{"id":3089,"date":"2023-11-20T11:32:58","date_gmt":"2023-11-20T10:32:58","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.seag.es\/?p=3089"},"modified":"2024-03-26T10:20:38","modified_gmt":"2024-03-26T09:20:38","slug":"alquiler-garantizado-que-es-el-derecho-de-tanteo-y-retracto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.seag.es\/guia-alquiler\/alquiler-garantizado\/alquiler-garantizado-que-es-el-derecho-de-tanteo-y-retracto\/","title":{"rendered":"Alquiler garantizado: \u00bfQu\u00e9 es el derecho de tanteo y retracto?"},"content":{"rendered":"\n<p>Cuando se habla de alquiler hay una serie de derechos y deberes que son inherentes tanto para el arrendador, como para el arrendatario. Por supuesto, estos var\u00edan entre s\u00ed y uno de ellos es el del derecho de tanteo y retracto, que analizamos en este art\u00edculo. A continuaci\u00f3n, te explicamos en qu\u00e9 consiste, a qui\u00e9n beneficia y cu\u00e1les son sus caracter\u00edsticas. \u00a1Sigue leyendo para informarte!<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 es el derecho de tanteo y retracto?<\/h2>\n\n\n\n<p>El derecho de tanteo y retracto es un <strong>derecho de adquisici\u00f3n preferente<\/strong> que permite al titular de un bien con preferencia a cualquier otra persona que estuviese interesada en la adquisici\u00f3n de ese mismo bien, y en las mismas condiciones ofertadas, optar a \u00e9l. Al hablar de tanteo y retracto, alquiler y c\u00f3mo afecta este derecho a los inquilinos hay que tener en cuenta que este se refiere al derecho que tiene el arrendatario de adquirir el inmueble arrendado al mismo precio por el que se vaya a vender o se haya vendido a un tercer comprador con preferencia (lo vemos m\u00e1s abajo).<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 dice la ley sobre los derechos de tanteo y retracto?<\/h2>\n\n\n\n<p>El derecho de tanteo y retracto es un derecho fijado por la ley para su aplicaci\u00f3n \u2014salvo que alguna de las partes haya renunciado expresamente a ello\u2014. En concreto, aparece en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y espec\u00edficamente en el <strong>Art\u00edculo 25: Derecho de adquisici\u00f3n preferente<\/strong>. Este art\u00edculo se divide en 8 puntos que dicen los siguiente:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"1\">\n<li>El arrendatario tiene derecho de adquisici\u00f3n preferente sobre la vivienda arrendada en caso de venta.<\/li>\n\n\n\n<li>El arrendatario puede ejercer el derecho de tanteo en un plazo de 30 d\u00edas naturales desde la fecha de notificaci\u00f3n de la decisi\u00f3n de venta, precio y dem\u00e1s condiciones esenciales de transmisi\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li>El arrendatario puede ejercitar su derecho de retracto cuando no se le hubiese hecho una notificaci\u00f3n prevenida o se hubiese omitido en ella cualquiera de los requisitos exigidos, y tambi\u00e9n cuando resulte inferior el precio efectivo de la compraventa o menos onerosas sus restantes condiciones esenciales. El derecho de retracto caduca a los 30 d\u00edas naturales desde la notificaci\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li>El derecho de tanteo o retracto del arrendatario tiene preferencia sobre cualquier otro derecho similar, a excepci\u00f3n del retracto reconocido al condue\u00f1o de la vivienda o el convencional que figure inscrito en el Registro de la Propiedad en el momento de celebrarse el contrato de arrendamiento.<\/li>\n\n\n\n<li>Para inscribir los t\u00edtulos de venta en el registro debe justificarse que han tenido lugar las respectivas notificaciones.<\/li>\n\n\n\n<li>Si la venta recae sobre la vivienda y dem\u00e1s objetos alquilados, como accesorios de la vivienda alquilados por el arrendador, entonces el arrendatario no podr\u00e1 ejercitar los derechos de adquisici\u00f3n preferente solo sobre la vivienda.<\/li>\n\n\n\n<li>No se aplicar\u00e1n los derechos de tanteo o retracto en casos en los cuales la vivienda arrendada sea vendida junto con otras viviendas o locales pertenecientes al arrendador que formen parte de una misma propiedad, ni tampoco cuando la totalidad de los pisos y locales del inmueble sea vendida conjuntamente por diferentes propietarios a un mismo comprador.<\/li>\n\n\n\n<li>Las partes pueden pactar la renuncia del arrendatario al derecho de adquisici\u00f3n preferente.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Diferencia entre tanteo y retracto<\/h2>\n\n\n\n<p>Aunque ambos derechos suelen entenderse en conjunto, ya que se aplican para la misma situaci\u00f3n y para el mismo momento, que es la compra de un alquiler \u2014en caso de que el propietario de un inmueble alquilado decida vender su vivienda\u2014, existen matices que var\u00edan entre uno y otro. Resumiendo de manera muy escueta qu\u00e9 es el tanteo y retracto por separado, nos encontramos con lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Derecho de tanteo<\/strong>: El derecho de tanteo se produce antes de que se realice la transmisi\u00f3n de un bien y permite al inquilino comprar la vivienda.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Derecho de retracto<\/strong>: Tiene lugar cuando se ha producido la transmisi\u00f3n de un bien, dejando la operaci\u00f3n sin efecto, para que el inquilino pueda comprar la vivienda.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Renuncia al derecho de tanteo y retracto: \u00bfEs posible?<\/h2>\n\n\n\n<p>La respuesta es s\u00ed, y de hecho es algo que aparece especificado en el art\u00edculo 25.8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de la siguiente manera: \u201cNo obstante lo establecido en los apartados anteriores, las partes podr\u00e1n pactar la renuncia del arrendatario al derecho de adquisici\u00f3n preferente\u201d. Adem\u00e1s, se a\u00f1ade que en los casos en los que se haya pactado dicha renuncia el arrendador deber\u00e1 comunicar al arrendatario, de igual manera, su intenci\u00f3n de vender la vivienda con una antelaci\u00f3n&nbsp; m\u00ednima de 30 d\u00edas a la fecha de formalizaci\u00f3n del contrato de compraventa. Y es que en muchos casos es habitual incluir en el contrato de arrendamiento una cl\u00e1usula en la que el inquilino renuncia expresamente a los derechos de tanteo y retracto. Esto se debe a que <strong>el propietario quiere tener la libertad de poder vender la vivienda a la persona que considere oportuna<\/strong>, y as\u00ed evitar la incertidumbre que puede generar que el inquilino pueda ejercer alguno de estos derechos.<\/p>\n\n\n\n<p>A todo ello hay que sumar lo explicado anteriormente, que tiene que ver con la fecha de<strong> caducidad del derecho de tanteo y retracto<\/strong> (despu\u00e9s de los 30 d\u00edas desde la notificaci\u00f3n de la decisi\u00f3n de venta con toda la informaci\u00f3n detallada), as\u00ed como tambi\u00e9n el supuesto en cuyo caso un comprador opte por adquirir todas las viviendas de un mismo edificio en una operaci\u00f3n de compraventa conjunta, y tambi\u00e9n cuando todos o varios propietarios venden una unidad inmobiliaria o su conjunto a un solo comprador.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfEst\u00e1s pensando en alquilar tu piso? 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