante el tiempo que dure el contrato. Cambiar la cerradura puede considerarse una medida razonable de protección y privacidad. Si por algún motivo desconfía de que terceras personas puedan tener copia de las llaves (por ejemplo, antiguos inquilinos, trabajadores que hicieron reformas, etc.), puede tomar esa medida para sentirse seguro. Además, si el propietario no entregó la cerradura completamente nueva al inicio del arrendamiento, el cambio puede ser comprensible.

Cambiar cerradura piso alquiler: ¿Me tiene que dar una copia de la llave?

No, no está obligado. Este punto genera muchas dudas y cierta polémica, pero la ley protege el derecho a la intimidad del arrendatario. Si el propietario tuviera una copia sin el consentimiento del inquilino, y entrara sin permiso, estaría cometiendo una infracción grave. Por tanto, el propietario no tiene derecho a tener llaves del inmueble mientras el contrato esté en vigor, salvo que el inquilino lo autorice de forma expresa o ya contara con ellas. En resumen, si el inquilino decide cambiar la cerradura, puede conservar las llaves sin obligación legal de entregar copia, aunque se recomienda una comunicación transparente entre ambas partes para evitar malentendidos.

¿Quién paga la cerradura en un piso de alquiler?

Al hablar sobre el cambio de cerradura en un piso alquilado debes saber que, en principio, el cambio lo paga quien lo solicita, en este caso, el inquilino. Salvo que éste se deba a una avería o defecto no imputable al arrendatario (por ejemplo, una cerradura muy antigua o que ya daba problemas desde el inicio), lo normal es que el inquilino asuma ese coste. Se considera una mejora voluntaria, no una reparación necesaria. Ahora bien, si la cerradura se rompe por desgaste natural o por causas no atribuibles al uso del inquilino, como propietario podrías estar obligado a costear la sustitución, ya que está entre tus responsabilidades mantener el inmueble en condiciones de habitabilidad.

Como propietario, ¿puedo cambiar la cerradura de un piso de alquiler?

No, bajo ninguna circunstancia durante el contrato vigente. El propietario no puede entrar a la vivienda sin autorización ni cambiar la cerradura mientras el inquilino siga teniendo derecho a uso del inmueble. Si lo hiciera, podría incurrir en una infracción muy grave e incluso en un delito. Este punto es esencial: aunque la vivienda pertenezca al arrendador, mientras el contrato esté en vigor, el uso exclusivo corresponde al inquilino, quien disfruta del derecho a la inviolabilidad del domicilio, tal como reconoce la Constitución Española.

Por tanto, si el propietario cambia la cerradura sin consentimiento del inquilino, está invadiendo un espacio privado protegido legalmente, y podría enfrentarse a denuncias por coacción, violación de domicilio entre otras.

Al finalizar el contrato, ¿el inquilino debe reponer la cerradura original?

Este punto no está regulado explícitamente en la LAU, pero sí tiene sentido desde una perspectiva práctica y contractual. Si el inquilino ha cambiado la cerradura durante su estancia, al abandonar la vivienda debería:

  1. Reponer la cerradura original, o
  2. Entregar las llaves de la nueva cerradura al propietario.

Si no lo hace, podría afectar a la devolución de la fianza. Aunque no hay una norma que obligue al inquilino a dejar exactamente la misma cerradura, sí existe la exigencia de entregar la vivienda tal y como se recibió, salvo por el deterioro derivado del uso normal. En la práctica, muchas personas optan por conservar la cerradura original y volver a instalarla antes de marcharse. También puede llegarse a un acuerdo con el propietario si este está conforme con mantener la nueva cerradura.

Cómo proteger tu alquiler

Sabemos que el cambio de cerradura en un piso alquilado por parte del inquilino puede generarte incertidumbre, pero no tiene por qué ser negativo. Como explicábamos a lo largo de este artículo, cambiar la cerradura es un derecho que tiene el inquilino para proteger su seguridad y privacidad, siempre que se respeten las condiciones del arrendamiento. No necesita autorización del propietario ni tiene que entregarte una copia de las llaves, pero sí debe asumir el coste si la sustitución es voluntaria. Ahora bien, si esto te sigue generando desconfianza y sientes la necesidad de proteger tu alquiler, te recordamos que en Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) podemos ayudarte. Nuestro servicio de garantía indefinida te blinda frente a los impagos de alquiler, de manera que seguirás cobrando tu cuota mes a mes hasta la recuperación del inmueble. Además, este servicio incluye protección jurídica con nuestro equipo de abogados especializados que se ocupará, si fuera necesario, de todos los trámites derivados de la reclamación del impago de alquiler (asumiendo los costes del proceso).

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