{"id":1704,"date":"2023-04-24T14:02:49","date_gmt":"2023-04-24T13:02:49","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.seag.es\/?p=1704"},"modified":"2024-03-26T10:21:28","modified_gmt":"2024-03-26T09:21:28","slug":"alquiler-seguro-como-declarar-los-ingresos-de-un-arrendamiento","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.seag.es\/guia-alquiler\/alquiler-seguro\/alquiler-seguro-como-declarar-los-ingresos-de-un-arrendamiento\/","title":{"rendered":"\u00bfC\u00f3mo declarar el alquiler en la renta?"},"content":{"rendered":"\t\t<div data-elementor-type=\"wp-post\" data-elementor-id=\"1704\" class=\"elementor elementor-1704\">\n\t\t\t\t\t\t<section class=\"elementor-section elementor-top-section elementor-element elementor-element-40ef169e elementor-section-boxed elementor-section-height-default elementor-section-height-default\" data-id=\"40ef169e\" data-element_type=\"section\" data-settings=\"{&quot;jet_parallax_layout_list&quot;:[]}\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-container elementor-column-gap-default\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-column elementor-col-100 elementor-top-column elementor-element elementor-element-539a1e86\" data-id=\"539a1e86\" data-element_type=\"column\">\n\t\t\t<div class=\"elementor-widget-wrap elementor-element-populated\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-dbd8c78 elementor-widget elementor-widget-video\" data-id=\"dbd8c78\" data-element_type=\"widget\" data-settings=\"{&quot;youtube_url&quot;:&quot;https:\\\/\\\/www.youtube.com\\\/embed\\\/DouRzoOGFFA?si=vvpMiz481QwX8Y2L&quot;,&quot;video_type&quot;:&quot;youtube&quot;,&quot;controls&quot;:&quot;yes&quot;}\" data-widget_type=\"video.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-wrapper elementor-open-inline\">\n\t\t\t<div class=\"elementor-video\"><\/div>\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-3b45f13 elementor-widget elementor-widget-text-editor\" data-id=\"3b45f13\" data-element_type=\"widget\" data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t<p>Como cada a\u00f1o, los contribuyentes obligados a ello deben presentar la declaraci\u00f3n de la renta, y esto es algo que te afecta si eres propietario de una vivienda en alquiler. Si es la primera vez que te enfrentas a esta situaci\u00f3n, \u00a1no te preocupes! En este art\u00edculo te explicamos c\u00f3mo declarar el alquiler en la renta y qu\u00e9 aspectos debes tener en cuenta para evitar sorpresas con Hacienda. \u00a1Vamos a ello!<\/p>\n<h2>\u00bfEstoy obligado a declarar el alquiler en la renta si soy propietario?<\/h2>\n<p><strong>La respuesta es s\u00ed<\/strong>, aunque como siempre hay excepciones. La excepci\u00f3n la encontramos en el supuesto de ser propietario de una vivienda en alquiler y cuando tus ingresos anuales no superen los 1.600 euros. En caso contrario deber\u00e1s cumplir con tu obligaci\u00f3n legal e incluir dichos ingresos como rendimiento del capital inmobiliario para evitar posibles multas.<\/p>\n<h2>C\u00f3mo declarar el alquiler en la renta paso a paso<\/h2>\n<p>Aclarada la cuesti\u00f3n sobre la obligatoriedad de declarar el alquiler vamos a ver con detalle los pasos que debes seguir para hacerlo correctamente. En cualquier caso, lo primero que hay que tener en cuenta al responder a c\u00f3mo declarar alquiler es que debes sumar todos los ingresos obtenidos por el alquiler y restar los gastos para <strong>calcular el beneficio de tu actividad<\/strong>.<\/p>\n<h3>El tipo de alquiler<\/h3>\n<p>A la hora de declarar el alquiler como propietario debes tener en cuenta que no todas las modalidades de alquiler son iguales. Si el inmueble es una vivienda, y destinas el alquiler a vivienda habitual, entonces podr\u00e1s aplicar una<strong> reducci\u00f3n indispensable del 60%<\/strong>, por lo que Hacienda \u00fanicamente contabilizar\u00e1 el 40% a la hora de aplicar el impuesto (no ocurre as\u00ed si se trata de otro tipo de alquiler, como uno temporal). Estos gastos est\u00e1n disponibles \u00fanicamente para la declaraci\u00f3n de la renta 2023, para el 2024 se reducir\u00e1n al 50% de acuerdo a la ley de vivienda.<\/p>\n<h3>El tiempo alquilado y el tiempo en el que la vivienda est\u00e1 libre<\/h3>\n<p>Al declarar el alquiler en la renta debes hacer, as\u00ed mismo, una distinci\u00f3n entre el tiempo en el cual la vivienda est\u00e1 alquilada y el periodo en el cual no lo est\u00e1, si es el caso, y distinguirlo claramente:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Periodo de vivienda alquilada<\/strong>: Se analizar\u00e1n los gastos obtenidos para la propia vivienda y en proporci\u00f3n a los d\u00edas que ha estado alquilada.<\/li>\n<li><strong>Periodo de vivienda libre<\/strong>: Se realiza una renta imputada por Hacienda por poseer un inmueble que no es vivienda habitual.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>C\u00f3mo cumplimentar los datos<\/h3>\n<p>Tendr\u00e1s que cumplimentar los <strong>datos de identificaci\u00f3n de la vivienda, identificaci\u00f3n del inquilino, ingresos obtenidos y gastos<\/strong>. Por supuesto, al rellenar las casillas sobre los beneficios obtenidos por el alquiler en tu declaraci\u00f3n anual de la renta deber\u00e1s especificar la referencia catastral de la vivienda y se\u00f1alar la clave n\u00famero 3: \u201cA disposici\u00f3n de sus titulares y arrendado\u201d, <strong>dentro del apartado C de la secci\u00f3n Bienes Inmuebles<\/strong>. A continuaci\u00f3n, rellena la casilla de inmuebles arrendados, subarrendados o cedidos a terceros y se\u00f1ala la opci\u00f3n correspondiente. Si no se trata de un alquiler de vivienda habitual, entonces tendr\u00e1s que se\u00f1alar la opci\u00f3n: \u201cOtros rendimientos distintos de los anteriores\u201d. Tambi\u00e9n debes indicar todos los gastos derivados y cumplimentar el resto de casillas de este apartado del borrador de Hacienda.<\/p>\n<p>En cualquier caso, debes saber que es habitual que Hacienda te pregunte desde el principio si deseas incluir las viviendas en propiedad en el momento de incluir tus datos fiscales para sumarlas al apartado correspondiente. Seguidamente, te preguntar\u00e1 si la casa tambi\u00e9n ha estado a tu disposici\u00f3n durante todo el a\u00f1o anterior o solo unos meses.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 gastos puedo desgravarme?<\/h3>\n<p>Ten en cuenta que como propietario de una vivienda en alquiler puedes desgravar una serie de gastos, lo que har\u00e1 que pagues menos impuestos por alquilar tu piso. Como norma general, podr\u00e1s desgravar cualquiera que hayas tenido que asumir para alquilar tu vivienda, ahora bien, si entramos en detalle nos encontramos con los siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Intereses de la hipoteca.<\/li>\n<li>Reparaciones de la vivienda alquilada.<\/li>\n<li>IBI, tasas y otros impuestos.<\/li>\n<li>Comunidad y otros gastos comunes.<\/li>\n<li>Amortizaci\u00f3n de la vivienda.<\/li>\n<li>Seguro del hogar.<\/li>\n<li>Suministros del hogar.<\/li>\n<li>Gastos de formalizaci\u00f3n del contrato.<\/li>\n<li>Otros.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>\u00bfC\u00f3mo hace Hacienda el c\u00e1lculo de mi tributaci\u00f3n?<\/h3>\n<p>Hacienda har\u00e1 el c\u00f3mputo en funci\u00f3n del tiempo que has estado alquilando el inmueble a lo largo del a\u00f1o y se aplicar\u00e1 una variante en cuanto a los ingresos y el resultado de restarle a los ingresos totales los gastos necesarios para obtener dichos ingresos. Teniendo en cuenta, as\u00ed mismo, los gastos del seguro, luz, agua, gas, IBI, amortizaci\u00f3n y otros gastos que hayas especificado en las casillas pertinentes. Debes saber que <strong>el resultado se integra en la base imponible general<\/strong>, donde tambi\u00e9n va el salario, por ejemplo, y otros c\u00f3mputos.<\/p>\n<h2>C\u00f3mo detecta Hacienda un alquiler no declarado<\/h2>\n<p>La declaraci\u00f3n de la renta, tambi\u00e9n conocida como Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas (IRPF), es el tr\u00e1mite principal con el cual <strong>Hacienda contabiliza tus beneficios y aplica el impuesto que debes pagar<\/strong>. Ahora bien, la agencia estatal tiene muchas formas de averiguar si est\u00e1s cumpliendo con tus obligaciones legales o no. Las m\u00e1s comunes son las siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Comprobando los datos del catastro en la declaraci\u00f3n de la renta.<\/li>\n<li>Comprobando el consumo de los suministros de luz y gas.<\/li>\n<li>A partir de la fianza del alquiler depositada por el propietario en el organismo oficial de su comunidad aut\u00f3noma.<\/li>\n<li>Mediante el control de las agencias negociadoras del alquiler.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>C\u00f3mo desgravar el alquiler en la renta si eres inquilino<\/h2>\n<p>Otro tema aparte, centr\u00e1ndonos en el punto de vista del inquilino, es el de c\u00f3mo desgravar el alquiler en la renta, y si es posible. La respuesta es s\u00ed, adem\u00e1s existen dos formas de hacerlo, teniendo en cuenta <strong>las medidas nacionales y las propias de cada comunidad aut\u00f3noma<\/strong> (no todas lo incluyen). En el caso de la deducci\u00f3n estatal en la renta por el alquiler, esta \u00fanicamente se aplica a quienes ya tuvieran un contrato a fecha l\u00edmite del 01\/01\/2015 y siempre que su base imponible fuera inferior a 24.107,20 \u20ac. La reducci\u00f3n, en este caso es del 10,05%. Las deducciones auton\u00f3micas por la vivienda aplican a Andaluc\u00eda, Arag\u00f3n, Asturias, Cantabria, Castilla y Le\u00f3n, Comunidad de Madrid, Extremadura, Illes Balears, Canarias, Castilla-La Mancha, Catalu\u00f1a, Comunidad Valenciana, Galicia y La Rioja. Ten en cuenta que cada comunidad fija sus propios requisitos y deducciones.<\/p>\n<p>Si te est\u00e1s planteando alquilar tu vivienda, o llevas poco tiempo alquilando, en SEAG te recomendamos optar por un <strong>servicio de alquiler garantizado<\/strong>, para contar con la tranquilidad de que recibir\u00e1s <a href=\"https:\/\/www.seag.es\/prestaciones-seguro-impago-alquiler\/\">tu cuota mensual mes a mes<\/a>, aunque sufras un impago de alquiler, y hasta que recuperes tu vivienda. Adem\u00e1s, en SEAG te ofrecemos protecci\u00f3n jur\u00eddica integral de manera que, en caso de necesidad, procederemos a realizar todos los tr\u00e1mites para reclamar el impago de tu vivienda y del proceso judicial contra los okupas. \u00bfTienes dudas? Contacta con nuestro equipo para m\u00e1s informaci\u00f3n.<\/p>\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>https:\/\/www.youtube.com\/embed\/DouRzoOGFFA?si=vvpMiz481QwX8Y2L Como cada a\u00f1o, los contribuyentes obligados a ello deben presentar la declaraci\u00f3n de la renta, y esto es algo que te afecta si eres propietario de una vivienda en alquiler. Si es la primera vez que te enfrentas a esta situaci\u00f3n, \u00a1no te preocupes! 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