{"id":758,"date":"2019-05-13T12:37:00","date_gmt":"2019-05-13T11:37:00","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.seag.es\/?p=758"},"modified":"2025-11-13T17:05:29","modified_gmt":"2025-11-13T16:05:29","slug":"es-necesario-contratar-una-compania-de-seguro-de-impago-de-alquiler","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.seag.es\/guia-alquiler\/alquiler-garantizado\/es-necesario-contratar-una-compania-de-seguro-de-impago-de-alquiler\/","title":{"rendered":"\u00bfEs obligatorio el seguro de impago de alquiler?"},"content":{"rendered":"\n<p>Una de las dudas m\u00e1s habituales entre los propietarios de inmuebles en alquiler es la de si es obligatorio el seguro de impago de alquiler. No es de extra\u00f1ar teniendo en cuenta todas las informaciones que pueden encontrarse al respecto en la web \u2014muchas de ellas con datos imprecisos o incorrectos\u2014 y a los cambios en las normativas que, en algunos casos, pueden dar lugar a confusi\u00f3n. En este art\u00edculo te ayudamos a resolver las dudas sobre el seguro de piso de alquiler obligatorio. \u00a1Sigue leyendo para informarte al detalle!<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 es un seguro de impago de alquiler o un alquiler garantizado?<\/h2>\n\n\n\n<p>Uno de los problemas m\u00e1s habituales a los que puedes enfrentarte como arrendador es el de hacer frente al impago del alquiler en caso de que los inquilinos no cumplan con sus obligaciones a final de mes. Ahora bien, existen alternativas cuyo objetivo es remediar este problema. Tanto el seguro de alquiler como el alquiler garantizado tienen como fin principal ofrecer garant\u00edas de seguridad al propietario de un inmueble y <strong>coberturas frente al impago de alquiler<\/strong>, entre otras coberturas. Ambos servicios tienen la misma finalidad, aunque las cl\u00e1usulas y la naturaleza jur\u00eddica entre uno y otro var\u00edan considerablemente.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfEs obligatorio el seguro de impago de alquiler?<\/h2>\n\n\n\n<p><strong>No es obligatorio, ahora bien, s\u00ed es muy recomendable<\/strong>. Y es que cada vez son mayores las situaciones de impago de alquiler y los procesos hasta recuperar la vivienda pueden alargarse a m\u00e1s de 12 meses. Tener un alquiler garantizado te permitir\u00e1 contar con la mayor tranquilidad posible a la hora de arrendar tu vivienda.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfEs obligatorio tener seguro de hogar en alquiler?<\/h2>\n\n\n\n<p>Otra cosa muy diferente es la del seguro del hogar, que no tiene nada que ver con el seguro del alquiler o el servicio de alquiler garantizado, pero suele confundirse. <strong>El seguro del hogar es obligatorio<\/strong> tanto si el inmueble est\u00e1 alquilado como si no lo est\u00e1. Este tiene como fin proteger la vivienda frente a los riesgos que pueda sufrir, tanto en continente como en contenido. Pero tambi\u00e9n \u2014y muy importante\u2014 los da\u00f1os que puedas ocasionar a la vivienda de terceros (materiales y personales), que es lo que se conoce como <strong>responsabilidad civil<\/strong>. El seguro de un hogar incluye, por tanto, la cobertura de la responsabilidad civil \u2014como indic\u00e1bamos\u2014, pero tambi\u00e9n los da\u00f1os ocasionados por incendios, por fen\u00f3menos atmosf\u00e9ricos, los da\u00f1os el\u00e9ctricos, da\u00f1os por l\u00edquidos, roturas de objetos (asegurados previamente), el robo y el hurto, entre otras. En algunos casos tambi\u00e9n suelen estar incluidos los da\u00f1os est\u00e9ticos.<\/p>\n\n\n\n<p>Una de las dudas m\u00e1s habituales en este asunto es la de qui\u00e9n debe asumir los gastos, si el propietario o la persona que se encuentra arrendando la vivienda. La respuesta es depende, por lo general ser\u00e1 el propietario \u2014puesto que es la persona que debe encargarse de contratar este seguro desde la adquisici\u00f3n de su vivienda\u2014; ahora bien, puede llegar a un acuerdo con el inquilino (o los inquilinos) puesto que ellos tambi\u00e9n se pueden beneficiar de las coberturas de continente (objetos y enseres) y de contenido (da\u00f1os estructurales, al no tener que ser ellos quienes asuman los gastos en caso de haber un siniestro).<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfPor qu\u00e9 deber\u00edas contratar un servicio de alquiler garantizado en lugar de un seguro de alquiler?<\/h2>\n\n\n\n<p>Aunque coment\u00e1bamos arriba que ambos persiguen el mismo fin, lo cierto es que hay diferencias considerables entre ambos servicios. Lo primero de todo es la naturaleza jur\u00eddica, ya que una entidad se dedica a la operaci\u00f3n de seguros (compa\u00f1\u00eda de seguros o corredur\u00eda de seguros) y otra es prestadora de servicios jur\u00eddicos y garant\u00edas de alquiler (empresa dedicada al alquiler garantizado). Esto significa que la \u00faltima, como es el caso de SEAG, no est\u00e1 supervisada por la Direcci\u00f3n General de Seguros y Fondos de Pensiones. Sociedad Espa\u00f1ola de Alquiler Garantizado (SEAG) hace frente a los posibles riesgos a los que se enfrentan los propietarios (y supera las coberturas o prestaciones de los seguros de alquiler, que puedes ver en <a href=\"https:\/\/www.seag.es\/guia-alquiler\/alquiler-seguro\/que-cubre-un-seguro-de-alquiler\/\">este art\u00edculo<\/a>). En este video puedes conocer cu\u00e1les son los principales riesgos:<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio\"><div class=\"wp-block-embed__wrapper\">\n<iframe title=\"\u00bfEs necesario contratar una compa\u00f1\u00eda de seguro de impago de alquiler? - SEAG\" width=\"500\" height=\"281\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/VILfAU1EJFI?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" referrerpolicy=\"strict-origin-when-cross-origin\" allowfullscreen><\/iframe>\n<\/div><\/figure>\n\n\n\n<p>En resumidas cuentas, nos encontramos con los siguiente:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Impago<\/strong>: La aseguradora se encarga de abonar las mensualidades no pagadas por el inquilino. En general, cubren hasta doce mensualidades impagadas, aunque el proceso pueda durar m\u00e1s de un a\u00f1o.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Defensa jur\u00eddica<\/strong>: Incluye todos los gastos relativos al proceso judicial, como burofaxes, abogados, procuradores, notificaciones, requerimientos, tasas de cerrajer\u00eda, etc. Por lo general, la cobertura es de hasta 3.000 euros en el caso del seguro de alquiler.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Actos de vandalismo<\/strong>: La aseguradora cubre \u00fanicamente los da\u00f1os intencionados causados por el inquilino en caso de impago. Normalmente, hay una franquicia de entre 300 y 500 euros, lo que significa que no se cubrir\u00e1n los da\u00f1os durante el periodo de alquiler y, en caso de incidente, los primeros 300-500 euros no est\u00e1n cubiertos.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>En el caso de SEAG, no obstante, <strong>mejoramos todas las prestaciones del mercado<\/strong>. Tendr\u00e1s tu alquiler <a href=\"https:\/\/www.seag.es\/prestaciones-seguro-impago-alquiler\/#prestaciones-mejores-seguro-impago-alquiler\">garantizado de manera indefinida<\/a> hasta recuperar tu vivienda. Adem\u00e1s, nos ocupamos de todos los tr\u00e1mites y cubrimos cualquier gasto jur\u00eddico derivado de una reclamaci\u00f3n por impago de alquiler. Por otro lado, reparamos los da\u00f1os por actos de vandalismo en el inmueble alquilado hasta 3.000 \u20ac, desde el primer euro y <strong>sin franquicias<\/strong>. En SEAG tambi\u00e9n cuentas con un servicio de protecci\u00f3n contra la ocupaci\u00f3n que incluye todo el proceso judicial contra los okupas que hayan ocupado ilegalmente tu inmueble durante los 3 meses siguientes a la finalizaci\u00f3n de la garant\u00eda de alquiler; as\u00ed como tambi\u00e9n otras prestaciones adicionales como el impago de suministros (luz, agua y gas), el pago fraccionado del servicio en 12 cuotas o el plus sin carencias. \u00bfNecesitas m\u00e1s informaci\u00f3n? Contacta con nuestro equipo para que podamos asesorarte al respecto, para solicitar presupuesto y para ayudarte a despejar todas tus dudas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una de las dudas m\u00e1s habituales entre los propietarios de inmuebles en alquiler es la de si es obligatorio el seguro de impago de alquiler. 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